Saltar al contenido

PRUEBAS LIBRES PARA OBTENCIÓN DE TÍTULOS DE FP 2022-2023 PRUEBAS LIBRES PARA OBTENCIÓN DE TÍTULOS DE FP 2022-2023

PRUEBAS LIBRES DE OBTENCIÓN DE TÍTULOS 23-24

Somos centro examinador, en el curso 2023-2024, de las pruebas para la obtención de los títulos de Técnico de Formación Profesional (CFGM): Estética y Belleza (IMPM01) y Peluquería y Cosmética Capilar (IMPM02). El plazo de matriculación comenzó el 23 de enero y durará hasta el 5 de febrero, ambos inclusive. Tenéis más información en los siguientes enlaces:

[Pruebas para obtención de títulos de Técnico y Técnico Superior de FP]

[REQUISITOS DE ACCESO - CARTEL - PDF]

[LISTADOS DEFINITIVOS] ¡Nuevo! (1 de marzo de 2024)

Se publican listados definitivos de admitidos y excluidos (1 de marzo de 2024):

El acceso a la información contenida en estos listados podrá llevarse a cabo de dos formas:

  1. De forma telemática. Las personas interesadas podrán acceder a la Secretaría Virtual del centro del Sistema Integral de Gestión Educativa de la Comunidad de Madrid (en adelante RAÍCES) para la consulta de la información relativa a la admisión o exclusión en las pruebas, decisiones sobre la estimación o desestimación de las solicitudes de traslado de calificación o adaptación en las pruebas, así como los resultados obtenidos en las mismas. El acceso a la Secretaría Virtual se encuentra en el siguiente enlace:
    https://raices.madrid.org/secretariavirtual
  2. De forma presencial. Las personas interesadas podrán acudir de forma presencial al centro examinador para consultar en el tablón de anuncios o en la secretaría la información que se emita a lo largo del procedimiento. Los listados se publicarán, durante el tiempo mínimo indispensable en los tablones de anuncios, que estarán alojados en el interior del centro y alejados de las puertas principales del edificio, con el fin de garantizar que el acceso a su consulta únicamente puedan hacerlo las personas interesadas y deberán eliminarse una vez que ya no sean necesarios para el fin buscado con su publicación. Los listados se realizarán sólo con la indicación del nombre y apellidos. Únicamente en el caso de que en la misma relación nominal se encontrasen dos personas con el mismo nombre y apellidos se añadiría para estas, el número de DNI minimizado para lo cual, se publicarán los dígitos que ocupen las posiciones cuarta, quinta, sexta y séptima, atendiendo al criterio establecido por la Agencia Española de Protección de Datos en su Orientación para la aplicación provisional de la disposición adicional séptima de la LOPDGDD para la minimización de cualquier número de identificación personal (DNI,NIE, pasaporte).

Contra la resolución adoptada, la persona interesada podrá interponer en el plazo de un mes a partir de su notificación, recurso de alzada ante la Dirección de Área Territorial correspondiente, que resolverá lo que proceda en los términos previstos en los artículos 115,121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Esta resolución, que será motivada, pondrá fin a la vía administrativa.