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Renuncia a la evaluación

Renuncia a la evaluación

Renuncia a la evaluación final ordinaria y a la evaluación final extraordinaria.

  • Los alumnos podrán solicitar a la dirección de la EOI la renuncia a la evaluación final ordinaria y a la evaluación final extraordinaria del curso en el que están matriculados (en adelante, renuncia a la evaluación) con, al menos, treinta días naturales de antelación a la fecha de realización de la sesión de evaluación ordinaria, mediante la presentación de la solicitud que se establece en el anexo.
  • La matrícula del curso en el que se renuncia a la evaluación computará a efectos de permanencia en el nivel correspondiente y será tenida en cuenta para la consideración como alumno repetidor del mismo nivel y curso en cursos académicos posteriores.
  • El alumno con renuncia a la evaluación podrá realizar la prueba de certificación en los términos fijados en el artículo 25.1 de la Orden 2414/2019, de 1 de agosto, modificada por la Orden 2475/2021, de 13 de agosto.
  • La renuncia a la evaluación no supondrá la devolución de los precios públicos abonados.

Descargarse el formulario y :

  • entréguelo presencialmente en la Secretaría del centro, o
  • remítalo a secretaria.eoi.mostoles.mostoles@educa.madrid.org

Curso 2021-2022: Plazo hasta 12 de abril de 2022.