11/09/2023 - Incorporación tardía en el sistema educativo madrileño

Publicadas nuevas Instrucciones sobre la autorización de las aulas de enlace, incorporación del alumnado a las mismas y atención educativa a partir del curso escolar 2023-2024.
Publicadas nuevas Instrucciones sobre la autorización de las aulas de enlace, incorporación del alumnado a las mismas y atención educativa a partir del curso escolar 2023-2024.
La Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid ha implantado en centros educativos sostenidos con fondos públicos las Aulas de Enlace, con el fin de favorecer la incorporación del alumnado extranjero con graves carencias en el conocimiento de la lengua española.
Estas aulas tienen como objetivos:
Destinatarios.
Los alumnos escolarizados por primera vez en la Comunidad de Madrid de tercero, cuarto, quinto y sexto curso de Educación Primaria y los alumnos de Educación Secundaria Obligatoria.
Funcionamiento.
Al asignar la plaza escolar, la Comisión de Escolarización ofertará a la familia la posibilidad de escolarizar al alumno en un centro que disponga de Aula de Enlace, para su incorporación a la misma. Esta incorporación se realizará una sola vez durante el periodo de escolaridad obligatoria del alumno, en el momento en que acceda al sistema educativo. Estas Aulas de Enlace contarán con un número máximo de 12 alumnos para facilitar la atención individual al alumno y conseguir que su permanencia sea el mínimo tiempo posible.
La permanencia en el Aula de Enlace se prolongará durante un periodo máximo de 9 meses de asistencia efectiva, a lo largo de uno o dos cursos académicos, desde la incorporación del alumno al Aula. En el caso de que un alumno se traslade de zona o localidad durante el curso escolar, se podrá trasladar igualmente a otra Aula de Enlace.
Una vez concluido el periodo de permanencia del alumno en el Aula de Enlace, éste se incorporará al grupo ordinario, a tiempo completo.
La Consejería de Educación, Juventud y Deporte de la Comunidad de Madrid ofrece un servicio de apoyo y asesoramiento dirigido a facilitar la incorporación educativa del alumnado inmigrante que se escolariza a lo largo del curso escolar, especialmente cuando no domina el español, lengua vehicular del proceso de enseñanza y aprendizaje.
Centros docentes públicos y centros privados concertados que impartan las etapas obligatorias, preferentemente los que escolaricen alumnado inmigrante que no se ha incorporado previamente a las Aulas de Enlace.
Los centros podrán solicitar asesoramiento del SAI sobre temas relacionados con materiales, recursos, metodología de la enseñanza del español para inmigrantes, educación intercultural y programas de acogida (Anexo I).
La solicitud de asesoramiento se remitirá al SAI por correo electrónico (sai.alcobendas@educa.madrid.org y mariaelisa.camacho@madrid.org), con todos los datos solicitados en el Anexo I,
Apoyar la adquisición de competencias lingüísticas y comunicativas básicas del alumnado de nueva incorporación que desconoce el español, escolarizado en centros públicos.
a. No disponen de profesorado de apoyo del Programa de Educación Compensatoria
b. Disponen de profesorado del Programa de Educación Compensatoria pero tienen un elevado número de alumnos con desconocimiento del español.
La solicitud de apoyo se debe realizar remitiendo el formulario específico a la UPE (Anexo II: petición de apoyo, acompañada de todos los datos solicitados de la relación de alumnos) en los plazos determinados por la UPE, por correo electrónico sai.alcobendas@educa.madrid.org y mariaelisa.camacho@madrid.org