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BECAS DE COMEDOR CURSO 2023/2024 BECAS DE COMEDOR CURSO 2023/2024

IMPRESO SUBSANACION DE LA SOLICITUD DE BECA COMEDOR 2023/2024

DEL 8 AL 28 DE JUNIO 

AVISO IMPORTANTE:PLAZO AMPLIADO EL PLAZO HASTA EL 7 DE JULIO

Según nos informa la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, debido al volumen de solicitantes de la nueva beca de comedor para el curso 2023-24 y con objeto de atender toda la demanda real, se ha procedido a ampliar el plazo de presentación de solicitudes de esta nueva beca hasta el próximo viernes 7 de julio incluido. Recordamos que toda la información, incluida la posibilidad de presentación telemática, se encuentra en la página https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/becas-comedor-escolar-curso-2023-2024.

NUEVO PROGRAMA DE BECAS

Con fecha 7 de junio de 2023 se ha publicado la orden de créditos disponible para la concesión de becas para el comedor escolar para el curso 2023-2024, que sustituyen al sistema de precios reducidos de comedor vigente hasta el curso 2022-2023.

NORMATIVA

Extracto de la ORDEN 1891/2023, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de las becas de comedor durante el período lectivo del curso  2023-2024

ORDEN 1891/2023, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se declara el importe de los créditos disponibles para la concesión directa de las becas de comedor durante el período lectivo del curso  2023-2024

ACUERDO de 17 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de becas para comedor escolar para alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid.

Enlace a preguntas frecuentes:⇒

PLAZO DE PRESENTACIÓN 

El plazo de presentación de solicitudes será del 8 al 28 de junio ambos inclusive. El impreso de solicitud estará disponible sólo a partir del día 8 de junio. 

  LUGAR DE PRESENTACIÓN

El canal telemático será el medio prioritario de presentación de las solicitudes, a través del acceso habilitado para en el portal de internet de la Comunidad de Madrid , a través del siguiente enlace https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/becas-comedor-escolar-2023-2024

En el caso de que no presenten la solicitud de forma telemática, las familias deben  cumplimentar la solicitud (pulsando en DESCARGAR FORMULARIO), y descargar el formulario ya cumplimentado, a través del siguiente enlace: https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/becas-comedor-escolar-2023-2024 o en: Solicitud de beca de comedor 2023/2024

Una vez que tengan la solicitud debidamente cumplimentada, firmada y con la documentación necesaria, la podrán presentar de manera presencial en el centro o en una  oficinas de asistencia en materia de registros.

REQUISITOS DE LOS ALUMNOS

Los alumnos deberán reunir los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

1) Tener plaza de comedor escolar en centro debidamente autorizado.
2) Los alumnos deberán pertenecer a familias que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Familia beneficiaria de la Renta Mínima de Inserción o beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital a la que se le ha extinguido la Renta Mínima de Inserción.
  2. Familia beneficiaria de la prestación del Ingreso Mínimo Vital con una renta percápita inferior a 4.260 euros del ejercicio económico que se determine en la orden de declaración de créditos presupuestarios disponibles y que se no encuentre en el apartado anterior.
  3. Familia con una renta per cápita inferior a 4.260 euros, del ejercicio económico que se determine en la orden de declaración de créditos presupuestarios disponibles.
  4. Familia con algún miembro de la unidad familiar víctima de violencia de género o víctima del terrorismo. En caso de víctima del terrorismo, a efectos de las presentes normas reguladoras se considerará víctima del terrorismo cuando como consecuencia de un acto terrorista, se deriven daños personales de especial trascendencia o que incapaciten totalmente para el trabajo habitual.
  5. Familia con algún miembro de la unidad familiar perteneciente a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, con destino en la Comunidad de Madrid.
  6. Alumno en situación de acogimiento familiar (acogimiento familiar temporal, acogimiento familiar permanente o acogimiento familiar pre adoptivo).
  7. Alumnos escolarizados de oficio en centros privados sostenidos con fondos públicos que hagan uso del transporte escolar.
  8. Familia con algún miembro de la unidad familiar beneficiario de protección internacional, en cualquiera de sus modalidades.
  9. Alumnos en situación de acogimiento residencial, cuya guardia o tutela se ejecuta por la Consejería competente en materia de Infancia y Adolescencia.
  10. Alumnos escolarizados al amparo de los Convenio y Acuerdos establecidos por la Consejería competente en materia de Educación con la Consejería competente en materia de Infancia y Adolescencia, con el ministerio competente en materia de Instituciones Penitencias y con la Consejería competente en materia de Violencia de Género.

3) La condición de beneficiario podrá obtenerse, aunque no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

AYUDAS PARA ALUMNOS CON NECESIDAD ESPECIFICA DE APOYO EDUCATIVO AYUDAS PARA ALUMNOS CON NECESIDAD ESPECIFICA DE APOYO EDUCATIVO

El MEFP ( Ministerio de Educación y Formación Profesional) ha publicado la convocatoria de las ayudas para alumnado con necesidad especifica de apoyo educativo para el curso académico 2023-2024, estableciendo el plazo de presentación de solicitudes desde el 8 de mayo de 2023 hasta el 20 de septiembre de 2023, inclusive.

Están dirigidas a personas que presentan una necesidad específica de recibir apoyo educativo derivado de alguna de las siguientes situaciones:

  • Discapacidad.
  • Trastorno grave de conducta o de la comunicación y del lenguaje.
  • Trastorno por déficit de atención por hiperactividad.
  • Trastorno del espectro autista.
  • Altas capacidades.

Página web de información sobre la convocatoria: https://www.becaseducacion.gob.es/becas-y-ayudas/ayudas-apoyo-educativo/tipos-de-becas.html

Acceso a la solicitud: https://www.becaseducacion.gob.es/becas-y-ayudas/ayudas-apoyo-educativo/como-solicitarla.html#pasos-para-solicitarla

Normativa y documentación: https://www.becaseducacion.gob.es/normativa/c/normativa.html

 

 

BECA DE LIBROS. PROGRAMA ACCEDE BECA DE LIBROS. PROGRAMA ACCEDE

PRIMARIA: Solo deben presentar el anexo I de Adhesión al programa los alumnos nuevos en el centro y los alumnos que van a cursar 1º de Primaria.

El resto del alumnado ya pertenece al programa, y para poder recibir los libros en préstamo los alumnos  deben entregar a la finalización del curso escolar en el centro los libros de texto del curso anterior, excepto 1º y 2º de Educación Primaria y los fungibles de Educación Especial. 

INFANTIL: Deben presentar la solicitud los alumnos que se encuentren en alguna de las circunstancias señaladas en la convocatoria de esta etapa.

Anexo I  Adhesión al programa.

Anexo IV   Renuncia al programa.

Devolución

Solicitud de adhesión Ed. Infantil

⇒Enlace a la página de la Comunidad de Madrid; "Programa ACCEDE. Sistema de préstamo de los libros de texto y el material curricular de la Comunidad de Madrid"