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Normativa evaluación y calificación
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Adaptaciones de pruebas de evaluación
(evaluación continua y certificación)
La normativa sobre evaluación en las Escuelas Oficiales de Idiomas contempla la adaptación de los procedimientos de evaluación de aquellas personas que tengan reconocida algún tipo de discapacidad física o sensorial y lo requieran.
Es preceptivo solicitar la adaptación por parte de los interesados en el momento de la matriculación.
PROCEDIMIENTO
La solicitud se realizará en el momento de la formalización de matrícula en:
- Secretaría Virtual para los nuevos alumnos (admitidos en el Proceso de admisión)
- Raíces para los antiguos alumnos (alumnos oficiales)
- Secretaría del centro para alumnos con imposibilidad de realizar el trámite telemáticamente.
Los interesados deberán cumplimentar un escrito (modelo disponible en Secretaría > Impresos para descargar) dirigido a la dirección del centro donde expongan su solicitud y aportar la documentación requerida:
a. Certificación oficial de discapacidad y del grado de la misma, expedido por la Consejería o Administración competente en esta materia.
b. Dictamen técnico facultativo o informe técnico oficial con indicación del grado y características de la discapacidad padecida y reconocida.
c. Declaración del alumno en la que indique las medidas concretas que solicita para la realización de la prueba, referidas a las condiciones o material utilizados.
Este último aspecto es muy importante, pues de él depende la aplicación de medidas concretas adaptadas a cada necesidad.
Aquellas solicitudes que carezcan de la "certificación oficial de discapacidad y del grado de la misma, expedido por la Consejería o Administración competente en esta materia" no se ajustan al objeto de las medidas de adaptación y no podrán ser consideradas.
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