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Evolución de la etapa de Educación Infantil en la Legislación Educativa Española

Evolución de la etapa de Educación Infantil en la Legislación Educativa Española


Este artículo se propone trazar una evolución de la definición legal de la Educación Infantil como etapa educativa. Recogemos la descripción de los objetivos y principales aspectos metodológicos de esta etapa en las sucesivas leyes de educación, y realizamos una comparativa histórica atendiendo a las modificaciones, supresiones y/o añadidos en su redacción.

En este artículo nos ceñimos a aquellas leyes que establecen y regulan las etapas del sistema educativo en las enseñanzas preuniversitarias. En este sentido, excluimos del estudio la Ley Orgánica por la que se regula el Estatuto de Centros Escolares (LOECE) de 1980, la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación (LODE) de 1985, y la Ley Orgánica de Participación, Evaluación y Gobierno de los Centros Docentes (LOPEG) de 1995.

Por otro lado, limitamos el análisis a las leyes de carácter nacional, sin profundizar en las normas legales de rango inferior que desarrollan el currículo de la etapa.  

tabla resumen de legislación acerca de la educación infantil

Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa

Esta ley de la etapa preconstitucional, conocida como Ley Villar Palasí (por su impulsor), estableció la EGB, el BUP y el COU, y fue la primera ley general del sistema educativo desde la conocida como Ley Moyano, que data del lejano 1857.

La Ley 14/1970 se mantuvo vigente en democracia hasta la progresiva implantación de la LOGSE durante la primera mitad de los años 90. Establece la Educación Preescolar como etapa voluntaria ―aspecto que se ha mantenido hasta hoy― y designa como su objetivo fundamental “el desarrollo armónico de la personalidad del niño”. Divide la etapa en dos: el Jardín de Infancia (niños de 2 y 3 años), donde la formación “tendrá un carácter semejante a la vida del hogar”, y la Escuela de Párvulos (niños de 4 y 5 años), en la que el objetivo será “promover las virtualidades del niño” (entendiendo “virtualidades” como “capacidades” o “posibilidades”).

En cuanto a los aspectos curriculares, esta ley determina que “La educación preescolar comprende juegos, actividades de lenguaje, incluida, en su caso, la lengua nativa, expresión rítmica y plástica, observación de la naturaleza, ejercicios lógicos y prenuméricos, desarrollo del sentido comunitario, principios religiosos y actitudes morales”. Los métodos serán “predominantemente activos para lograr el desarrollo de la espontaneidad, la creatividad y la responsabilidad”.

Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo

Conocida como LOGSE, se promulgó 20 años después, con el PSOE en el poder. Estableció el núcleo de los objetivos, contenidos y metodología de la Educación Infantil, cuya esencia sigue vigente en la actualidad. Determina que esta etapa “comprenderá hasta los seis años de edad” y contribuirá al “desarrollo físico, intelectual, afectivo, social y moral de los niños”. Aparece la familia como un actor clave: “Los centros docentes de Educación Infantil cooperarán estrechamente con los padres o tutores a fin de tener en cuenta la responsabilidad fundamental de estos en dicha etapa educativa”.

La LOGSE establece una serie objetivos, expresados como capacidades que la Educación Infantil contribuirá a desarrollar: Conocer su propio cuerpo y sus posibilidades de acción; Relacionarse con los demás a través de las distintas formas de expresión y de comunicación; Observar y explorar su entorno natural, familiar y social; y Adquirir progresivamente una autonomía en sus actividades habituales. También, divide la etapa en dos ciclos: el primero “hasta los tres años y el segundo desde los tres hasta los seis años de edad”. El primero atenderá “al desarrollo del movimiento, al control corporal, a las primeras manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, a las pautas elementales de la convivencia y relación social y al descubrimiento del entorno inmediato”. Y en el segundo ciclo “se procurará que el niño aprenda a hacer uso del lenguaje, descubra las características físicas y sociales del medio en que vive; elabore una imagen de sí mismo positiva y equilibrada y adquiera los hábitos básicos de comportamiento que le permitan una elemental autonomía personal”.

Organiza los contenidos en “áreas que se correspondan con ámbitos propios de la experiencia y desarrollo infantiles”, que se trabajarán “a través de actividades globalizadas que tengan interés y significado para el niño”. La metodología educativa se basará “en las experiencias, las actividades y el juego, en un ambiente de afecto y de confianza”.

Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación

La LOCE entró en vigor en el gobierno del PP a finales de 2002, pero no llegó a aplicarse, pues fue paralizada en 2004 con la llegada del PSOE de nuevo al poder. Esta ley recupera la denominación de Educación Preescolar para el primer ciclo (hasta los tres años). Su finalidad será “la atención educativa y asistencial a la primera infancia”, y atenderá “al desarrollo del movimiento, al control corporal, a las primeras manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, a las pautas elementales de convivencia y relación social y al descubrimiento del entorno inmediato”.

La LOCE denomina Educación Infantil al ciclo de tres a seis años, y mantiene la finalidad que dicta la LOGSE: “el desarrollo físico, intelectual, afectivo, social y moral de los niños”. En cuanto al papel de la familia, la redacción enfatiza el papel central de los padres en la educación de los niños en esta etapa: “Los centros escolares cooperarán estrechamente con los padres ayudándoles a ejercer su responsabilidad fundamental en la educación de sus hijos”.

Se mantienen los objetivos de la LOGSE, aunque uno de ellos cambia de redacción: de “Relacionarse con los demás y aprender las pautas elementales de convivencia” a “Relacionarse con los demás a través de las distintas formas de expresión y de comunicación”, y se añaden otros dos: “Desarrollar sus habilidades comunicativas orales e iniciarse en el aprendizaje de la lectura y de la escritura” e “Iniciarse en las habilidades numéricas básicas”. También se establece que en el último año se promoverá la “incorporación de una lengua extranjera en los aprendizajes de la Educación Infantil”, y las “experiencias de iniciación temprana en las tecnologías de la información y de las comunicaciones”.

En cuanto a los contenidos y la metodología, la LOCE respeta a la LOGSE: áreas de contenido correspondientes a los ámbitos de experiencia y desarrollo, metodología basada en el juego, la actividad y el aprendizaje globalizado y significativos, y el marco de afecto y confianza.

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación

Conocida como LOE, es una de las leyes educativas más significativas de la democracia. No en vano las dos siguientes, como veremos, son modificaciones de esta.

Esta ley retorna a la denominación conjunta de Educación Infantil para todo el periodo desde el nacimiento hasta los seis años de edad. Es una etapa educativa “con identidad propia” y su finalidad es contribuir al “desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños”, eliminando la dimensión de “desarrollo moral” que figuraba en leyes anteriores. Reformula el papel de las familias: “Con objeto de respetar la responsabilidad fundamental de las madres y padres o tutores en esta etapa, los centros de Educación Infantil cooperarán estrechamente con ellos”.

La ley conjuga y amplía los objetivos descritos en las leyes anteriores, que quedan de la siguiente manera: 

  • Conocer su propio cuerpo y el de los otros, sus posibilidades de acción y aprender a respetar las diferencias.
  • Observar y explorar su entorno familiar, natural y social.
  • Adquirir progresivamente autonomía en sus actividades habituales.
  • Desarrollar sus capacidades afectivas.
  • Relacionarse con los demás y adquirir progresivamente pautas elementales de convivencia y relación social, así como ejercitarse en la resolución pacífica de conflictos.
  • Desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y formas de expresión.
  • Iniciarse en las habilidades lógico-matemáticas, en la lecto-escritura y en el movimiento, el gesto y el ritmo.

En el resto del capítulo de la Educación Infantil, destacamos el párrafo sobre los métodos de trabajo, donde se especifica que se basarán en las experiencias, las actividades y el juego y se aplicarán en un ambiente de afecto y confianza “para potenciar su autoestima e integración social.”

Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa

Poco después de volver al gobierno, el PP promulgó la LOMCE, popularizada como Ley Wert. Sencillamente, no se produce ningún cambio en la etapa de Educación Infantil, por lo que la redacción queda tal como estaba en la LOE.

Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación

La LOMLOE o Ley Celaá fue promulgada por el actual gobierno del PSOE y supone una vuelta a la LOE, con una serie de cambios y adiciones.  

En la finalidad de la Educación Infantil, se elimina el término “intelectual” y se  incluye el “cognitivo y artístico”, así como “la educación en valores cívicos para la convivencia”. Como novedad, se establece que en esta etapa se atenderá a la “compensación de los efectos que las desigualdades de origen cultural, social y económico tienen en el aprendizaje y evolución infantil”, así como a “la detección precoz y atención temprana de necesidades específicas de apoyo educativo”.

Entre las capacidades que debe contribuir a desarrollar la etapa, se mantienen todas prácticamente sin modificaciones y se añade la siguiente: “Promover, aplicar y desarrollar las normas sociales que promueven la igualdad de género”.

En ambos ciclos de la Educación Infantil se atenderá progresivamente a la “gestión emocional”, al “descubrimiento del entorno, de los seres vivos que en él conviven”. También se incluyen para esta etapa “la educación en valores, la educación para el consumo responsable y sostenible y la promoción y educación para la salud”. Se fomentará el “desarrollo de todos los lenguajes y modos de percepción específicos de estas edades para desarrollar el conjunto de sus potencialidades, respetando la específica cultura de la infancia que definen la Convención sobre los derechos del Niño” Con esta finalidad, “y sin que resulte exigible para afrontar la educación primaria” se podrá favorecer una primera aproximación a la lectoescritura, las habilidades matemáticas, las TIC y la expresión visual y musical.

En cuanto a la metodología, añade la LOMLOE que las experiencias de aprendizaje deberán ser “emocionalmente positivas” y, junto a las actividades y el juego, contribuirán al “establecimiento de un apego seguro”. Por último, deberá garantizase una transición y evolución positiva de todo el alumnado, que facilite su incorporación a la siguiente etapa de Primaria.

Javier Fernández Pollán.

 

Referencias Bibliográficas

BOE-A-1970-852 Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa. Boe.es.

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1970-852

BOE-A-1990-24172 Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo. Boe.es.

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1990-24172

BOE-A-2002-25037 Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación. Boe.es.

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2002-25037

BOE-A-2006-7899 Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. (Texto inicial publicado el 04/05/2006). Boe.es.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-7899&tn=1&p=20060504

PONT, B., & MUR, M. V. (2015). Las leyes de educación en España en los últimos doscientos años. Supervisión 21: revista de educación e inspección, (38), 1.

Texto completo de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. educagob.educacionyfp.gob.es.

https://educagob.educacionyfp.gob.es/dam/jcr:f92577f1-f2b4-4135-8f4a-c41e80628954/loe-con-lomloe-texto.pdf

Texto completo de la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa. Anpemadrid.es.

http://documentos.anpemadrid.es/docs/uploads/LIBRO%20ANPE%20LOMCE%20ok_1398840917.pdf

    

Javier Fernández Pollán.
Licenciado en Sociología y en Comunicación Audiovisual.
Jefe del Departamento de SSC y profesor del CFGS en Educación Infantil.
IES Valmayor (Valdemorillo).

Javier Fernández Pollán Autor del articulo.