ACTUACIONES DEL EOEP DE PARLA
ACTUACIONES EN LOS CENTROS EDUCATIVOS.
Los EOEP son responsables del apoyo especializado a los centros educativos, insertando sus actuaciones en la planificación general, de acuerdo con el propio centro, y en base a los proyectos y necesidades del mismo, a través del asesoramiento y la colaboración.
Los contenidos fundamentales de la orientación en centros son:
• La diversidad del alumnado.
• Competencia curricular, estilos de aprendizaje y motivación para aprender, entre otros aspectos relevantes de la actividad en el aula.
• Necesidades específicas de apoyo educativo.
• Análisis de la práctica educativa y colaboración en la búsqueda de soluciones a las dificultades.
• Procedimientos y contenidos del trabajo con las familias, tanto individual como grupalmente.
Los EOEP realizarán la evaluación psicopedagógica y dictamen del alumnado escolarizado, con la colaboración del profesorado y generalmente a demanda de éste, tras la observación y detección de las dificultades.
ACTUACIONES EN EL SECTOR O ZONA.
Los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica, como miembros de la Comisión de Escolarización, colaboran en la escolarización de alumnos con necesidades educativas especiales.
Actúan en colaboración y coordinación con otros servicios del sector para mejorar la eficacia de las actuaciones, evitar la duplicidad y garantizar la coherencia en la información a las familias.
COORDINACIÓN CON LOS SERVICIOS MUNICIPALES
Se desarrolla con los servicios sociales y educativos, en relación a los menores en situación de riesgo social y los programas de control de absentismo escolar, y todos aquellos que puedan facilitar la relación del centro con su entorno y la inclusión social del alumnado.
COORDINACIÓN CON LOS SERVICIOS SANITARIOS
La comunicación y coordinación entre servicios sanitarios y escolares debe propiciar la mejora en la atención educativa del alumnado con problemas de salud, así como la colaboración en la determinación de condiciones personales que ocasionan necesidades educativas especiales y el intercambio de información sobre la evolución clínica, educativa y social de este alumnado.
De especial relevancia es la coordinación con los profesionales de salud mental, amparada por las Administraciones responsables y, por ello, incorporada a los planes de trabajo de los servicios correspondientes.
EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA Y ESCOLARIZACIÓN DE ALUMNOS CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO (ACNEAE)
La identificación y valoración de las necesidades específicas de apoyo educativo debe realizarse de la forma más temprana posible. Para los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo que cursen educación infantil y educación primaria, los responsables de la coordinación del proceso de evaluación psicopedagógica serán los profesores de la especialidad de orientación educativa de los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica quienes asegurarán la participación de todos los profesionales implicados en la atención a los mismos.
EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA
La evaluación psicopedagógica es el proceso de recogida, análisis y valoración de información relevante referida al alumno y a su contexto familiar y escolar. La finalidad es determinar si el alumno presenta necesidades educativas especiales, si precisa adaptación curricular de acceso o significativa, de enriquecimiento, ampliación curricular o flexibilización del periodo de escolarización y para tomar decisiones relativas a su escolarización y promoción.
A tal fin, los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica se servirán de procedimientos, técnicas e instrumentos de observación y evaluación que les permita conocer al alumno y a la interacción que establece con su entorno escolar y familiar. La información aportada por las familias, los centros educativos y cuantos servicios de índole social o sanitario intervengan en el proceso educativo del alumno será considerada de especial relevancia en este proceso.
Los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Atención Temprana o Generales, podrán solicitar la participación de los Equipos Específicos para complementar la evaluación psicopedagógica de los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones personales de discapacidad motora, auditiva, visual o trastornos del espectro del autismo,
Las conclusiones relativas a la determinación de necesidades educativas de los alumnos y la toma de decisiones sobre su escolarización quedarán recogidas en el informe de evaluación psicopedagógica y en el dictamen de escolarización.
El dictamen de escolarización será remitido a Inspección Educativa quien garantizará que el proceso se ha desarrollado conforme a la norma establecida.
Normativa Aplicable:
Orden 1493/2015 de 22 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte por la que se regula la evaluación y la promoción de los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo, que cursen segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Enseñanza Básica Obligatoria, así como la flexibilización de la duración de las enseñanzas de los alumnos con altas capacidades intelectuales de la Comunidad de Madrid. (BOCM de 15 de junio)