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Admisión para el curso 2021/22 Admisión para el curso 2021/22

Instrucciones básicas

El plazo de presentación de las solicitudes (recuerde: alumnos de 6º de Primaria y alumnos de ESO y Bachillerato que actualmente estudian en otros centros) se inicia el 8 de abril de mayo 2021 y termina el 23 de abril de 2021.

Dada la situación excepcional derivada de la alarma sanitaria, y con el objeto de evitar desplazamientos innecesarios de los alumnos o sus familias a los centros, la Comunidad de Madrid ha determinado que las solicitudes para participar en el proceso de admisión de alumnos se realizarán preferentemente por vía telemática a través de la 'Secretaría Virtual', salvo  imposibilidad técnica para poder hacerlo. El uso de la Secretaría Virtual es sencillo y para ayudarle en la cumplimentación de la solicitud, la Comunidad de Madrid ha elaborado este manual.

El acceso a la Secretaría Virtual, podrá realizarse mediante la utilización, por cada uno de los padres, tutores o representantes legales, de alguna de estas vías:

  1. Mediante la utilización del certificado digital.

  2. A través del sistema de identificación electrónica cl@ve.

  3. Acceso sin certificado digital a través de un registro en el sistema informático en el que se recogerán los siguientes campos: DNI, Nombre y apellidos, teléfono móvil, correo electrónico, clave y pregunta de seguridad.El registro se activará mediante un mensaje al teléfono móvil, lo que permitirá acceder con su DNI y clave. Esta opción facilita el acceso para todas las nuevas familias que se incorporan al sistema educativo este año.

  4. Acceso a través de la validación de credenciales de la aplicación Roble/Raíces. Las familias que ya tienen credenciales de acceso a Roble/Raíces podrán acceder a Secretaria Virtual con dichas credenciales. Si no dispone de credenciales Roble, debe solicitarlas en el centro donde su hijo/a cursa estudios actualmente.

Tenga en cuenta que desde la Secretaría virtual podrá consultar las diferentes fases del proceso -listados provisionales y y definitivos de la baremación de las solicitudes, etc. 

En otro caso y ante la imposibilidad técnica para realizarlo telemáticamente, se podrá cumplimentar la solicitud de forma manual u 'online' (accediendo a este enlace) y entregarla en el centro educativo solicitado en primer lugar. Tenga en cuenta el calendario de atención al público durante el período de admisión de alumnos.

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A la hora de cumplimentar la solicitud debe tener en cuenta las instrucciones de la Comunidad de Madrid:

  • Rellene los datos con bolígrafo, en mayúscula y con letra clara.
  • Indique el nivel educativo y el curso para el que solicita plaza escolar, marcando con una X ambos datos.

Por ejemplo si quiero solicitar plaza para 1º ESO debo marcar: ESO: ●1º ○2º ○3º ○4º

  • En las solicitudes de admisión para Bachillerato sola podrá incluirse una modalidad de bachillerato.
  • En el apartado "centros solicitados por orden de prioridad", el primero que se pone es el centro que se solicita en primera opción. Es en este centro donde debe entregar la solicitud.

El código de nuestro centro es 28033552 y la denominación IES Manuela Malasaña.

Es recomendable poner varios centros en orden de prioridad, por si no hubiera plaza en el de primera opción. Los códigos y denominación tendrán que preguntarlos en los centros correspondientes o buscarlos en internet.

  • En relación a la baremación de méritos, debe tener en cuenta lo siguiente:

Hay que cumplimentar los criterios específicos cuya baremación se solicita para cada uno de los centros solicitados.

No es necesario presentar ninguna documentación si se autoriza la consulta por las consejerías correspondientes, solo en el caso de no autorización se documentará aquello que se quiera baremar. La documentación será siempre original.

  • La solicitud de admisión debe ser firmada NECESARIAMENTE por ambos padres, madres o representantes legales del alumno, salvo si acredita DOCUMENTALMENTE la imposibilidad de hacerlo por parte de uno de ellos (Documento que acredite la "Guarda y custodia")

Normativa reguladora

  1. Decreto 29/2013, de 11 de abril, del Consejo de Gobierno, de libertad de elección de centro escolar en la Comunidad de Madrid.

  2. Orden 1240/2013, de 17 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la se establece el procedimiento para la admisión de alumnos en centros docentes sostenidos con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad de Madrid.

  3. Resolución conjunta de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa, por la que se dictan instrucciones sobre la participación en el proceso de admisión de alumnos en centros docentes sostenidos con fondos públicos que imparten segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachilleato de la Comunidad de Madrid para el curso 2021/2022

Ficheros adicionales