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Anulación de matrícula Anulación de matrícula

Anulación de matrícula

Los alumnos podrán solicitar la anulación voluntaria de matrícula mediante este impreso dirigido a Dirección - quien comunicará por escrito la concesión o denegación de la matrícula, en un plazo de cinco días  hábiles desde su presentación - con una antelación mínima  de 30 días naturales de antelación a la fecha de la sesión de evaluación final ordinaria del correspondiente curso anual - Fecha límite: 15 de abril de 2024 - cuando concurran alguna de las circunstancias siguientes:

- enfermedad prolongada de carácter físico o psíquico.

- incorporación a puesto de trabajo.

- obligaciones de tipo personal o familiar que impidan el normal desarrollo de los estudios, u otra causa sobrevenida de análoga consideración que impida el normal desarrollo de los estudios.

La solicitud se deberá acompañar de la documentación acreditativa de las circunstancias que hayan sido alegadas por el solicitante. 

La notificación de la resolución se acreditará mediante la firma del alumno a la recepción de la misma.

El curso anulado no computará a efectos de permanencia ni en el curso ni en el nivel correspondiente. Los alumnos podrán retomar, sin más requisito, sus estudios en el mismo centro en el curso académico inmediatamente posterior. Transcurrido  ese período, los alumnos que deseen retomar sus estudios en la Comunidad de Madrid deberán someterse al proceso de admisión en las enseñanzas de idiomas.

Esta medida sólo podrá concederse una vez en el conjunto de los niveles  BÁSICO, INTERMEDIO y AVANZADO del idioma correspondiente.

La anulación de la matrícula no supondrá la devolución del precio público abonado.

Orden 2045/2022, de 15 de julio, por la que se organiza el acceso, la organización de los cursos, los proyectos educativos de innovación y de experimentación y la matrícula de las enseñanzas de idiomas en la Comunidad de Madrid

INSTRUCCIONES: 30/09/2022