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Reglamento de régimen interno

Introducción

El Instituto de Enseñanza Secundaria JOSÉ HIERRO está constituido, como comunidad educativa, por los profesores, los alumnos y sus familias, y el personal no docente. Desarrolla su actividad en el marco de los principios y declaraciones de la Constitución, dentro de las leyes que la regulan.

El presente Reglamento de Régimen Interior ha sido elaborado por el conjunto de la comunidad educativa y aprobado por el Consejo Escolar del Centro en la sesión celebrada el día 28 de abril de 1999. En su elaboración se han tenido en cuenta la normativa vigente, entre la que destacamos la siguiente: el Reglamento Orgánico de los Institutos de Enseñanza Secundaria (R.D. 83/1996 de 26 de Enero); las Instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria (O.M. de 29 de febrero de 1996); los Derechos y Deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los centros (R.D. 732/1995 de 5 de mayo); la Regulación del procedimiento para garantizar el derecho de los alumnos de ESO y Bachillerato a que su rendimiento escolar sea evaluado conforme a criterios objetivos de acuerdo a la normativa vigente; y la Ley Orgánica 9/1995 de la participación, evaluación y el gobierno de los Centros Docentes; la Orden de 28 de febrero de 1996 por la que se regula la elección de los consejeros escolares y órganos unipersonales de gobierno de los centros públicos. El Consejo Escolar, reunido el día 27 de junio de 2003, aprobó la adaptación del Decreto 136/2002, de 25 de julio, por el que se establece el marco regulador de las normas de convivencia de los centros docentes de la Comunidad de Madrid. El 29 de junio de 2006 se aprobaron las últimas modificaciones. Finalmente se adaptó el RRI al Decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid, y se aprobó en Consejo Escolar el 24 de octubre de 2007.

La primera revisión y actualización se produjo en octubre de 2013, y la segunda en el curso 2017/18 en la que se modifican algunos aspectos y se adapta a las novedades legislativas derivadas de la LOMCE, (Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa) Ley 8/2013 de 9 de diciembre (BOE del 10 de diciembre)

Este Reglamento de Régimen Interior (R.R.I.) entrará en vigor al día siguiente de su aprobación y se supondrá tácitamente prorrogado para cada año académico sucesivo, salvo petición en contra presentada ante el Consejo Escolar, que decidirá su rectificación por la mitad más uno de sus miembros (incluidos los no asistentes). Su aplicación abarcará a todos los miembros que componen la Comunidad educativa del Centro, sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera establecerse ante los organismos competentes o la jurisdicción ordinaria.

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