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Tasas especiales

Reducciones o exenciones en las tasas

  • Las víctimas de terrorismo, su cónyuge e hijos gozarán de exención total de la cuota de tasas académicas, así como los beneficiarios del carné de familia numerosa especial.
  • Discapacidad igual o superior al 33%: exención total.
  • Los beneficiarios del carné de familia numerosa general pagarán la mitad de las tasas académicas (ver tabla a continuación).

Los solicitantes de beca Los solicitantes de beca deberán abonar las tasas correspondientes, que les serán devueltas en caso de resultar beneficiarios de la beca solicitada.

PAGO FRACCIONADO

Los alumnos podrán optar por fraccionar el pago de las tasas, en ese caso deberán abonar el 50% en el momento de formalizar su matrícula y el otro 50% en la segunda quincena de diciembre..

Si no se presenta el justificante de pago en la secretaría del centro en el plazo que se establezca a tal efecto,se perderá la condición de alumno a todos los efectos. (Orden 1372/1999, de 28 de junio, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se dictan las normas para la aplicación de los precios públicos de las Enseñanzas de Régimen Especial).

Cómo se realiza el pago

Hay dos maneras de efectuar el pago. Consulta las instrucciones.