Seguro Escolar | |||||
La clínica donde deben acudir nuestros alumnos en caso de Accidente Escolar es: Clínica Virgen del Camino Pº de las Delicias 150 28045 Madrid 91 468 28 61 Toda la información citada a continuación, se encuentra en la siguiente página web: -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- -> Objeto Es un Seguro que protege a los estudiantes, menores de 28 años, que cursen estudios oficiales desde 3º de Educación Secundaria Obligatoria (E.S.O.), hasta el final del 3er ciclo universitario, mediante prestaciones sanitarias y económicas, en caso de enfermedad , accidente escolar e infortunio familiar. -> Causantes El estudiante. -> Prestaciones Accidente Escolar: Asistencia médica y farmacéutica, indemnizaciones económicas por incapacidad y gastos de sepelio. -> Beneficiarios El beneficiario de las prestaciones del Seguro Escolar es el estudiante, excepto en las indemnizaciones por fallecimiento por accidente o enfermedad en que serán los familiares. Más información sobre beneficiarios -> Requisitos Tener menos de 28 años, ser español o extranjero con residencia legal en España. Estar matriculado en los estudios comprendidos en el Seguro y haber abonado la cuota. Este último requisito no se exige para las prestaciones derivadas de accidente escolar, infortunio familiar y tocología, ni a los estudiantes que el año anterior hayan cursado 2º de ESO, educación especial o que hayan continuado sus estudios en el extranjero. Más información sobre requisitos -> Cuantías / Pagos / Efectos Distintas cuantías dependiendo de la prestación. El pago de las prestaciones económicas puede ser pago directo en la entidad financiera que tenga asignada la Dirección Provincial del INSS o por transferencia en la entidad financiera elegida en la solicitud. -> Duración Dependiendo de la clase de prestación, la duración varía. -> Plazos El plazo para solicitar las prestaciones derivadas de accidente escolar es de un año. El plazo para solicitar gastos de sepelio, infortunio familiar y otras prestaciones económicas es de cinco años. El reconocimiento o denegación de las prestaciones del Seguro Escolar se resolverán y notificarán en un plazo máximo de 90 días. -> Denegación / Extinción El Director Provincial del INSS dictará resolución concediendo o denegando la prestación solicitada. -> Impresos Solicitud de prestación del Seguro Escolar -> Documentación DNI o libro de familia. Documento acreditativo de la identidad, para los extranjeros Más información sobre documentación En cualquiera de los centro de atención e información de la Seguridad Social. Pinche en el siguiente enlace para acceder a ellos. Centros de Atención e Información de la Seguridad Social -> Entidad competente El reconocimiento del derecho y pago de las prestaciones es competencia de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) donde se haya presentado la solicitud. En el caso de prestaciones sanitarias será competente la Dirección Provincial del INSS de la provincia donde se haya prestado la asistencia sanitaria.
|