Saltar al contenido

Visor

SERVICIO DE APOYO EDUCATIVO DOMICILIARIO (SAED)

Es un servicio para los alumnos que, por prescripción facultativa, no pueden asistir a su colegio o instituto, siempre que su periodo de convalecencia sea superior a treinta días.

Destinatarios:
Los alumnos de Educación Primaria y de Educación Secundaria Obligatoria escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos y los alumnos de Bachillerato escolarizados en centros públicos y en los centros privados concertados que tengan concierto para estos estudios que, por prescripción facultativa, no pueden continuar con su asistencia regular al centro, siempre que su periodo de convalecencia sea superior a un mes.

Objetivos:

  • Garantizar la continuidad del proceso educativo.
  • Establecer los cauces de coordinación entre los distintos profesionales que intervienen en la atención de los alumnos enfermos, centro docente y SAED.
  • Facilitar la incorporación del alumnado enfermo a su centro educativo.

Modelo organizativo:

  • Los alumnos convalecientes en el domicilio son atendidos por profesorado perteneciente a la Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
  • La atención educativa se desarrollarán, en un periodo de tiempo comprendido entre seis y nueve horas semanales.
  • Permite una atención personalizada y adecuada a la edad y nivel escolar de los alumnos, teniendo en cuenta sus condiciones de salud.
  • Los padres o tutores legales asegurarán la permanencia de un familiar, mayor de edad, en casa durante el tiempo en el que se presta el servicio.

Solicitud:

·         Las familias de los alumnos convalecientes presentarán la solicitud, acompañada del Anexo I (datos del alumno y la familia) y el Anexo II (informe médico), en la Secretaría del centro de referencia.

·         La Dirección del centro recogerá el Anexo I y el II de las familias y rellenará el Anexo III (datos del centro) y lo remitirá por Registro Telemático (véase tramitación electrónica), junto con las Programaciones Didácticas de todas las asignaturas del alumno al Servicio de Unidad de Programas Educativos (S.U.P.E.) de la Dirección de Área Territorial.

·         El Jefe del Servicio de la Unidad de Programas Educativos, comunicará a la Dirección del Centro de referencia y al Servicio de Inspección Educativa, en el momento de su asignación, la información necesaria para el seguimiento del alumno.

Documentación:

 ANEXO I, II Y II junto con las Programaciones Didácticas.

Instrucciones

Anexo I Anexo II Anexo III Anexo IV Anexo V Anexo VI
Anexo VII Anexo VIII Anexo IX Anexo X Anexo XI Anexo XII