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Comedores escolares Comedores escolares

Todos los alumnos del centro podrán ser usuarios del servicio de comedor escolar, teniendo prioridad aquellos alumnos escolarizados de oficio por la administración educativa en niveles obligatorios de enseñanza que, por carecer de oferta educativa pública en su localidad, son trasladados a otros centros. La solicitud de plaza para el servicio de comedor se realizará de acuerdo al procedimiento establecido por el centro.

También podrán utilizar dicho servicio de comedor escolar el profesorado y personal no docente del centro, mediante el pago del menú.

La dirección del centro docente podrá fijar turnos en el servicio de comedor. En esos casos, la duración del servicio de alimentación en cada turno no deberá ser inferior a 30 minutos, ampliando esta duración en lo que se estime necesario en los grupos de menor edad y en los que incluyan alumnos con necesidades educativas especiales.

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