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  • Medidas de carácter ordinario: conllevan la adopción de estrategias de enseñanza y aprendizaje más adecuadas a las necesidades planteadas por este alumnado, tales como presentación de contenidos con diversos grados de dificultad, agrupamientos flexibles, adecuación de recursos didácticos, propuesta de variedad de actividades, etc.
  • Medidas de carácter extraordinario: implican la adaptación del currículo llevando a cabo una ampliación o un enriquecimiento del mismo para el alumno o alumna concreta.
  • Medidas de carácter excepcional: suponen la flexibilización de las diversas etapas educativas con la reducción en la duración de las mismas. La excepcionalidad de esta medida requiere un riguroso proceso en el que se acredite que ésta es la mejor medida para adoptar con un alumno o alumna concreta y que supone un beneficio en el desarrollo de su proceso de enseñanza y aprendizaje.