Renuncia a la matrícula
Renuncia a la matrícula
- Los alumnos podrán solicitar a la dirección de la EOI en la que están matriculados la renuncia a la matrícula dentro de los primeros sesenta días naturales desde el inicio de las actividades lectivas, para lo que deberán presentar en la secretaría del centro la solicitud de renuncia a la matrícula.
- La renuncia a la matrícula se hará efectiva desde la fecha en que se reciba la solicitud de renuncia en la secretaría del centro, circunstancia que el centro notificará al alumno.
- La solicitud de renuncia a la matrícula se adjuntará al expediente académico del alumno, en el que se hará constar esta medida mediante la oportuna diligencia. El alumno que haya renunciado a la matrícula no será incluido en las actas de las evaluaciones finales.
- La matrícula a la que se renuncia no computará a efectos de permanencia en el nivel correspondiente.
- La renuncia a la matrícula no supondrá la devolución de los precios públicos abonados. Los alumnos que deseen retomar las enseñanzas en cursos académicos posteriores tras haber renunciado a su matrícula deberán someterse al proceso de admisión en las enseñanzas de idiomas en la Comunidad de Madrid.
Instrucciones del 29/09/2021