Información General
Normativa
- Estatal:
- La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, con las modificaciones introducidas por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (en adelante LOE).
- Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos.
- Real Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se establecen siete títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional.
- Comunidad de Madrid:
- Decreto 107/2014, de 11 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la Formación Profesional Básica en la Comunidad de Madrid y se aprueba el plan de estudios de veinte títulos profesionales básicos. (Corrección de errores, BOCM 22.10.14).
- Orden 1409/2015, de 18 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica en la Comunidad de Madrid.
- Instrucciones de 2 de marzo de 2015, de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, por las que se establece el procedimiento para la propuesta de incorporación de los alumnos de la Educación Secundaria Obligatoria a la Formación Profesional Básica en el año académico 2015-2016.
Objetivos
- Facilitar la permanencia de los alumnos en el sistema educativo.
- Ofrecerles mayores posibilidades para su desarrollo personal y profesional.
- Que alcancen y desarrollen las competencias del aprendizaje permanente a lo largo de la vida para proseguir estudios de enseñanza secundaria postobligatoria.
Características de la FPB
- Forma parte de la Formación Profesional.
- Se ordenan en ciclos.
- Se organizan en módulos profesionales.
- Se desarrollan en dos cursos académicos con una duración total de 2.000 horas.
- Posibilitan la adquisición de las competencias del aprendizaje permanente.
- Cualificaciones del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, nivel 1.
- Permiten la obtención de un título Profesional Básico.
Principales novedades de la FPB
- Máximo de 20 alumnos por grupo.
- Módulos profesionales divididos en unidades formativas (UF).
- Incluyen dos periodos de formación en el entorno productivo, uno por curso (FCT).
- Permiten el acceso directo a los ciclos formativos de grados medio.
- Permite obtener el título de Graduado en ESO si se supera la prueba de evaluación final de dicha etapa.
- No existe límite en el número de convocatorias para superar un módulo en centro educativo.
- Permanencia máxima de 4 años (5 años para ACNEE).
- Los títulos de FPB no son acumulables.
Acceso a las enseñanzas de FPB
- A partir de 15 años y menos de 17.
- Haber cursado 3º ESO (excepcionalmente desde 2º).
- Propuesta del equipo docente a los padres.
Títulos profesionales
- Servicios administrativos.
- Electricidad y electrónica.
- Fabricación y montaje.
- Informática y comunicaciones.
- Cocina y restauración.
- Mantenimiento de vehículos.
- Agro-jardinería y composiciones florales.
- Peluquería y estética.
- Servicios comerciales.
- Carpintería y mueble.
- Reforma y mantenimiento de edificios.
- Artes gráficas.
- Alojamiento y lavandería.
- Informática de oficina.
Distribución de las horas del título
- Bloques comunes (del 35% al 40%):
- Comunicación y sociedad:
- Lengua castellana.
- Lengua extranjera: inglés.
- Ciencias sociales.
- Ciencias aplicadas:
- Matemáticas aplicadas al contexto personal y de aprendizaje en un campo profesional.
- Ciencias aplicadas al contexto personal y de aprendizaje en un campo profesional.
- Ciencias de la Actividad física
- Comunicación y sociedad:
- Módulos específicos (del 48% al 53%):
- FCT (12%).