Normativa y bases publicadas en el ACUERDO de 17 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno.
TODOS LOS BENEFICIARIOS DE PRECIOS REDUCIDOS DE AÑOS ANTERIORES DEBEN PRESENTAR ESTA SOLICITUD.
EL PLAZO DE PRESENTACIÓN ES EXCLUSIVAMENTE DEL 8 AL 28 DE JUNIO DE 2023
Requisitos y de los alumnos beneficiarios:
1) Tener plaza de comedor escolar en centro debidamente autorizado.
2) Pertenecer a familias que se encuentren en una de las circunstancias indicadas en la tabla más abajo.
3) La condición de beneficiario podrá obtenerse, aunque no se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Miembros computables de la unidad familiar:
- La unidad familiar estará formada por el alumno, los progenitores o, en su caso, los tutores o acogedores o personas encargadas de su guarda y custodia, los hijos menores de 25 años no emancipados, los hijos todavía no nacidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y los hijos mayores de 25 años incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada, siempre que todos ellos convivan con el alumno para el que se solicita la beca.
- En los casos de desaparición, suspensión o ruptura del vínculo matrimonial o de hecho de los progenitores o tutores por fallecimiento, divorcio o separación, serán miembros de la unidad familiar el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación, los hijos menores de 25 años no emancipados, los hijos no nacidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y los hijos mayores de 25 años incapacitados judicialmente sujetos a la patria potestad prorrogada o rehabilitada, siempre que todos ellos convivan con el alumno para el que se solicita la beca.
- En los casos de desaparición, suspensión o ruptura del vínculo matrimonial o de hecho de los progenitores o tutores por divorcio o separación y el régimen de custodia sea compartida, se consideran miembros computables los dos progenitores del solicitante de la beca, los hijos menores de 25 años no emancipados, los hijos no nacidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y todos los hijos menores de 25 años no emancipados o mayores de 25 años incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada, siempre que todos ellos convivan con el alumno para el que se solicita la beca.
Renta per cápita:
Se consideran los ingresos de la unidad familiar divididos entre los miembros computables.
Computará por dos:
-Todo miembro con discapacidad reconocida igual o superior al 33%
- Pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión por incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez
-Pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
Solicitudes:
Deberán realizar la solicitud todos aquellos que ya tuvieran concedida la beca de precios reducidos el curso anterior y aquellos nuevos usuarios que estén interesados.
Las solicitudes podrán obtenerse y cumplimentarse a través de la página web institucional de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid) y firmarse con los certificados electrónicos. La presentación será a través del Registro Electrónico.
La solicitud deberá ser cumplimentada y firmada por los progenitores o tutores del alumno. Además, deberán firmar la solicitud todos aquellos miembros de la unidad familiar, mayores de edad, que figuren en ella.
Asimismo, se podrá hacer presencialmente en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros , y en casos muy excepcionales en el propio centro.
Para la consulta de los datos tributarios del Estado será necesaria la autorización expresa del interesado, marcada en el formulario de solicitud.
Cuantía de las ayudas:
Será de un mínimo de 400 euros hasta el coste total del servicio de comedor. Serán compatibles con otras becas siempre y cuando no superen el importe total de dicho servicio. Las familias deberán abonar al Centro la diferencia.
Para poder beneficiarse de la ayuda, el beneficiario deberá hacer uso efectivo del comedor escolar al menos el 50 por 100 de los días lectivos de cada uno de los meses del curso.
Si un beneficiario de la beca quisiera ejercer el derecho de renuncia, deberá comunicarlo por escrito, conforme al modelo que se establezca, a la dirección general competente en materia de becas y ayudas al estudio, y perderá su condición de beneficiario y en consecuencia todos los derechos que le correspondieran como tal.
Documentación y requisitos de beneficiarios
Consultar en la normativa del link facilitado al comienzo de este texto.