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Anulación de matrícula

BAJA VOLUNTARIA (a petición del alumno):

Aquellos alumnos que una vez matriculados no quieran realizar los estudios pueden cancelar la matrícula en la totalidad de los módulos. La solicitud para la cancelación se presentará en la secretaría del centro en el plazo de un mes a contar  desde el comienzo del curso escolar. La cancelación de la matrícula implica que el alumno no será incluido en las actas de evaluación y, en consecuencia, no se le computarán las convocatorias a que le hubiera dado derecho la matrícula efectiva. Perderá el derecho de reserva de la plaza para posteriores cursos académicos, por lo que, si desea retomar en el futuro los estudios, deberá realizar de nuevo al procedimiento general de admisión que esté establecido.

 Corresponde a la Directora del centro público aceptar la cancelación mediante resolución.

 Documentación a aportar:

  •     En el caso de realizar el trámite presencialmente en la secretaría del centro bastará con la solicitud debidamente cumplimentada y firmada.
  •     Si se envía por medios informáticos se deberá enviar, además de la solicitud, copia del dni o documento de identidad.

 Todos los archivos enviados deberán ser en formato DOCUMENTO de PDF (no jpg ni fotos transformadas a pdf)  al mail:

          secretaria.ies.vid.madrid@educa.madrid.org

Modelo de solicitud de baja

BAJA POR INASISTENCIA

En la modalidad presencial, la asistencia a las actividades de formación es la condición necesaria que mantiene vigente la matrícula en el ciclo formativo. 

En el período que transcurra desde el inicio del curso escolar hasta la finalización del mes de enero, cuando un alumno acumule un número de faltas de asistencia injustificadas igual o superior al 15%, la directora del centro, a propuesta del tutor/a, acordará la anulación de matrícula que se hubiese formalizado.

El número de faltas no justificadas que determina la anulación de la matrícula corresponden al total de los módulos matriculados, excluyendo los módulos profesionales pendientes de cursos anteriores y los convalidados o renuncia a la convocatoria. También será causa de anulación de matrícula la inasistencia no justificada del alumno a las actividades formativas durante un período de 15 días lectivos consecutivos.

Se consideran faltas justificadas

  • las ausencias derivadas de enfermedad o accidente del alumno
  • atención a familiares
  • o cualquier otra circunstancia extraordinaria apreciada por la directora del centro donde cursa los estudios.

Se deberá aportar la documentación que justifique debidamente la causa de las ausencias.

El alumno cuya matrícula sea anulada por inasistencia, perderá la condición de alumno del ciclo formativo y, en consecuencia, no será incluido en las actas de evaluación final. Además, en los centros sostenidos con fondos públicos, perderá el derecho de reserva de plaza como alumno repetidor, y si desea continuar en el futuro dichas enseñanzas habrá de concurrir de nuevo al proceso general de admisión que esté establecido.


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