Renuncia a la evaluación
Renuncia a la evaluación
Renuncia a la evaluación final ordinaria y a la evaluación final extraordinaria.
- Los alumnos podrán solicitar a la dirección de la EOI la renuncia a la evaluación final ordinaria y a la evaluación final extraordinaria del curso en el que están matriculados (en adelante, renuncia a la evaluación) con, al menos, treinta días naturales de antelación a la fecha de realización de la sesión de evaluación ordinaria, mediante la presentación de la solicitud que se establece en el anexo.
- La matrícula del curso en el que se renuncia a la evaluación computará a efectos de permanencia en el nivel correspondiente y será tenida en cuenta para la consideración como alumno repetidor del mismo nivel y curso en cursos académicos posteriores.
- El alumno con renuncia a la evaluación podrá realizar la prueba de certificación en los términos fijados en el artículo 25.1 de la Orden 2414/2019, de 1 de agosto, modificada por la Orden 2475/2021, de 13 de agosto.
- La renuncia a la evaluación no supondrá la devolución de los precios públicos abonados.
Descargarse el formulario y :
- entréguelo presencialmente en la Secretaría del centro, o
- remítalo a secretaria.eoi.mostoles.mostoles@educa.madrid.org
Curso 2021-2022: Plazo hasta 12 de abril de 2022.