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BECAS DE COMEDOR

¡¡iMPORTANTE PARA LAS FAMILIAS QUE HAYAN SOLICITADO BECA DE COMEDOR!!


Han salido las listas de solicitudes a la beca de comedor presentadas y excluidas. Puedes consultar el estado de tu solicitud pinchando aquí:

ESTADO DE TU SOLICITUD TELEMÁTICA DE BECA DE COMEDOR

Las familias que lo realizasteis por registro debéis venir al centro para conocer el estado de vuestra solicitud.

Se abre plazo de subsanación del 13 de septiembre al 3 de octubre de 2023. 

PINCHA AQUI PARA PRESENTAR TELEMÁTICAMENTE TU RECLAMACIÓN

Si no sales en los listados, puedes traer tu reclamación al centro junto Con al documentación requerida.

CAUSAS DE LA EXCLUSIONY DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

PREGUNTAS FRECUENTES PARA LA SUBSANACIÓN

INFORMACIÓN BECAS DE COMEDOR ESCOLAR CURSO 2023/2024

Estimadas familias, con fecha 7 de junio de 2023 se ha publicado la orden de créditos disponible para la concesión de becas para el comedor escolar para el curso 2023-2024.


Las becas de comedor escolar para el curso 2023-2024 sustituyen al sistema de precios reducidos de comedor vigente hasta el curso 2022-2023.


El plazo de presentación de solicitudes será del 8 al 28 de junio ambos inclusive.


Se recomienda a las familias que presenten la solicitud de forma telemática, a través del siguiente enlace:


https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/becas-comedor-escolar-2023-2024.


Además de cumplimentar la solicitud, deberán aportar la documentación necesaria con carácter general y la relativa a la modalidad para la que soliciten la beca:
Los alumnos deberán reunir los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitud:

1. Tener plaza de comedor escolar en centro debidamente autorizado.

2. Los alumnos deberán pertenecer a familias que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:

  • a. Familia beneficiaria de la Renta Mínima de Inserción.
  • b. Familia a la que se le ha extinguido la Renta Mínima de Inserción por ser beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital.
  • c. Familia beneficiaria de la prestación del Ingreso Mínimo Vital con una renta per cápita inferior a 4.260 euros del ejercicio 2021 y que no se encuentre en el apartado anterior.
  • d. Familia con una renta per cápita inferior a 4.260 euros del ejercicio económico 2021.
  • e. Familia con algún miembro de la unidad familiar víctima del terrorismo o víctima de violencia de género. En caso de víctima del terrorismo, se considera víctima del terrorismo cuando como consecuencia de un acto terrorista, se deriven daños personales de especial trascendencia o que incapaciten totalmente para el trabajo habitual.
  • f. Familia con algún miembro de la unidad familiar perteneciente a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, con destino en la Comunidad de Madrid.
  • g. Alumno en situación de acogimiento familiar (acogimiento familiar temporal, acogimiento familiar permanente o acogimiento familiar pre adoptivo).
  • h. Alumnos escolarizados de oficio en centros privados sostenidos con fondos públicos que hagan uso del transporte escolar.
  • i. Familia con algún miembro de la unidad familiar beneficiario de protección internacional, en cualquiera de sus modalidades.
  • j. Familia con algún miembro de la unidad familiar beneficiario de protección temporal por afluencia masiva de personas (conflicto Ucrania).

NOTA: Si alguien tuviera dificultad para tramitarlo telemáticamente, deberá ponerse en contacto con el centro a la mayor brevedad.

Ficheros adicionales