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  • MI HIJO NECESITA ATENCIÓN TEMPRANA

Antes de meternos en el tema de la detección y los tratamientos, queríamos compartir el siguiente cuento porque nos parece que refleja muy bien lo que viven las familias cuando llega un niño con diversidad funcional al hogar. 

Pilar Grande, la autora desde su propia experiencia personal, nos traslada su visión sobre la diversidad funcional y cómo l@s niñ@s tienen sus propias fuerzas de crecimiento internas y debemos confiar en ellos.

MI HIJO NECESITA ATENCIÓN TEMPRANA


Coordinación entre los distintos servicios de la A.Temprana

                                                                     (pinchar para ampliar)

La detección de las necesidades específicas de tratamiento y rehabilitación de vuestro hijo, pueden determinarse tanto desde el ámbito sanitario como del educativo (como podéis ver en el esquema anterior).

Ambos servicios realizarán una derivación hacia la Consejería de Políticas Sociales, en concreto al Centro Regional de Coordinación y Valoración Infantil (CRECOVI)

SEDE CRECOVI

ÁMBITO SOCIAL/FAMILIA:

CRECOVI es el organismo encargado de realizar los siguientes trámites:

RECONOCIMIIENTO DEL GRADO DE DISCAPACIDAD: El grado de discapacidad acredita las limitaciones funcionales de una persona (por ejemplo un déficit de audición, dificultades para caminar, expresarse, etc.). Un grado de discapacidad en porcentaje igual o superior al 33% habilita para el ejercicio de los derechos que las personas con discapacidad tienen reconocidos en todo el territorio español y permite a estas personas beneficiarse de distintas medidas de protección social .

DOCUMENTO: Servicios y prestaciones vinculados al grado de discapacidad.

♦ RECONOCIMIENTO SITUACIÓN DE DEPENDENCIA: El procedimiento de valoración de la situación de dependencia se realiza para establecer si una persona necesita - y en qué grado - ayuda de otra para realizar las actividades básicas de la vida diaria. Es la puerta de acceso a los servicios y prestaciones económicas que forman parte del catálogo del Sistema para la Autonomía y la Atención de la Dependencia (SAAD) establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.

Para la valoración de la situación de dependencia de 0 a 3 años se aplica la Escala de Valoración Específica (EVE), que mide la capacidad para realizar determinadas actividades (sujetar la cabeza, ponerse de pie, andar solo, succionar, fijar la mirada...). Los solicitantes menores de 3 años son valorados por personal médico en el Centro Regional de Coordinación y Valoración Infantil (CRECOVI). Esta valoración no tiene carácter permanente, por lo que se pueden realizar revisiones de oficio cada seis meses.

VALORACIÓN ATENCIÓN TEMPRANA: Las necesidades de atención temprana están relacionadas con un desfase entre la edad de desarrollo y la edad cronológica del niño, que puede ser transitorio y no permanente.

La finalidad de la atención temprana es favorecer el óptimo desarrollo y la máxima autonomía personal de los menores de seis años con trastornos en su desarrollo, o riesgo de padecerlos, y posibilitar su plena inclusión familiar, escolar y social.

GUÍA RÁPIDA DE ACCESO al trámite de estos tres servicios comentados anteriormente.

 

ÁMBITO EDUCATIVO:

Pero, simultáneamente se pueden realizar trámites desde la Consejería de Educación para la escolarización del niño como alumno con necesidades educativas especiales recibiendo por tanto, también en este ámbito, un refuerzo y apoyo a nivel pedagógico. La Administración educativa tiene la responsabilidad de garantizar el derecho a la educación a toda la población escolar, en cualquier situación personal, poniendo en marcha medidas precisas para que cualquier alumno ejerza dicho derecho.

Los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Sector, tanto Generales como de Atención Temprana, realizan la propuesta de escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales que se rige por los principios de normalización e inclusión.

Equipos De Orientación Educativa y Psicopedagógicos

La atención educativa al alumnado se llevará a cabo en función de las enseñanzas y desde un continuo de menor a mayor grado de especialización, a través de:

CENTRO ORDINARIO: contexto educativo donde las necesidades de los alumnos pueden ser satisfechas mediante la práctica educativa y los recursos habituales del centros, planificando apoyos de Pedagogía Terapéutica (PT) y Audición y Lenguaje (AL).

CENTRO DE ESCOLARIZACIÓN PREFERENTE: utiliza el contexto de centro ordinario para facilitar a los alumnos con Discapacidad Auditiva, Discapacidad Motora y Trastornos Generalizado del Desarrollo poder seguir el currículo ordinario, con una oferta de recursos específicos centralizados en un colegio y planificando apoyos extensos y generalizados.

CENTROS DE EDUCACIÓN ESPECIAL: ofertan enseñanzas dirigidas a alumnos con necesidades educativas especiales que no pueden ser satisfechas dentro del marco general de atención a la diversidad de los centros ordinarios, al requerir apoyo generalizado y significativo en todas las áreas del desarrollo.


De manera que, mientras se está solicitando la valoración en CRECOVI para adjudicar plaza pública de atención temprana en Centro de Atención Temprana (CAT), el Equipo de Atención Temprana (EAT) puede proseguir los trámites para escolarización de vuestro hijo/a si así lo deseáis o intervenir con el niño en la Escuela Infantil en el caso de que ya esté escolarizado.

        Δ

        No se trata de tener derecho a ser iguales

        (httpseducacion-inclusiva-caqueza8)