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Proceso de admisión de alumnos de Ciclos Formativos de Grado Medio

La Ley Orgánica 2/2006 y el Real Decreto 1538/2006 determinan las normas a las que deben acogerse los procesos de Admisión de alumnos para cursar Ciclos Formativos de Formación Profesional.

Deberán concurrir a este proceso tanto los que reúnan condiciones para el acceso directo como los que pretendan hacerlo por haber superado la prueba de acceso y los que tengan superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

, de la Consejería de Educación, por la que se regula el procedimiento de admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos para cursar Formación Profesional de grado medio.

 

PLAZO DE ADMISIÓN. PENDIENTE DE PUBLICAR POR LA CONSEJERÍA

PERIODO ORDINARIO

PERIODO EXTRAORDINARIO
(si existen vacantes)

Presentación de solicitudes

Matriculación

Presentación de solicitudes

Matriculación

 

     

 

INSTRUCCIONES

Descarga de instrucciones

 

CONDICIONES DE ACCESO

  • Estar en posesión del título de Graduado en educación Secundaria.
  • Estar en posesión del título de Técnico Auxiliar.
  • Estar en posesión del título de Técnico.
  • Haber superado los dos primeros cursos de BUP con un máximo de dos materias pendientes

  • Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de reforma de las enseñanzas medias.
  • Haber superado, de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, el tercer curso del plan de 1963 o el segundo de comunes experimental.
  • Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
  • Superar la correspondiente prueba de acceso, para quienes no reúnan ninguno de los requisitos anteriores.
  • Haber superado los módulos obligatorios de los Programas de cualificación Profesional Inicial.

+INFORMACIÓN

 http://www.madrid.org/fp