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Renuncia a la matrícula

Renuncia a la matrícula

  1. Los alumnos podrán solicitar a la dirección de la EOI en la que están matriculados la renuncia a la matrícula dentro de los primeros sesenta días naturales desde el inicio de las actividades lectivas, para lo que deberán presentar en la secretaría del centro la solicitud de renuncia a la matrícula.

  2. La renuncia a la matrícula se hará efectiva desde la fecha en que se reciba la solicitud de renuncia en la secretaría del centro, circunstancia que el centro notificará al alumno.

  3. La solicitud de renuncia a la matrícula se adjuntará al expediente académico del alumno, en el que se hará constar esta medida mediante la oportuna diligencia. El alumno que haya renunciado a la matrícula no será incluido en las actas de las evaluaciones finales.

  4. La matrícula a la que se renuncia no computará a efectos de permanencia en el nivel correspondiente.

  5. La renuncia a la matrícula no supondrá la devolución de los precios públicos abonados. Los alumnos que deseen retomar las enseñanzas en cursos académicos posteriores tras haber renunciado a su matrícula deberán someterse al proceso de admisión en las enseñanzas de idiomas en la Comunidad de Madrid.

    Instrucciones del 29/09/2021