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Somos EQUIPO con vosotras y vosotros para:

El EEAACC formará parte de la red de orientación de la Comunidad de Madrid y actuará siguiendo las directrices de la Dirección General con competencias en materia de Educación Infantil y Primaria.

Orden 2642/2020, por la que se crea el equipo: pincha aquí.

Tríptico EEAACC

Información general sobre el equipo, la determinación de NEAE por AACC y medidas educativas: pincha aquí

ORDEN 2642/2020, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD, POR LA QUE SE CREA EL EQUIPO DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y PSICOPEDAGÓGICA ESPECÍFICO DE ALTAS CAPACIDADES (ART.3) ORDEN 2642/2020, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD, POR LA QUE SE CREA EL EQUIPO DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y PSICOPEDAGÓGICA ESPECÍFICO DE ALTAS CAPACIDADES (ART.3)

Funciones

1. El Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica Específico de Altas Capacidades tiene encomendadas funciones relacionadas con la ORIENTACIÓN y el ASESORAMIENTO especializados en materia de altas capacidades AL RESTO DE LA RED DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA, a la Inspección de Educación y a los CENTROS DOCENTES de la Comunidad de Madrid.

2. Las funciones del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica específico de Altas Capacidades son las establecidas, con carácter general en las Resoluciones de la Dirección General de Centros Docentes de 28 de julio de 2005 y 17 de julio de 2006 y en particular, las siguientes:
a) Ofrecer ASESORAMIENTO técnico a los profesionales la RED DE ORIENTACIÓN educativa y Psicopedagógica y Servicios de Orientación para la evaluación psicopedagógica de los alumnos con altas capacidades y su RESPUESTA EDUCATIVA a través del enriquecimiento del currículo y las medidas de flexibilización educativa.
b) COLABORAR con la Red de Orientación Educativa en el análisis y valoración de las propuestas de FLEXIBILIZACIÓN, de acuerdo con lo establecido en la Orden 70/2005, de 11 de enero, del Consejero de Educación de la Comunidad de Madrid, por la se regula con carácter excepcional la flexibilización de la duración de las diferentes enseñanzas escolares para los alumnos con necesidades educativas específicas por superdotación intelectual y en la Orden 1493/2015, de 22 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula la evaluación y la promoción de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo, que cursen segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Enseñanza Básica Obligatoria, así como la flexibilización de la duración de las enseñanzas de los alumnos con altas capacidades intelectuales en la Comunidad de Madrid.
c) SENSIBILIZAR, INFORMAR Y FORMAR a la comunidad educativa sobre las características de los alumnos con altas capacidades, su respuesta educativa y atención en el ámbito social y familiar.
d) IMPULSAR nuevas ESTRATEGIAS educativas en los centros que permitan ajustar la respuesta educativa a estos alumnos.
e) SISTEMATIZAR el proceso de DETECCIÓN TEMPRANA y homogeneizar las pruebas e instrumentos aplicados para la evaluación psicopedagógica de los alumnos con altas capacidades intelectuales.
f) PROMOVER el INTERCAMBIO de conocimientos y experiencias entre los centros sobre la respuesta educativa y la intervención con los alumnos con altas capacidades.
g) ELABORAR y difundir guías de RECURSOS destinadas a los alumnos con alta capacidad.
h) Colaborar con la red de formación permanente del profesorado de la Comunidad de Madrid en las actividades de formación referidas a las altas capacidades intelectuales.
i) Colaborar en el desarrollo de investigaciones y otros trabajos dirigidos a incrementar el conocimiento sobre la alta capacidad y su respuesta desde el ámbito educativo.
j) Cualquier otra función que, en el marco de las Altas Capacidades le sea encomendada por la Consejería de Educación y Juventud.