CONVALIDACIONES
¿QUÉ SON LAS CONVALIDACIONES?
- La formación profesional del sistema educativo posibilita el aprendizaje a lo largo de la vida favoreciendo la incorporación de las personas a los distintos ciclos formativos de formación profesional.
- Por ello, con el fin de facilitar al alumnado la consecución de las enseñanzas del ciclo formativo en el que está matriculado, sin necesidad de repetir aprendizajes ya adquiridos con anterioridad, se establecen las condiciones de convalidación de módulos profesionales incluido en dicho ciclos formativo.
- Por otro lado para favorecer la empleabilidad y la posibilidad de seguir estudios posteriores se establecen equivalencias de estudios españoles y homologaciones de estudios efectuados en otros países, con la formación profesional del sistema educativo.
- La convalidación consiste en emitir una resolución oficial por parte del centro educativo público o privado autorizado o la administración educativa competente, en la que se indica el módulo o módulos profesionales que se convalidan al aportar otros estudios de formación profesional o estudios universitarios, o bien unidades de competencia acreditadas. El efecto de dicha resolución consiste en la superación del módulo o módulos profesionales convalidados con la calificación de un 5.
- La acreditación de unidades de competencia consiste en la certificación oficial de la Administración competente de poseer alguna unidad de competencia obtenida mediante el Procedimiento de Evaluación y Acreditación de las Competencias Profesionales, establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral; o bien mediante un certificado de profesionalidad, establecido a partir del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.
ASPECTOS IMPORTANTES A TENER EN CUENTA
- Para solicitar la convalidación de módulos profesionales hay que estar previamente matriculado en ellos.
- La convalidación no se realiza nunca sobre la globalidad del título sino sobre los módulos profesionales. Por ejemplo, si poseo la diplomatura de Maestra de Educación Infantil y me matriculo en el ciclo formativo de grado superior de Educación Infantil, puedo solicitar la convalidación de los módulos profesionales cuyos contenidos considere que ya he superado en la diplomatura, pero no la convalidación global del título.
- Haber cursado enseñanzas superiores no siempre da derecho a la convalidación de enseñanzas relacionadas de menor nivel, aunque en ambas haya materias con nombres similares. Esto es así ya que el perfil profesional de un graduado universitario es diferente del de un Técnico superior y ambos son diferentes del perfil de un Técnico de grado medio.
- Los módulos profesionales que se convaliden constarán en el expediente como Convalidado y computarán como "5" al calcular la nota media final del ciclo formativo.
- Una materia convalidada no puede alegarse para conseguir la convalidación de otra nueva. Solo se pueden alegar aquellas materias que hayan sido realmente cursadas y superadas.
DOCUMENTOS OFICIALES (B.O.E) Y DOCUMENTO PARA SOLICITAR LA CONVALIDACIÓN
¿CÓMO Y CUANDO SE SOLICITA LA CONVALIDACIÓN?
- El plazo para solicitar convalidaciones es desde el 1 al 31 de octubre de cada curso escolar.
- La solicitud de convalidación se debe presentar en la Secretaría del centro docente en el que está matriculado el alumno/a, utilizando el impreso que se proporcionará en el mismo.
- A la solicitud se deben adjuntar los documentos que acrediten la formación que se alega:
Documentos para acreditar la formación
- Certificación académica oficial expedida por el centro docente donde he cursado los estudios que alego.
- En el caso de alegar un título, debes presentar el título oficial o resguardo de haberlo solicitado.
- En el caso de alegar enseñanzas universitarias, además de la certificación académica oficial, deberé presentar los programas de las asignaturas que haya cursado, sellados por la Secretaría del centro universitario.
- Si se solicita alguna convalidación de las que aparecen recogidas en la normativa, la Dirección del centro docente resolverá la solicitud, concederá la convalidación y lo comunicará al alumno/a para que no siga asistiendo a clase.
- Si se alegan enseñanzas universitarias, de FP-I, de FP-II … la solicitud de convalidación requiere que se valoren y comparen sus contenidos con los de los módulos profesionales a convalidar y la Dirección del centro docente debe remitir la solicitud al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte(MECD) en Madrid. En este caso, el centro docente pedirá al alumno/a que cumplimente una nueva solicitud para remitirla al MECD. Esta solicitud se encuentra en el anexo IV de la Orden ECD/2159/2014, de 7 de noviembre (BOE de 20), por la que se establecen convalidaciones entre módulos profesionales de formación profesional del Sistema Educativo Español y medidas para su aplicación y se modifica la Orden de 20 de diciembre de 2001, por la que se determinan convalidaciones de estudios de formación profesional específica derivada de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.
- Si la Dirección del centro docente estima que la solicitud de convalidación carece de fundamento, denegará la convalidación. Si no se está de acuerdo con esta denegación se puede realizar una reclamación (recurso de alzada) en la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de la provincia, en el plazo de un mes, justificando debidamente los motivos.
- Las solicitudes de convalidación remitidas al MECD pueden tardar algún tiempo en ser resueltas. Por eso es conveniente presentar la solicitud en los primeros días de octubre. Una vez resuelta, el MECD se pondrá directamente en contacto con el alumno/a, a través del correo electrónico que haya facilitado, para comunicar el resultado y para poder descargar la resolución desde la Sede Electrónica del MECD. Si se concede la convalidación, se deberá presentar la resolución en el centro docente para que la anoten en el expediente académico.
- Hay que tener en cuenta que si se obtiene la convalidación de algún módulo profesional se puede solicitar una extensión de matrícula y matricularse de nuevos módulos profesionales de primer o segundo curso, siempre que exista disponibilidad de plazas en el centro docente, no se supere la carga horaria total de 1000 horas y sea posible compatibilizar el horario de todos los módulos profesionales de la matrícula.