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Publicación de nuestro contenido

La Ley de Propiedad Intelectual afirma que la propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación (Artículo 1. Hecho generador). Por lo tanto, una vez que alguien crea una obra se convierte en su autor sin necesidad de registrarla (el registro únicamente tiene carácter probatorio) y entre los derechos , irrenunciables e inalienables que le amparan se encuentran los siguientes:

1. Decidir si su obra ha de ser divulgada y en qué forma.
2. Determinar si tal divulgación ha de hacerse con su nombre, bajo seudónimo o signo, o anónimamente.
3. Exigir el reconocimiento de su condición de autor de la obra.
4. Exigir el respeto a la integridad de la obra e impedir cualquier deformación, modificación, alteración o atentado contra ella que suponga perjuicio a sus legítimos intereses o menoscabo a su reputación.
(Artículo 14. Contenido y características del derecho moral)

Por las características propias de nuestro trabajo, los docentes tan pronto nos encontramos utilizando material creado por otros como creando material que otros puedan utilizar, por lo que debemos prestar especial atención a los Derechos de autor tanto de lo que usamos como de lo que generamos.

Los derechos de autor condicionan  el uso de aquellas obras que se encuentran bajo su amparo, sin embargo, existe una regulación específica para su uso con fines educativos, lo que proporciona un margen de uso y de difusión de algunas partes de aquellas obras que nos interesen, siempre y cuando se cumplan los requisitos contemplados en la Ley de Propiedad Intelectual.

En el ejercicio de la docencia es habitual necesitar utilizar materiales y trabajos de otras personas, por múltiples razones. La regulación de los derechos de autor y las dificultades que se pueden encontrar de cara a utilizar esos recursos han llevado a la aparición de sistemas alternativos a los derechos de autor. 

Como elegir una licencia CC para publicar contenidos

Una vez creado, un contenido o recurso puede hacerse público para que otras personas accedan a él. En ese momento hay que decidir los permisos a los que debe atenerse cualquiera que quiera utilizar dicha obra. Cuando se opta por protegerla bajo unos derechos de autor, lo único que conviene añadir es su registro para evitar usos fraudulentos. Si se prefiere el empleo de licencias Creative Commons hay que indicarlo mediante el icono respectivo.

La duda habitual es qué licencia elegir. Para resolverla, hay que tener claro qué permisos se conceden a los posibles usuarios. Por ejemplo, si la obra original no ha sido creada con fines comerciales y se desea que cualquiera cree otra obra a partir de ésta pero que esta obra derivada tampoco se use con fines comerciales, pueden utilizarse bien la licencia by-nc (reconocimiento - no comercial) o bien by-nc-sa (reconocimiento - no comercial - compartir igual). La segunda añade una restricción adicional como es el hecho de que la obra derivada debe compartirse del mismo modo que la original.

Dado que muchas veces, decidirse por uno u otro tipo de licencia es complicado, Creative Commons ha creado una página, choose a License, que ayuda en la elección de la licencia.

Hay que señalar que solamente puede otorgarse una licencia Creative Commons a una obra propia cuyo contenido esté exento de derechos de autor. En el caso de que la obra con licencia CC contenga algún material sujeto a este tipo de derechos, ellos prevalecerán sobre la licencia asignada y, lo que es más grave, se habrá cometido una ilegalidad que puede ser sancionada.

Ayuda de Creative Commons

El uso de la ayuda que proporciona Creative Commons es muy sencillo. De hecho, únicamente hay que marcar las opciones que deseas dentro de las que te propone la licencia:

¿Deseas permitir que se comparta?, ¿cómo?
¿Deseas permitir usos comerciales de su obra?

En función de las respuestas que se marquen, se determinará el tipo de licencia que otorgas a la obra.

Por último, si se trata de una obra digital podríamos incrustar el código que nos genera la plataforma:

Opcionalmente, se pueden añadir una serie de metadatos (información sobre el trabajo), que se podrá incluir en el código de referencia.

¿Cómo publicar nuestro contenido con licencias Creative Commons?

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