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Renuncia y anulación de matrícula


Renuncia a la matrícula

Se podrá solicitar para los cursos de duración anual durante los 60 primeros días naturales desde el inicio del curso escolar mediante escrito dirigido a la Dirección del centro. En el caso de los cursos cuatrimestrales, el plazo es de quince días naturales.

El alumno deberá cumplimentar el siguiente impreso.

La matrícula :

- No computará a efectos de permanencia en el nivel correspondiente,

- No conlleva devolución de tasas académicas (servicios administrativos y matrícula).

El alumnado que haya renunciado deberá volver a participar en el proceso de admisión del curso en el que desee volver a inscribirse.

Procedimiento:

  • Entregar en la secretaría de la EOI el impreso de solicitud, preferentemente vía mail en la siguiente dirección: secretaria.eoi.alcorcon.alcorcon@educa.madrid.org (indicando en el asunto del mensaje: Renuncia voluntaria de matrícula).
  • Si la entrega se realiza presencialmente en la Secretaria, se debe aportar un duplicado de la solicitud para el alumno.

Anulación voluntaria de matrícula

La anulación podrá solicitarse con una antelación mínima respecto de la fecha señalada para la sesión de evaluación final ordinaria de 30 días naturales, en el caso de los cursos anuales, y de 15 días en el caso de los cursos cuatrimestrales.

La fecha límite para solicitar la anulación voluntaria de matrícula es el día 15 de abril incluido

Solo puede solicitarse una vez por cada nivel.

La solicitud deberá acompañarse de la documentación acreditativa de las circunstancias que la motivan: enfermedad prolongada de carácter físico o psíquico, incorporación a un puesto de trabajo, obligaciones de tipo personal o familiar u otra causa sobrevenida de análoga consideración que impidan el normal aprovechamiento de los estudios. Impreso de solicitud.

La directora del centro resolverá la solicitud y se le notificará al alumno en el plazo de 5 días hábiles desde la presentación de la solicitud.

El curso anulado:

- No computará a efectos de permanencia ni en el curso ni en el nivel correspondientes.

- No conlleva devolución de tasas académicas (servicios administrativos y matrícula).

El alumnado cuya matrícula ha sido anulada voluntariamente, podrá retomar sin más requisitos, sus estudios en el mismo idioma, nivel y curso, en la misma EOI, en el curso académico inmediatamente posterior a aquel en el que le fue concedida la anulación.

Procedimiento:

  • Enviar el impreso de solicitud y la documentación requerida preferentemente vía mail en la siguiente dirección: secretaria.eoi.alcorcon.alcorcon@educa.madrid.org (indicando en el asunto del mensaje: Anulación voluntaria de matrícula).
  • Si la entrega se realiza presencialmente en la Secretaría de la Escuela, el alumno debe presentar un duplicado del formulario.

Modificación de la matrícula por falta de adecuación de la competencia lingüística

El profesor responsable del grupo podrá proponer al departamento didáctico la reasignación del alumnado a otro curso distinto, que podrá ser superior o inferior, cuando haya observado una discordancia entre el grado de dominio del alumno y el nivel del curso en el que se encuentra matriculado.

La propuesta de reasignación de nivel tras la evaluación de diagnóstico debe llevarse a cabo en los primeros 20 días lectivos del curso (cursos anuales) o 10 días lectivos en el caso de los cuatrimestrales.

La reasignación está sujeta a la aceptación del alumno y a la existencia de plazas vacantes en el curso correspondiente.

La reasignación a un curso superior tendrá la consideración de prueba de clasificación y se hará constar en el expediente académico del alumno.

En el caso de que sea asignado a un curso inferior ya cursado, tendrá la consideración de matrícula en curso ya superado. (Ver matrícula en cursos ya superados).


Renuncia a la evaluación final ordinaria y extraordinaria

Los alumnos podrán solicitar a la dirección de la EOI la renuncia a la evaluación final ordinaria y a la evaluación final extraordinaria de aprovechamiento del curso en el que están matriculados (en adelante, renuncia a la evaluación). El alumno puede seguir asistiendo a clase.

La renuncia a la evaluación está referida conjuntamente a la evaluación final ordinaria y a la evaluación final extraordinaria. En las actas de calificación final ordinaria y extraordinaria, para los alumnos con renuncia a la evaluación, se utilizarán dos guiones, “--“, para reflejar esta circunstancia, tanto en las actividades de lengua como en la calificación final. En este caso, no se consignará la puntuación final.

Una vez recibida la solicitud de renuncia a la evaluación, el centro notificará al alumno que ha hecho efectiva dicha renuncia desde la fecha de presentación de la solicitud.

La solicitud de renuncia a la evaluación se adjuntará al expediente académico del alumno, en el que se hará constar esta circunstancia mediante la oportuna diligencia.

La matrícula del curso en el que se renuncia a la evaluación:

- Computará a efectos de permanencia en el nivel correspondiente.

- Será tenida en cuenta para la consideración como alumno repetidor del mismo nivel y curso en cursos académicos posteriores.

- No conlleva devolución de tasas académicas (servicios administrativos y matrícula).

El alumno con renuncia a la evaluación sí podrá realizar la prueba de certificación en los términos fijados en el artículo 25.1 de la Orden 2414/2019, de 1 de agosto, modificada por la Orden 2475/2021, de 13 de agosto.

Plazo

  • Se puede presentar la renuncia, hasta con treinta días naturales de antelación a la fecha de la sesión de evaluación ordinaria. Para el curso 2023-24 la fecha límite será el 15 de abril de 2024.

Procedimiento: 

  • Enviar el siguiente impreso vía mail en la dirección de corre de la Secretaría de la EOI: secretaria.eoi.alcorcon.alcorcon@educa.madrid.org (indicando en el asunto del mensaje: Renuncia a la evaluación). 
  • Si la entrega se realiza presencialmente en la Secretaría de la Escuela, se debe aportar un duplicado de la solicitud. 

Anulación de matrícula por impago

La falta de pago del importe total de las tasas académicas conlleva la anulación de la matrícula por impago.

La anulación de esta matrícula no será tenida en cuenta a efectos de permanencia en un curso o nivel.