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CARACTERÍSTICAS PRUEBA ACCESO CICLOS GRADO MEDIO FORMACIÓN PROFESIONAL

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ACCESO CICLOS GRADO MEDIO

Preliminares

El Decreto 187/2021 (accesible desde el apartado de "normativa aplicable", un poco más abajo), regula de forma conjunta, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, las siguientes pruebas:

  • Pruebas de acceso a ciclos formativos de grado MEDIO y grado superior de formación profesional.

  • Pruebas de acceso a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.

  • Prueba sustitutiva de los requisitos académicos para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial de grado MEDIO y de grado superior y a las formaciones deportivas en período transitorio de nivel I y de nivel III.

La prueba común de acceso a ciclos formativos de grado medio se organizará en dos vías, siendo posible la inscripción en una o en ambas a la vez:

  • Vía de enseñanzas de formación profesional. Esta vía también permite acreditar el requisito académico para cursar enseñanzas deportivas de grado medio.

  • Vía de enseñanzas de artes plásticas y diseño.

Nos centraremos en este apartado en la VÍA DE FORMACIÓN PROFESIONAL (prueba de acceso a ciclos de formación profesional de grado medio) que, a diferencia de la prueba de acceso a ciclos de grado superior, se compone únicamente de una parte común. Lo vemos con detalle en el apartado "estructura de la prueba".

Características generales y destinatarios

  • ¿Por qué me inscribo en estas pruebas? Deseo cursar un ciclo formativo de grado medio de formación profesional (o disponer del requisito académico para cursar un ciclo inicial de grado medio o primer nivel de enseñanzas deportivas).

  • ¿Puedo inscribirme? Se debe tener una edad mínima de 17 años de edad, o cumplirlos en el año natural de realización de la prueba, y no tener un título académico que permita el acceso a las enseñanzas que se desea cursar.

  • Podrán inscribirse en la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio quienes, habiendo superado la prueba en convocatorias anteriores, deseen elevar la calificación obtenida. En este supuesto deberán realizar la prueba completa y no se podrá solicitar el reconocimiento de las partes superadas en convocatorias anteriores.

  • Las pruebas de acceso se realizarán simultáneamente en toda la Comunidad de Madrid, convocándose al menos una vez al año.

  • Las convocatorias fijarán, entre otros extremos, los plazos de inscripción, la fecha y el horario de celebración de las pruebas y los centros públicos donde se realizarán las mismas.

Estructura de la prueba

1.-  La estructura y contenidos de la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado medio será la misma para todas las vías de enseñanzas por las que se opte.

2.- Constará de tres partes, que se relacionan con las competencias que debe alcanzar el alumnado al finalizar la etapa de Educación Secundaria Obligatoria:

  • Parte I: Comunicación Lingüística, en relación con la competencia de comunicación lingüística tanto en lengua castellana y literatura como en lengua extranjera. Estará constituida por dos ejercicios: Ejercicio de Lengua Castellana y Literatura y ejercicio de Lengua extranjera (inglés).

  • Parte II: Social, en relación con las competencias sociales y cívicas. Estará compuesta por un ejercicio de Geografía e Historia.

  • Parte III: Científico Tecnológica, en relación con la competencia matemática y las competencias básicas en ciencias y tecnología. Estará constituida por dos ejercicios: Ejercicio de Matemáticas y ejercicio de Ciencias y Tecnología.

3.- Los contenidos y criterios de evaluación sobre los que versará cada una de las partes y ejercicios de esta prueba son los que figuran en el anexo I del Decreto 187/2021 (disponible en el apartado de "normativa aplicable", un poco más abajo).

4.- La duración para realizar cada uno de los ejercicios se indicará en cada convocatoria y no excederá de noventa minutos.

5.- Recordamos que para acceder a ciclos formativos de grado medio de formación profesional no es necesario hacer ninguna parte específica. Si es necesario, por el contrario, en la vía de artes plásticas y diseño, así como para acceder a enseñanzas deportivas.

Exenciones

  • Dada la complejidad de este aspecto, recomendamos la consulta de los artículos 17 (solicitud de exenciones) y 18 (resolución de las exenciones) del Decreto 187/2021 (disponible en el apartado de "normativa aplicable", un poco más abajo).

  • El reconocimiento de las exenciones previstas en este artículo corresponderá al director del centro en el que el alumnado formalice la inscripción.

Calificación de la prueba

  • Cada uno de los ejercicios constitutivos de la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado medio se calificará, teniendo en cuenta los contenidos y criterios de evaluación establecidos en el anexo I del Decreto 187/2021, entre 0 y 10, con dos decimales, redondeando a la centésima inmediatamente superior cuando la milésima sea igual o superior a cinco.

  • La calificación de cada una de las partes será la media aritmética de las calificaciones de los ejercicios que la compongan y se expresará entre 0 y 10, con dos decimales, redondeando a la centésima inmediatamente superior cuando la milésima sea igual o superior a cinco. Se considerará que una parte está superada cuando la calificación obtenida sea igual o superior a cinco.

  • La calificación final de la prueba será la media aritmética de las calificaciones de las tres partes que la componen, siempre que éstas sean iguales o superiores a cuatro puntos.

  • Se considerará superada la prueba cuando la nota final sea igual o mayor que cinco puntos.

  • La parte o partes exentas no serán tenidas en cuenta para el cálculo de la calificación final. En el caso de que se resuelvan positivamente las exenciones de todas las partes de la prueba se consignará y considerará como calificación final 5,00.

  • La superación de la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado medio tendrá validez en todo el territorio nacional.

  • La superación de esta prueba no dará derecho en ningún caso a la expedición del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Normativa aplicable

1.-  Decreto 187/2021, de 21 de julio, por el que se regulan las pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional y a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.

Más información

1.- Modelos reales de examen anteriores convocatorias. Agradecemos la recopilación al Departamento de Orientación del Colegio Marqués de Vallejo (Valdemoro).

2.- Familias profesionales Ciclos Grado Medio Formación Profesional (Comunidad de Madrid).

3.- Esquema resumen de la prueba de acceso a ciclos de grado medio.

CONVOCATORIA 2023 (ACCESO A FP GRADO MEDIO)

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Pruebas acceso ciclos de grado medio de Formación Profesional - Convocatoria actual

PUBLICADA CONVOCATORIA 2023

  • El plazo para la presentación de las solicitudes de inscripción en la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio será el comprendido entre los días 9 y 20 de enero de 2023, ambos inclusive.

  • Podrá efectuarse telemáticamente, preferentemente, aunque también es posible de forma presencial en la secretaría de los Institutos de Educación Secundaria que figuran en el anexo IV de la resolución que regula la prueba (la podéis consultar en el último punto).

  • Todos los centros educativos que figuran en el anexo IV permiten realizar la prueba común de acceso a ciclos formativos de grado medio por una o ambas vías de enseñanzas.

  • El alumnado admitido se examinará en el centro al que dirigieron la solicitud de inscripción, salvo en los casos que hayan debido trasladarse a otros centros examinadores. Las pruebas se celebrarán los días 10 y 11 de mayo de 2023.

  • Resolución de 30 de noviembre de 2022, por la que se convocan en la Comunidad de Madrid en el curso académico 2022-2023 las pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional y a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, así como la prueba sustitutiva de los requisitos académicos establecidos para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas en período transitorio.