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QUÉ HACEMOS EN CENTROS EDUCATIVOS PRIVADOS QUÉ HACEMOS EN CENTROS EDUCATIVOS PRIVADOS

NUESTRAS FUNCIONES EN CENTROS PRIVADOS

Información Importante a Centros Privados a partir del curso 23/24: En base al Decreto 23/2023, el profesorado de orientación educativa de los centros privados no concertados  pertenecen a la red de Orientación y tienen asignadas las mismas funciones que la red de Orientación Pública (artículo 29). 

FUNCIONES ACTUALES DEL EAT EN CENTROS PRIVADOS

El EAT también realiza algunas funciones en los Centros Privados de nuestras localidades. Estos Centros tienen sus propios servicios de Orientación y de apoyo.

Sin embargo, cuando los Centros Privados CARECEN DE ORIENTADOR/A  el EAT sigue realizando funciones de:

1.El  EAT realizará la Evaluación Psicopedagógica de alumnado entre 0 y 6 años que pudiera presentar necesidad específica de apoyo educativo y quieran realizar el cambio a un centro sostenido con fondos públicos. Mediante la evaluación, se valora si necesitará atención educativa específica durante su escolarización en el nuevo Centro. Se determinan entonces los recursos y apoyos educativos que pudiera necesitar, de manera que el futuro alumno pueda incorporarse al Centro con la ayuda que necesite desde su matriculación. Estas valoración por parte del EAT se lleva a cabo cuando:

  • El menor está escolarizado en alguna Escuela Infantil privada (0 a 6 años) sin perfil de orientación y quiere escolarizar en un Centro Concertado Público o en una Escuela Infantil Pública. 
  • El menor está escolarizado en un Centro Privado sin perfil de orientación, tiene entre 0 y 6 años, y no va a continuar en el Centro Privado sino que quiere matricular en un Centro Público o Concertado.


2. Evaluaciones psicopedagógicas a alumnado que cursa la etapa de infantil 5 años, revisando y concluyendo la evaluación psicopedagógica realizada por el Centro, cuando el alumnado objeto de dicha evaluación requiera flexibilización del período de escolarización. En este caso, alumnado que escolariza en el nivel de 5 años y requiere cursar 2º de primaria en lugar de 1º curso.

3. Derivación al Centro Regional de Coordinación y Valoración Infantil, CRECOVI.

4. Derivación a la Comisión Técnica Interterritorial o a los EOEP Específicos, para que autoricen la escolarización en AULA TEA.

5. Derivación al PEAC, Programa de Enriquecimiento Educativo para alumnos con altas capacidades de la Comunidad de Madrid.

EL EAT NO REALIZA FUNCIONES EN LOS CENTROS PRIVADOS CUANDO...

En CENTROS PRIVADOS que cuenten con orientador/a. En estos casos, será esta figura quien realice todas las funciones anteriores.

Cuando los menores ya están escolarizados en los Centros Privados y no desean realizar un cambio o no están escolarizados y quieren escolarizar en Centros Privados,  NO REALIZAMOS EVALUACIONES NI INTERVENCIÓN DIRECTA CON EL ALUMNADO, dado que los Centros Privados tienen autonomía  para tener sus propios servicios de apoyo al alumnado con necesidades y de orientación educativa, con excepción de las funciones anteriormente descritas.