Saltar al contenido

Agregador de Contenidos Agregador de Contenidos

CONSEJO ESCOLAR

Orden 2979, de 13 de Noviembre, de la Consejería de Educación y Cultura sobre elecciones y constitución de los Consejos Escolares de los Centros de la Red Pública de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid.

Artículo 2

El Consejo Escolar es el principal órgano colegiado de la Escuela de Educación Infantil para garantizar la participación y colaboración de toda la comunidad educativa en la gestión y funcionamiento de cada centro.

El Consejo Escolar de las Escuelas Infantiles de 6 o mas unidades está formado por: 

  • El Presidente que es el Director/a del Centro
  • Tres representantes del Equipo Educativo
  • Un representante del personal de Administración y Servicios del Centro
  • Tres representantes de las familias y
  • Un representante del Ayuntamiento

Las elecciones al Consejo Escolar se realizan cada dos años.

Agregador de Contenidos Agregador de Contenidos