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Anulación de matricula

Anulación voluntaria de matrícula.

Causas

Los alumnos podrán solicitar a la dirección de la EOI la anulación voluntaria de matrícula cuando concurran alguna de las circunstancias siguientes: enfermedad prolongada de carácter físico o psíquico, incorporación a un puesto de trabajo u obligaciones de tipo personal o familiar u otra causa sobrevenida de análoga consideración que impidan el normal desarrollo de los estudios.

Plazos

Las solicitudes se presentarán a través del impreso recogido en el Anexo I con un mínimo de treinta días naturales de antelación a la finalización de las actividades lectivas del correspondiente curso anual, o quince días naturales en el caso de cursos cuatrimestrales.

Justificación

Las solicitudes de anulación de matrícula serán resueltas por el director de la EOI, que podrá recabar los informes pertinentes a efectos de su oportuna concesión o denegación debidamente motivada, y será comunicada al interesado.

Consecuencias administrativas

  • La anulación de matrícula se hará constar mediante la oportuna diligencia en el expediente académico del alumno.
  • En caso de concesión de la anulación, el alumno no será incluido en las actas de las evaluaciones finales.
  • La matrícula anulada no computará a efectos de permanencia ni en el curso ni en el nivel correspondientes.
  • Esta medida solamente podrá concederse una vez en cada uno de los niveles del idioma correspondiente.
  • Los alumnos podrán retomar, sin más requisitos, sus estudios en la misma EOI en el curso siguiente al de la anulación. Transcurrido ese período, los alumnos que deseen retomar sus estudios deberán someterse al proceso de admisión en las EOI. 
  •  La anulación de matrícula no supondrá la devolución de los precios públicos abonados

Pinche aqui para descargarse el formulario y remítalo a secretaria.eoi.mostoles.mostoles@educa.madrid.org