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Traslado de centro

Traslado de expediente

Cuando un alumno desee continuar sus estudios en una E.O.I. diferente, una vez admitido en la Escuela a la que desea asistir, deberá presentar en esta última Escuela, una certificación académica expedida por el centro de origen y solicitar que se tramite su traslado. El plazo máximo para solicitar el traslado de expediente será hasta el 15 de julio.

El traslado sólo se concederá de existir plazas vacantes una vez finalizado el proceso de admisión de septiembre.

Traslado de matrícula viva

En realidad es un traslado de expediente y debe procederse de la misma forma; la única diferencia es que la matrícula viva supone que en ese momento el alumno tiene formalizada la matrícula en uno o varios idiomas para ese curso, es decir que cambia de E.O.I. durante el curso. No podrá realizarse con posterioridad al 30 de abril del año en curso.

En el caso de trasladar la matrícula dentro de la Comunidad de Madrid, no debe abonarse nada en concepto de tasas pero si el traslado se realiza desde una Escuela de fuera de la Comunidad de Madrid deben abonarse las tasas de matrícula correspondientes y solicitar la devolución de las mismas en la Comunidad donde se formalizó la matrícula.