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Criterio complementario de centro

Los criterios de baremación para la solicitud de plaza en el centro vienen descritos en el DECRETO 244/2021, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 29/2013, de 11 de abril, de Libertad de Elección de Centro Escolar en la Comunidad de Madrid, en sus anexos I y II. Se puede consultar en el siguiente enlace.

El centro, a través de su Consejo Escolar, ha aprobado conceder tres puntos extra en la baremación para la solicitud de plaza ordinaria a los alumnos cuyo domicilio de baremación se encuentre en la zona de influencia definida, que comprende:

¿Cómo se acreditará? Autorizando la consulta en la correspondiente casilla o aportando la documentación correspondiente.

El único caso en el que no se aplica ese criterio complementario de zona de influencia es en las solicitudes de plaza para 1.º de ESO en la Sección Lingüística de Francés. Los tres puntos aprobados por el Consejo Escolar se concederán a los alumnos que acrediten haber obtenido en 5.º de primaria una nota de notable o superior en tres de las cuatro áreas siguientes:

  • Lengua Castellana, 
  • Lengua Extranjera,
  • Ciencias Sociales y
  • Ciencias Naturales,
  • habiendo aprobado el resto de las áreas.

¿Cómo se acreditará? Con un boletín o certificado oficial de notas expedido por el centro de origen.