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Consejo Escolar

Consejo Escolar

Composición del Consejo Escolar

El Consejo Escolar del IES Isaac Peral está compuesto por:

  • El Director o Directora del Instituto, que será su presidente.
  • El Jefe o Jefa de Estudios.
  • Ocho profesores o profesoras.
  • Cinco padres o madres de los alumnos, de los que uno será designado, en su caso, por la Asociación de Padres de Alumnos más representativa del Centro.
  • Cinco alumnos o alumnas.
  • Un representante del personal de administración y servicios.
  • Un Concejal o representante del Ayuntamiento.
  • El Secretario o Secretaria del Instituto o, en su caso, el Administrador, que actuará como secretario del Consejo Escolar, con voz y sin voto.

Se renueva cada dos años a la mitad de sus miembros pertenecientes a los sectores de profesores, padres y alumnado, de modo que el periodo mínimo de permanencia es de cuatro años. Los miembros se eligen por y entre ellos, es decir, los padres eligen a sus representantes, los alumnos a los suyos y al igual lo hace el profesorado.

Funciones del Consejo Escolar

  • Establecer las directrices para la elaboración del Proyecto Educativo del Centro, aprobarlo y evaluarlo, sin perjuicio de las competencias que el Claustro de Profesores tiene atribuidas en relación con la planificación y organización docente. Asimismo, establecer los procedimientos para su revisión cuando su evaluación lo aconseje.
  • Elegir al representante del Consejo Escolar para la elección de Director o Directora del Centro.
  • Informar a la Administración Educativa acerca de la designación del Director o Directora del Centro en el supuesto de que éste deba ser designado por la misma.
  • Proponer la revocación del nombramiento del Director o Directora.
  • Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción estricta a lo establecido en la normativa vigente.
  • Aprobar el reglamento de régimen interior del centro.
  • Resolver los conflictos e imponer las correcciones con finalidad pedagógica que correspondan a aquellas conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia en el Centro de acuerdo con la normativa vigente.
  • Aprobar el proyecto de presupuesto del Centro y la ejecución del mismo.
  • Promover la renovación de las instalaciones y equipamiento escolar, así como vigilar su conservación.
  • Aprobar y evaluar la programación general del Centro, respetando, en todo caso, los aspectos docentes que competen al Claustro de Profesores.
  • Aprobar y evaluar la programación general de las actividades escolares complementarias y extraescolares.
  • Fijar las directrices para la colaboración del Centro con fines culturales, educativos y asistenciales, con otros Centros, entidades y organismos.
  • Analizar y evaluar el funcionamiento general del Centro, especialmente la eficacia en la gestión de los recursos, así como la aplicación de las normas de convivencia y elaborar un informe de dicha aplicación que se incluirá en la Memoria Final de Curso.
    Analizar y evaluar la evolución del rendimiento escolar general del Centro.
  • Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del Centro realice la Administración Educativa o cualquier informe referente a la marcha del mismo.
  • Informar y aprobar la memoria anual sobre las actividades y actuación general del Centro.
  • Conocer e impulsar las relaciones del Centro con las instituciones de su entorno.
  • Cualesquiera otras que les sean atribuidas por la normativa vigente.

Comisión de Convivencia del Consejo Escolar

En orden a la mayor eficacia en el cumplimiento de sus cometidos y funciones en aquella materia, por el Consejo Escolar del centro se constituirá la Comisión de convivencia. Formarán parte de ella al menos el Director, el Jefe de estudios, un profesor, un padre de alumno y un alumno, y podrá actuar presidida por el Jefe de Estudios por delegación al efecto del Director del centro. Los componentes de la Comisión de elegirán de entre los miembros del Consejo Escolar por los sectores del mismo.

Entre sus funciones estarán las de promover que las actuaciones en el centro favorezcan la convivencia, el respeto mutuo, la tolerancia y el ejercicio efectivo de derechos y el cumplimiento de deberes; impulsar el conocimiento y la observancia de las normas; mediar y resolver posibles conflictos de acuerdo con la normas y pautas de actuación establecidas; evaluar periódicamente la situación de convivencia en el centro y resultados de aplicación de sus normas; informar de sus actuaciones al Consejo Escolar del centro y prestarle asidua asistencia en materia de convivencia, con especial colaboración en la elaboración del informe anual que sobre esta materia el Consejo Escolar ha de incluir en la memoria final de curso sobre el funcionamiento del centro.