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Secretaría: Trámites administrativos más comunes (renuncia matrícula, certificados, títulos, tasas) 

Información sobre pagos y tasas

Requisitos para acceder a las enseñanzas de las Escuelas Oficiales de Idiomas: 

Tener 16 años cumplidos o cumplirlos en el año natural en que comiencen sus estudios. 

Asimismo podrán acceder a estas enseñanzas quienes tengan catorce años, cumplidos en el año en que comiencen los estudios, para estudiar un idioma distinto del cursado en la Educación Secundaria Obligatoria como primera lengua extranjera.

Horario de secretaría 

Atendemos presencialmente de lunes a viernes de 16:30 a 19:30

Atención telefónica de 15:00 a 21:00 de lunes a viernes 91 786 31 95

Email: secretaria.eoi.extmoratalaz-ptevallecas.madrid@educa.madrid.org

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Anulación de matrícula por impago

Se procede a la anulación de matrículas por impago. 

Publicados los listados de matrículas anuladas en la plataforma Raíces y tablones de secretaría de la escuela. 

Artículo 31
Anulación de matrícula por impago
1. Conforme a lo recogido en el artículo 6 de la Orden 1372/1999, de 28 de junio, la falta de pago del importe total de los precios públicos conllevará la anulación de oficio de la matrícula por impago.

2. La anulación de matrícula por impago se hará constar mediante la oportuna diligencia en el expediente académico personal del alumno.

3. La matrícula anulada por impago no será tenida en cuenta a efectos del cómputo de permanencia en las enseñanzas a que hace referencia el artículo 13.2 del Decreto 106/2018, de 19 de junio.

ORDEN 2045/2022, de 15 de julio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se regula el acceso, la organización de los cursos, los proyectos educativos de innovación y de experimentación y la matrícula de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunidad de Madrid.

Requerimiento de segundo plazo de matrícula

Publicado 17/01/2023

Publicado el listado de alumnos pendientes de abonar el segundo plazo de matrícula en el Tablón de anuncios de la plataforma Raíces.

El plazo para satisfacer el segundo pago de la matrícula finalizó el pasado 31 de diciembre.

Conforme al artículo 6 de la Orden 1372/1999, de 28 de junio, se requiere que se haga el pago en un plazo improrrogable de quince días. En caso contrario, procederá la anulación de la matrícula y la pérdida de las cantidades correspondientes al primer plazo.

Más información en sección de secretaría.

Segundo plazo de pago fraccionado