Bases
Con el fin de no agotar el límite de las convocatorias establecidas los alumnos o sus representantes legales podrán renunciar a la evaluación y calificación de una o las dos convocatorias del curso, siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- Enfermedad prolongada o accidente del alumno.
- Obligaciones de tipo personal o familiar apreciadas por el Director del centro que condicionen o impidan la normal dedicación al estudio.
- Desempeño de un puesto de trabajo.
Procedimiento
- El alumno deberá descargar y presentar la solicitud de renuncia a convocatoria en la secretaría del centro debidamente cumplimentada.
- Las razones alegadas deberán justificarse siempre documentalmente.
Plazos
- Al menos un mes antes de la fecha de la evaluación final del módulo o los módulos afectados por la renuncia.
Normativa
- Artículo 20 de la ORDEN 2694/2009,de 9 de junio , por la que se regula el acceso, la matriculación, el proceso de evaluación y la acreditación académica de los alumnos que cursen en la Comunidad de Madrid la modalidad presencial de la Formación Profesional del sistema educativo establecida en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Modelo de Solicitud