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Visor

La educación y la cultura: un tándem imprescindible

Introducción

En el presente artículo se realiza una somera aproximación a la relación entre educación y cultura, situando la cuestión en el marco constitucional del Estado Social y del Estado de Cultura. Estas construcciones teóricas y jurídicas introducen mandatos dirigidos a los poderes públicos, que han de proporcionar herramientas necesarias para garantizar la igualdad en la sociedad y la conformación de una sociedad auténticamente democrática. La educación y la cultura son vías destacadas para ello. Si bien la unión entre ambas nociones es clara desde el punto de vista conceptual y práctico, se requiere de una acción pública más intensa para garantizar la presencia de la cultura en la educación formal y, en particular, de aquellas manifestaciones de la cultura propias de la contemporaneidad, como son el cine y el audiovisual. Lejos de ser únicamente un objeto de conocimiento en sí mismo, su estudio contribuye también a la alfabetización audiovisual, necesaria para la formación de una ciudadanía crítica. Estos mimbres, junto con las alfabetizaciones mediática y digital, constituyen un instrumental metodológico y conceptual al que convendría dar un mayor impulso. 

  

1. El Estado de Cultura: la unión entre educación y cultura

En el siglo XX, el concepto de Estado Social se consolidó en las Constituciones que respondían con contundencia a los regímenes totalitarios que ennegrecieron unos años fatídicos de la Historia europea. Destacan, entre otros, textos como la Ley Fundamental de Bonn (1949) y la Constitución de la República francesa (1958), que se declara en su artículo 1, entre otras notas, como una República social. Por su parte, la Constitución española afirma también desde sus primeras líneas que España se constituye en un Estado Social y, más adelante, en el artículo 9.2 recoge un mandato esencial para los poderes públicos, que habrán de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas. En particular, se insta a remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y a facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

El Estado Social es esencialmente procurador (FORSTHOFF; MAGALDI) y en este contexto se sentaron las bases de la intervención pública en la cultura (VAQUER) y se impulsó la apuesta decidida por la educación a todos los niveles. La educación es, de hecho, no solo manifestación de un avance cultural, sino entorno en el que la cultura se desarrolla y florece. La Constitución de la Segunda República incluía ya unos mimbres sólidos que apuntaban en esta dirección y a mediados del siglo se fue consolidando en la doctrina, así como en textos jurídicos, el concepto de Estado de Cultura. Este concepto surge fuertemente anclado a la educación, ya que concibe la cultura en un sentido amplio e incluye la primera (SPAGNA MUSSO). Más adelante, al amparo de la evolución constitucional, la noción se asienta en España vinculada también al Estado autonómico. La cultura se declina en plural, culturas, y los poderes públicos reciben el mandato de velar por la pluralidad y la diversidad (PRIETO DE PEDRO), así como de garantizar los derechos y libertades vinculados con la creación artística y con el acceso a la cultura.

"La cultura se declina en plural, culturas, y los poderes públicos reciben el mandato de velar por la pluralidad y la diversidad"

La cultura es un elemento fundamental en la construcción de la ciudadanía y es, en su pluralidad y su diversidad, un elemento constitutivo de la identidad europea (DE LA SIERRA, 2011), también de la española. Su importancia en la consolidación de la democracia en nuestro país no ha dejado de ser subrayada (GRACIA).

Por último, se ha de subrayar que educación y cultura en muchas ocasiones han ido de la mano también desde la óptica institucional. Así, en distintos niveles políticos y administrativos los órganos competentes en una de las materias son también competentes en otras. Es cierto que de este modo se diluye la visibilidad de cada una de ellas, de modo que probablemente el modelo óptimo sería la independencia en la gestión de cada una de las áreas con mecanismos de conexión y de trabajo en común. Sin embargo, no es menos cierto que en la práctica en muchas ocasiones devuelve la imagen institucional conjunta que se ha expuesto.

 

2. La cultura en la educación formal

Este mapa que acaba de dibujarse de forma somera muestra de forma clara que la cultura ni está ni puede estar ausente del sistema educativo formal. Aquí, conviene precisar que existen diversas acepciones del término “cultura”, que se encuentran conectadas entre sí, pero que presentan perfiles distintos (PRIETO DE PEDRO). Por un lado, un concepto amplio de cultura es el propuesto desde la antropología y viene constituido por el conjunto de costumbres, hábitos y tradiciones de una determinada comunidad. Este concepto se vincula con los mimbres que constituyen esa comunidad, que no dejan de ser valores cívicos o principios ciudadanos plasmados en la Constitución como normas de convivencia. Los derechos fundamentales son, de este modo, elementos de esta cultura entendida en sentido amplio y así lo entendieron también los Jefes de Estado y de Gobierno de la hoy Unión Europea al promover la adopción de la Declaración de Copenhague sobre la identidad europea en el año 1973, donde se incluían los derechos fundamentales y la democracia como elementos basilares de dicha identidad.

En una acepción más estricta, la cultura se vincula con las bellas artes, con la actividad creativa del individuo. El arte representa, así, un imaginario, es proyección del individuo en la comunidad, instrumento de comunicación y de aprehensión de la realidad. Todas estas facetas conectan con un modelo de ciudadanía que se ha de ir forjando, también en el sistema educativo. Las enseñanzas artísticas forman parte del currículum escolar, si bien su presencia, por lo general, ha sido modesta hasta la fecha.

El potencial transformador del arte comporta que las enseñanzas artísticas no sean únicamente un fin en sí mismo, sino un instrumento transversal de consecución de objetivos plurales y de desarrollo de competencias como la creatividad (imprescindible para la resolución de problemas), la asertividad (en los procesos de toma de decisiones), la empatía, la perseverancia, la paciencia y la emoción. Un modelo educativo moderno, basado en competencias, habría de situar las artes en el epicentro de su sistema.

 

3. Imagen, cine, audiovisual: cultura y currículum escolar

La cultura en sentido amplio y en sentido estricto evoluciona. La creación artística hoy mantiene, cómo no, manifestaciones de las artes clásicas. La pintura, la escultura, el teatro, la música se adaptan a los tiempos pero permanecen en su esencia. Con el desarrollo de la tecnología, sin embargo, otras formas artísticas han aparecido. La fotografía, primero, el cine, después, y finalmente otros formatos audiovisuales han ido consolidando su posición en la sociedad contemporánea. Respecto de estas “nuevas” manifestaciones artísticas se ha discutido y se discute justamente su naturaleza cultural, pero textos como la Comunicación sobre Cine de la Comisión Europea (2013) zanjan la cuestión desde sus primeras líneas al afirmar lo siguiente: “Las obras audiovisuales, especialmente las películas, desempeñan un papel importante en la configuración de las identidades europeas, ya que reflejan la diversidad cultural de las distintas tradiciones e historias de los Estados miembros y regiones de la UE. Las obras audiovisuales son tanto bienes económicos que ofrecen importantes oportunidades para la creación de riqueza y empleo como bienes culturales que reflejan y configuran nuestras sociedades”.

Esta Comunicación fija el marco jurídico de las ayudas públicas al cine y otras producciones audiovisuales en el contexto de la Unión Europea y, aunque no menciona la educación de forma expresa, sí alude al patrimonio cinematográfico y a su necesaria preservación. Evoca las prácticas de algunos Estados en los que la recepción de una ayuda pública comporta la obligación de depositar la obra producida en la institución pública correspondiente a efectos de conservarla y difundirla, en su caso, salvaguardados los pertinentes derechos de propiedad intelectual. El patrimonio cinematográfico en particular y audiovisual en general es, hoy, manifestación de la cultura contemporánea y, en consecuencia, habría de tener una presencia más destacada en la educación formal.

"Desde hace décadas, la noción de alfabetización audiovisual o educación audiovisual ha cobrado fortuna en distintos contextos"

Este aspecto conecta con la necesidad de potenciar otras alfabetizaciones, distintas del concepto clásico de alfabetización, en el sistema educativo. Desde hace décadas, la noción de alfabetización audiovisual o educación audiovisual ha cobrado fortuna en distintos contextos. Puede afirmarse que la experiencia pionera en este ámbito fue la acaecida en Francia con el cambio de siglo hace unos años. Ante un descenso del número de espectadores en salas, el Ministro de Educación de un país que siempre ha prestado atención singular a su cultura y, en particular, a su cine –a la sazón Jack Lang (quien durante muchos años fuera Ministro de Cultura)– encargó un estudio para analizar las causas y realizar propuestas dirigidas a combatir la tendencia. El comisionado fue el asesor del Ministro en materia de cine, el cineasta Alain Bergala, que narra la experiencia en su libro La hipótesis del cine. Entre otras propuestas, se apostó por introducir el cine en el sistema educativo, entendiendo que el patrimonio cinematográfico es un elemento más del patrimonio cultural, del acervo colectivo de una comunidad.

En este sentido, se consideró oportuno elaborar un canon, del mismo modo que existe un canon literario que se enseña en la educación formal. Así, el currículum escolar habría de incorporar estas referencias como elementos a estudiar. En España, este desafío todavía se encuentra en estado muy embrionario, si bien algunas reformas normativas han intentado otorgar mayor peso al audiovisual en el sistema educativo (DE LA SIERRA, 2017). Como complemento de las iniciativas públicas, por otro lado, se ha de subrayar la acción de la Academia de Cine  para impulsar la relación entre cine y educación, con una apuesta decidida por la elaboración e implantación de planes de alfabetización audiovisual, así como por la identificación de una propuesta de canon. Siendo esta siempre una cuestión controvertida, por cuanto títulos, géneros y temas dependen de preferencias, sensibilidades y perfiles personales, diseñar un canon y revisarlo o actualizarlo de forma periódica es un punto de partida imprescindible.

 

4. Educación audiovisual y educación tout court

El patrimonio cinematográfico y audiovisual, en consecuencia, han de encontrar acomodo de forma más decidida en nuestro sistema educativo. Además, junto a los contenidos, conviene subrayar la necesidad de potenciar la alfabetización audiovisual y ello en el contexto más amplio del aprendizaje por competencias. Así, la sociedad contemporánea es una sociedad audiovisual. Esta afirmación no ha de entenderse como un réquiem que abogue por la desaparición del papel, la imprenta y el desarrollo de la personalidad en el entorno físico. Al contrario, desde aquí se mantiene una postura decididamente a favor de la lectura pausada, de la reflexión, de la reducción de estímulos digitales y de la memoria, como instrumento esencial del razonamiento y del pensamiento crítico, sin menoscabo de la imprescindible creatividad como valor esencial en una sociedad compleja. Sin embargo, desconocer la presencia del audiovisual en nuestra cultura contemporánea sería cerrar los ojos ante una realidad que nos circunda. Por esta razón, los materiales audiovisuales son hoy un instrumento óptimo para complementar prácticamente todas las asignaturas del currículum educativo. 

"El patrimonio cinematográfico y audiovisual, en consecuencia, han de encontrar acomodo de forma más decidida en nuestro sistema educativo"

El entorno audiovisual requiere, como el literario, de instrumentos que permitan aprehender los contenidos y los mensajes en toda su extensión. Solo de esta forma podrá captarse tendencialmente en su integridad el valor de la obra cinematográfica, sus elipsis, sus metáforas, su significado en la Historia de la Cinematografía, sus aportaciones. Por otro lado, y trascendiendo la obra cinematográfica, productos audiovisuales como anuncios, vídeos de YouTube, piezas dirigidas a las redes sociales, imágenes informativas, todos ellos requieren ser “leídos”, desencriptados, asimilados de manera crítica, especialmente en las edades de formación del individuo. De esta manera se contribuye a la consolidación de una ciudadanía madura, consciente y, en consecuencia, se contribuye al proceso democrático.         

En conexión con la alfabetización audiovisual se encuentran otros dos procesos de alfabetización, la mediática y la digital, todos ellos interrelacionados, objeto en ocasiones de políticas públicas comunes y a los que conviene prestar atención. Y ello por cuanto el material audiovisual es aquí elemento fundamental de los entornos digitales y de buena parte de los entornos de comunicación.

 

5. Conclusiones

En las líneas precedentes se ha realizado una somera aproximación a la relación entre educación y cultura, situando la cuestión en el marco constitucional del Estado Social y del Estado de Cultura. Estas construcciones teóricas y jurídicas introducen mandatos dirigidos a los poderes públicos, que han de proporcionar herramientas necesarias para garantizar la igualdad en la sociedad y la conformación de una sociedad auténticamente democrática. La educación y la cultura son vías destacadas para ello. Si bien la unión entre ambas nociones es clara desde el punto de vista conceptual y práctico, se requiere de una acción pública más intensa para garantizar la presencia de la cultura en la educación formal y, en particular, de aquellas manifestaciones de la cultura propias de la contemporaneidad, como son el cine y el audiovisual. Lejos de ser únicamente un objeto de conocimiento en sí mismo, su estudio contribuye también a la alfabetización audiovisual, necesaria para la formación de una ciudadanía crítica. Estos mimbres, junto con las alfabetizaciones mediática y digital, constituyen un instrumental metodológico y conceptual al que convendría dar un mayor impulso.  

 

 

Bibliografía :

Bergala, A. (2007). La hipótesis del cine. Pequeño tratado sobre la transmisión del cine en la escuela y fuera de ella. Laertes: Barcelona

De la Sierra, S. (2017). El marco jurídico de la educación audiovisual. Academia. La revista del cine español, núm. 225, pp. 20 – 21

De la Sierra, S. (2011), Política cultural europea, en: Ortega, L./de la Sierra, S., Estudios de la Unión Europea. Centro de Estudios Europeos: Toledo

De la Sierra, S. (2010). Derecho del Cine: Administración cultural y mercado. Iustel: Madrid

Gavara de Cara, J.C./Pérez Tornero, J.M. (2012). La alfabetización mediática y la Ley General de Comunicación Audiovisual en España. UNESCO/UOC: Barcelona

Gracia, J. (2006). Estado y cultura. Anagrama: Barcelona

Lonbay, J. (2004). Reflections on Education and Culture in EC Law, en: Craufurd Smith, R. (ed.), Culture and European Union Law, Oxford University Press, 244 – 273

Magaldi, N. (2007). Procura existencial, Estado de Derecho y Estado Social. Universidad Externado de Colombia: Bogotá

Marzal Raga, C. (2010), El régimen jurídico de las enseñanzas musicales, Institució Alfons el Magnànim: Valencia

Prieto de Pedro, J. (1992). Cultura, culturas y Constitución. Centro de Estudios Políticos y Constitucionales: Madrid

 

Spagna Musso, E. (1961), Lo Stato di Cultura nella Costituzione italiana. Morano: Napoli

Vaquer Caballería, M. (1998), Estado y Cultura. La función cultural de los poderes públicos en la Constitución española. Centro de Estudios Ramón Areces: Madrid

 

 

 Susana de la Sierra Morón

Profesora Titular de Derecho Administrativo, UCLM

Exdirectora General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA)