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PEC

 

 

P R O Y E C T O       E D U C A T I V O

 

 

C.E.E.    S E V E R O    O C H O A

 

                           

 

 

 

 

 

 

 

                                                                                 Alcorcón Enero de 1998

                                                                                                Enero de 2004

                                                                                     Mayo 2009

                                                                                     Mayo 2010

                                                                                        Enero 2019

                                                                 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ÍNDICE

 

 

 

 

0. MARCO TEÓRICO Y CONCEPTUAL                                                           

 

1. CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO ESPECÍFICO                                     

 

2. ESTUDIO DEL ENTORNO SOCIOECONÓMICO Y CULTURAL            

 

3. OBJETIVOS Y FINES EDUCATIVOS                                                           

 

4. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA                                                                 

 

5. RELACIÓN CON LAS FAMILIAS DE LOS ALUMNOS                            

 

6. CURRÍCULO DE LAS DIFERENTES ETAPAS EEDUCATIVAS

QUE SE IMPARTEN EN EL CENTRO:

 

  • INFANTIL ESPECIAL
  • EDUCACIÓN BÁSICA OBLIGATORIA ( E.B.O.)
  • PROGRAMAS DE TRANSICIÓN A LA VIDA ADULTA ( P.T.V.A.)

 

 

7. PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD          

 

8. PLAN DE CONVIVENCIA                             

 

9. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PROYECTO  EDUCATIVO DE CENTRO

 

 

MARCO TEÓRICO Y CONCEPTUAL

 

1.- Normativa que lo regula y Definición

 

2.- Concepto

 

3.- Justificación

 

 

                                     

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                            PROYECTO  EDUCATIVO  DE  CENTRO

 

 

 0.MARCO TEÓRICO Y CONCEPTUAL

 

. NORMATIVA QUE LO REGULA Y DEFINICIÓN

 

El P.E.C. viene regulado por primera vez en los Centro Públicos, con carácter general, en la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo 1/1990 de 3 de Octubre.

 

En ella se define el P.E.C. como “El documento que recoge las decisiones asumidas por toda la Comunidad Escolar, respecto a las opciones educativas básicas y a la organización general. En él se incluyen: Las señas de identidad del Centro, los propósitos o finalidades en los que se concretan estos principios, la revisión de los objetivos generales del Currículo de las etapas que se imparten en el Centro, las relaciones de colaboración y la estructura organizativa que las hará posibles y se concretará en el Reglamento de Régimen Interior. El Proyecto Educativo de Centro, es aprobado por el Consejo Escolar”

 

La Ley Orgánica 9/1995 de 20 de Noviembre de La participación, la evaluación y el gobierno de los Centros docentes, establece que  en “ El Proyecto Educativo se fijarán los objetivos, las prioridades y los procedimientos de actuación, partiendo de las directrices del Consejo Escolar del Centro”.

 

La Ley Orgánica 10/2002 de 23 de diciembre de Calidad de la Educación referente al Proyecto Educativo en su artículo 68.2 especifica que “ Los Centros Docentes, dentro del marco general que establezcan las Administraciones educativas, elaborarán el proyecto educativo en el que fijarán los objetivos y las prioridades educativas, así como los procedimientos de actuación”

 

La ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación señala en su artículo 121que el Proyecto Educativo del Centro recogerá los valores, los objetivos y las prioridades de actuación, así como las características del Centro, la atención a la diversidad, la acción tutorial y el plan de convivencia respetando el principio de no discriminación y de inclusión educativa como valores fundamentales.

 

 

 

 

 

 

. CONCEPTO

 

Se entiende que el Proyecto Educativo es un instrumento orientador, una guía para la toma de decisiones curriculares y de gobierno del Centro. El P.E. reúne los grandes acuerdos institucionales que han de servir de referencia constante para dirigir de forma coherente los procesos didácticos, orientadores, organizativos y gestores.

 

El Proyecto recoge la definición del Centro, expresa la formulación de sus grandes objetivos y comunica su estructura organizativa.

 

. JUSTIFICACIÓN

 

El Proyecto Educativo tiene justificación en su propia definición en el sentido de:

  • Orienta y dirige la acción educativa
  • Sirve de guía y marco de referencia para todo el personal del Centro, esto se hace más patente y necesario en un Centro Específico debido a que en él confluyen diferentes profesionales: docentes, sanitarios, de atención educativa complementaria etc., y la relación de éstos con los padres de los alumnos.

 

Es el primer documento que utiliza cualquier profesional en su incorporación al Centro.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO ESPECÍFICO

 

 

 

                   1.- Características del Centro Específico

 

                   2.- Estudio del Entorno Socio-Económico y Cultural

 

                   3.- Objetivos y Fines Educativos

                  

                   4.- Estructura Organizativa

                            4.1.- Consejo Escolar

                            4.2.- Claustro de Profesores

                            4.3.- Equipo Directivo

                            4.4.- Servicios Específicos

                            4.5.- Equipos Docentes

                            4.6.- Personal No Docente

                            4.7.- Servicios Complementarios

 

                   5.- Relación con las Familias de Los Alumnos

 

                  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

EL PROYECTO EDUCATIVO EN UN CENTRO ESPECÍFICO DE EDUCACIÓN ESPECIAL

 

 

1. CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO ESPECÍFICO

 

 

FÍSICAS:

 

Edificio construido en 1983, constituido por dos plantas con un total de 1779 m y 2373 m de patios de recreo.

 

Se compone de 20 aulas, dos salas de tallerres-pretalleres , otras dos para fisioterapia, un aula hogar ,aula de informática, aula multisensorial un gimnasio, un comedor y diferentes despachos para atención individual de alumnos en los diferentes servicios que se prestan en el Centro.

 

Al haberse construido con la finalidad de acoger a los alumnos con necesidades educativas especiales permanentes, el Centro tienen supresión de barreras arquitectónicas y ascensor.

 

En el curso 2003-2004, se procedió a la adaptación de servicios para los alumnos motóricos, ya que el edificio en su estructura original no contaba con este tipo de adaptaciones, debido a que en los años ochenta el índice de alumnos con graves problemas motóricos asociados a discapacidad psíquica que se escolarizaban en estos centros era muy bajo.

 

En el momento actual todas las aulas del Centro están dotadas con ordenadores para el trabajo de los alumnos, existiendo una red informática en todo el edificio.

 

 

PERSONALES. PROFESIONALES:

 

La estructura física del Centro acoge dentro de su interior a diferentes personas, que trabajando en estrecha relación y colaboración dan sentido a la labor educativa y formativa que esta institución tiene como fin.

 

El Centro acoge a alumnos de ambos sexos con necesidades educativas especiales de las localidades de Alcorcón y Villaviciosa de Odón

 

 

Se imparten tres etapas educativas: Educación Infantil,  Educación Básica Obligatoria y Programas de Transición a la Vida Adulta, en función de las edades de los alumnos:

 

 

  • Educación Infantil 3 a 6 años
  • Educación Básica de 6 a 16/18 años
  • Programas de Transición a la Vida Adulta de 16/18 a 20 años

 

Los recursos humanos que participan en el Centro son:

 

ALUMNOS:        Asisten alumnos de ambos sexos en edades comprendidas entre los 3 y 21 años diagnosticados con discapacidad psíquica. Se distribuyen según la ratio establecida en el B.O.E. de 2 de Octubre de 1990.

 

PROFESIONALES: Trabajamos en el Centro diferentes profesionales que podemos clasificarlos en dos categorías según la actividad que realizan en el Centro y según la relación administrativa que tienen con la Comunidad de Madrid:

                            Personal Docente (Funcionarios) y Personal de Atención Educativa Complementaria (Personal Laboral).

 

Personal Docente :

 

  • Profesores de Pedagogía Terapéutica
  • Profesores de Audición y Lenguaje
  • Profesores Técnicos de Formación Profesional
  • Profesor de Educación Física
  • Profesor de Educación Religiosa
  • Profesor de Educación Musical
  • Profesor Orientador

 

Personal de Atención Educativa Complementaria:

 

  • Fisioterapeutas
  • Diplomado en Enfermería
  • Técnicos Especialistas III
  • Conserje

 

 

 

 

 

 

 

Cada profesional incide, desde su campo, directamente sobre el alumno. Ello conlleva el elaborar una estructura organizativa y horaria compleja para compaginar la actuación de todos y no solapar funciones.

 

De forma escueta exponemos la labor educativa de los diferentes profesionales.

 

PERSONAL DOCENTE

 

1.- PROFESORES DE PEDAGOGÍA TERAPÉUTICA. E.E. Realizan su trabajo en dos modalidades: individual y en equipo en colaboración con el resto de profesores que imparten su mismo nivel/ciclo y con el resto de profesionales que atienden al alumno en los diferentes servicios.

 

El trabajo conjunto del profesorado les permite entre otros:

  • Interconexionar enseñanzas dentro del mismo nivel/ciclo
  • Elaborar el currículo adecuado a sus alumnos
  • Determinar el modelo y proceso de evaluación
  • Ofrecer una atención interdisciplinar al alumno

 

2.- PROFESORES DE AUDICIÓN Y LENGUAJE A.L. Encargados de prestar una atención más específica dentro del área de reeducación del lenguaje, su intervención se concreta en las siguientes funciones:

  • En relación al alumno, trabajará con el currículo escolar a nivel individual, pequeños grupos y grupo clase
  • En relación al Currículo, intervendrá en su elaboración, modificaciones, aportando sus conocimientos en el área de lenguaje, respecto a los objetivos generales, a los aspectos organizativos y a las estrategias de aprendizaje.
  • En relación con el profesor tutor, prestándole su colaboración y asesoramiento en la elaboración del programa del área de lenguaje del grupo clase, diseñando estrategias de aprendizaje y material adecuado.

 

3.- PROFESORES TÉCNICOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL Trabajarán conjuntamente con el profesor que imparte el área formativo general. Esta coordinación entre el profesor del taller y el del área formativo general es imprescindible ya que los conocimientos adquiridos en el aula son necesarios para la aplicación práctica en el taller y para el desenvolvimiento en la vida diaria.

 

 

 

 

 

4.- PROFESOR TÉCNICO DE F.P. SERVICIOS A LA COMUNIDAD Es el profesional que colaborará proporcionando elementos de conocimiento del alumno y del entorno en los aspectos familiar y social, interviniendo en estas áreas cuando sea necesario

 

Realizará sus funciones teniendo en cuenta el Proyecto Educativo, el profesor tutor, los alumnos, los padres y los  diferentes Servicios  de la zona

 

5.- PROFESORES DE EDUCACIÓN FÍSICA, RELIGIÓN, EDUCACIÓN MUSICAL Impartirán sus materias respectivas contribuyendo a mejorar el desarrollo del alumno en todos sus aspectos

 

6.- PROFESOR ORIENTADOR PSICOPEDAGOGÍA Trabajará orientando y coordinando las actividades de tutoría y orientación de los profesores tutores y demás profesionales

 

Dentro de sus funciones a desarrollar en el Centro podemos señalar:

  • Participación en la elaboración del Proyecto Educativo del Centro
  • Identificación de las necesidades educativas de los alumnos
  • Colaboración con el profesor tutor y demás profesionales en la elaboración de adaptaciones curriculares individualizadas
  • Seguimiento y revisión del proceso educativo de los alumnos
  • Favorecerá la implicación y participación de los padres en la educación de sus hijos
  • Coordinación del equipo de orientación y con otros equipos del sector
  • Coordinación de las actividades de intervención psicopedagógica y orientación educativa.

 

 

PERSONAL NO DOCENTE

 

1.- FISIOTERAPEUTAS Realizarán aquellas tareas que tienen por objeto la prevención y/o  habilitación física de los alumnos que lo necesitan

 

Su intervención se concretará en las siguientes funciones:

  • En relación al Proyecto de Centro, aportando sus conocimientos para su elaboración

 

 

 

 

  • En relación con el profesor tutor, orientándole en aspectos específicos
  • En relación con el alumno, realizando programas individuales específicos
  • En relación con los padres, asesorándoles en los diseños de situaciones fuera del contexto de la sesión individual de fisioterapia.

 

2.- AYUDANTE TÉCNICO SANITARIO A.T.S/ D.U.E. Encargado de la atención sanitaria de los alumnos, desempeñará entre otras las siguientes funciones:

 

  • Administración de medicamentos
  • Atención y cura de pequeñas heridas y accidentes que puedan producirse durante la jornada escolar
  • Seguimiento y actualización de informes médicos
  • Asesoramiento a familias en cuestiones sanitarias
  • Colaboración con el equipo de orientación y con otros organismos del sector para llevar a cabo programas sanitarios etc.

 

3.- TÉCNICO ESPECIALISTA III.- Personal que incide directamente sobre el alumno, deberá mantener una estrecha relación con el resto del profesorado.

 

Encargados del aseo, limpieza y cuidado de los niños, su labor como colaborador con los profesores es de gran importancia en la educación de estos alumnos, sobre todo en la adquisición de ciertos hábitos.

 

Entre sus funciones destacamos:

  • Atención y traslado de los alumnos desde las rutas al Centro y viceversa
  • Atención en limpieza y aseo
  • Atención en comedor
  • Colaboración en clases por razones inexcusables del profesor
  • Colaboración con el profesorado y otros profesionales del centro en aquellas actividades que se les requiera dentro de sus competencias
  • Colaboración con el profesorado en la vigilancia de recreos.

 

4.-CONSERJE.- Dependiente del Ayuntamiento realizará las funciones propias de su cargo de acuerdo a su convenio correspondiente.

 

 

5.- PERSONAL DE COCINA Y LIMPIEZA.- Dependientes de la Empresa que gestiona el comedor, se encargarán de mantener en buen estado las dependencias del Centro que están a su cargo, prestando un servicio adecuado.

 

 

 

2. ESTUDIO DEL ENTORNO SOCIOECONÓMICO Y CULTURAL

 

El municipio de Alcorcón, en la provincia de Madrid, es el lugar donde se encuentra enclavado el Centro. La ciudad se ubica en el área metropolitana SW del municipio de Madrid, a la altura del km. 13 de la Carretera Nacional V (Madrid-Extremadura).

 

Está elevada más de 700 metros sobre el nivel del mar, por lo que destaca por encima de sus vecinos: Madrid, Móstoles, Leganés, etc.

 

Actualmente es una ciudad residencial e industrial con una importantísima presencia del sector terciario (especialmente el comercial). Con los datos de mayo de 2003, Alcorcón tenía una población total de 168.905 habitantes.

 

 

 

 

Al analizar las singularidades demográficas de Alcorcón, observamos que la pirámide que nos muestra presenta unas características propias de una población con una estructura demográfica madura. Aún no presenta una distribución de población en proceso de regresión, inherentes a las sociedades envejecidas, pero su perfil en forma de hucha, con una base paulatinamente decreciente, apunta una tendencia hacia el envejecimiento que, afortunadamente, puede verse truncado por el aumento de las tasas de natalidad a la que tanto coadyuvan los flujos migratorios transnacionales.

 

En los gráficos que se muestran a continuación se ejemplifican, fehacientemente, las aseveraciones precedentes.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Un fenómeno demográfico muy acentuado en la ciudad es la llegada de inmigrantes. Tomando la misma referencia temporal anterior, la población inmigrante representa actualmente un 8.2% del total. En dos años, esta población se ha multiplicado por 2.41, pasando de 5.553 efectivos, en 2000, a 13.381 en 2003. La procedencia de este flujo migratorio es como sigue:

 

 

EUROPA

ÁFRICA

LATINOAMÉR.

CENTROAMÉR.

ASIA

Rumanía

861

Marruecos

2174

Educador

1922

R. Dominicana

200

China

440

Ucrania

662

Guinea Ec

566

Colombia

1650

Cuba

166

 

Polonia

551

Nigeria

441

Perú

601

 

Bulgaria

193

 

Argentina

485

 

Chile

263

Bolivia

186

 

 

Por otra parte, al socaire de la proximidad de la capital de España, existe un flujo importante de trabajadores que se desplazan diariamente a ésta; pero, al albur de la evolución que ha experimentado, la ciudad de Alcorcón ha sido dotada de unos servicios e infraestructuras,  públicas y privadas, que la confieren una idiosincrasia y autonomía propias, haciendo más laxa la dependencia de Madrid.

 

Servicios y recursos de la zona

 

El municipio de Alcorcón presenta una estructura y funcionamiento de los servicios típicamente urbana, debido a que el grueso de la población ejerce la actividad laboral en el sector secundario y terciario. En este contexto, la ciudad dispone de los servicios inherentes a cualquier núcleo de población con ese carácter urbano. Grosso modo, podemos establecer la siguiente clasificación de recursos:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

EDUCATIVOS Y OCUPACIONALES

SERVICIO

CARÁCTER

TELÉFONO

Dirección de Área Territorial Madrid Sur

Consejería Educación

917202700

Concejalía de Educación

Municipal

916648371

Equipo de Atención Temprana (EAT)

Consejería Educación

91 611 17 03

Equipo Orient. Educat. Psic. (EOEP)

Consejería Educación

91 611 69 00

Apansa

Privado

916210683

Centro Ocupacional “Carlos Castilla del Pino”

Municipal (gestión privada)

91 643 19 15

Centro Ocupacional Ceisfas

 

915090293

 

 

 

Escuela Municipal de Adultos

Municipal

91 643 02 45

 

 

 

 

SANITARIOS

SERVICIO

CARÁCTER

TELÉFONO

Concejalía de Salud

Municipal

916648269

Centros de Salud

Consejería sanidad

91 664 81 00 (información Ayto.)

Equipo infanto-juvenil de Salud Mental Centro de Salud Mental

Consejería sanidad

91 612 67 12

Fundación Hospital Alcorcón

Consejería sanidad

91 621 94 00

Mesa de salud escolar

Municipal

91 643 72 52

Salud Pública

Consejería sanidad

91 642 58 77

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SOCIALES Y CULTURALES

SERVICIO

CARÁCTER

TELÉFONO

Centro Base ( Imserso)

 

916463068

Concejalía de Servicios Sociales

Municipal

91 6648503

Concejalía de Cultura

Municipal

916648502

Concejalía de Infancia y Mujer

Municipal

916648368

Defensor del discapacitado Alcorcón

Municipal

916210914

Club de amigos

Parroquial

91 610 00 26

Coordinadora de Discapacitados de Alcorcón CODIAL

Municipal

91 612 28 05

Cruz Roja

Nacional

91 611 25 02

Patronato Deportivo Municipal

Municipal

91 641 33 98

Residencia Infantil RIA

Consejería SS SS

91 611 80 51

Teatro Buero Vallejo

Municipal

91 664 85 02

Centro cívico cultural Los Pinos

Municipal

916441503

Centro joven

Municipal

91 664 81 00

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3. OBJETIVOS  Y   FINES   EDUCATIVOS

 

Dadas las características de la población escolar nos hemos propuesto 3 grandes objetivos:

 

1. Desarrollar al máximo todas las capacidades de nuestros alumnos: cognitivas, motrices, afectivo-emocionales, de comunicación y de socialización, fomentando las relaciones interpersonales y las actividades extraescolares.

 

1.1.         Desarrollar al máximo todas las capacidades de nuestros alumnos/as, teniendo en cuenta la personalidad global del niño/a y atendiendo a características cognitivas, motrices, y afectivo-emocionales.

1.2.         Fomentar el desarrollo de la comunicación y el lenguaje, creando situaciones de juego y relación para adquirir hábitos de socialización.

1.3.         Facilitar a los alumnos/as actividades extraescolares que enriquezcan sus experiencias personales y estimulen la relación con el medio físico y social para mejorar su integración en él.

 

2. Conseguir en nuestros alumnos un disfrute de las situaciones de enseñanza-aprendizaje para conseguir una actitud positiva hacia las nuevas adquisiciones y un máximo de autonomía personal.

 

2.1. Que nuestros alumnos disfruten de las situaciones de enseñanza-aprendizaje para conseguir:

 

                   . Una actitud positiva ante las actividades de aula tanto individuales como grupales

                   . Un máximo avance en su nivel de autonomía personal (vestido, aseo, desplazamiento en el centro, casa, entorno próximo).

                   . Aceptación de las normas de convivencia (relaciones sociales y relación con los objetos y el entorno).

                   . Un máximo de comunicación oral y/o gestual.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3. Potenciar los aprendizajes funcionales (desarrollo de capacidades preelaborales) que permitan al alumno una mejor adaptación e integración en el mundo social y, en su caso, laboral.

 

         3.1. Desarrollar habilidades sociales y destrezas manipulativas que capaciten a los alumnos para el desempeño de actividades de:

 

                   . Autonomía e independencia personal

                   . Transición a la Vida Adulta y Laboral.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4.ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

 

 

 

4.1.- CONSEJO ESCOLAR

 

4.2.- CLAUSTRO DE PROFESORES

 

4.3.- EQUIPO DIRECTIVO

 

4.4.- SERVICIOS ESPECÍFICOS

 

4.5.- EQUIPOS DOCENTES

 

4.6.- PERSONAL NO DOCENTE

 

4.7.- SERVICIOS COMPLEMENTARIOS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4.1.- CONSEJO EESCOLAR

 

El Consejo Escolar es el órgano de participación en el Centro de los diferentes miembros de la Comunidad Escolar. Dentro de él se encuentran representados todos los sectores de la Comunidad Educativa, es por ello, el lugar donde se establecen los objetivos que el Centro desea alcanzar y las líneas básicas de actuación que regirán la labor educativa en el Centro.

 

Las atribuciones y competencias del Consejo vienen determinadas en la L.O.E. de 3 de mayo de 2006, por ello no se cree necesario enumerarlas en este momento. El Consejo Escolar debe de conocer y estar informado en cada momento de cuales son las líneas, actividades y dinámica que se va llevando a cabo en el Centro, y se considera imprescindible el mantener reuniones periódicas en las que se expongan y estudien todo tipo de situaciones que se planteen en el Centro.

 

Será el Consejo, el lugar donde todos los componentes como representantes de todos los sectores de la Comunidad Educativa expongan sus preocupaciones y se adopten soluciones. Su actuación debe perfilarse como una labor en grupo y no como suma de distintas partes, como lugar de confrontación de los intereses sectoriales de cada uno de los miembros allí representados.

 

Si se quiere llevar a cabo una actuación educativa eficaz, una labor de colaboración y participación de todos los miembros, debe regir en este órgano.

 

Al ser un Centro con características especiales en el que desarrollan su labor profesionales de campos muy diversos, El Consejo Escolar está constituido por:

  • Equipo Directivo: Director

Jefe de Estudios

Secretario

  • 5 Representantes de Profesores
  • 5 Representantes de Padres de Alumnos
  • 2 Representantes de Atención Educativa Complementaria
  • 1 Representante de  Administración y Servicios
  • 1 Representante municipal

 

 

 

 

 

 

 

4.2.- CLAUSTRO DE PROFESORES

 

Es el órgano que permite la participación de los docentes en el Centro.

En él cada uno de sus componentes debe exponer las necesidades y preocupaciones que dentro del ámbito educativo y pedagógico afecten al Centro.

 

Las funciones específicas de este órgano vienen determinadas en la L.O.E., por lo que no se considera necesario una enumeración de las mismas en este Proyecto.

 

Para poder llevar a cabo una verdadera labor de participación es preciso que se establezca un buen clima de comunicación y colaboración dentro del mismo.

 

El Claustro debe estar abierto al tratamiento de cualquier tema que influya en la labor educativa del Centro. Será un lugar de diálogo y estudio de los diferentes problemas que surjan relacionados con la educación de los alumnos.

 

Cada profesor podrá exponer los problemas específicos de su aula y grupo, y entre todos tratar de dar la solución adecuada, asesorados naturalmente por el Equipo de Orientación.

 

Se podrá analizar el estudio de casos de niños conflictivos, y dada la flexibilidad que debe regir en este tipo de educación, tratar de encontrar, entre todos, la vía de solución.

 

Al igual que cualquier otro órgano del Centro el Claustro debe asumir un programa de acción común donde los intereses del grupo se sobrepongan a los intereses individuales.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4.3.- EQUIPO DIRECTIVO

 

En el Centro Severo Ochoa lo forman:

 

DIRECTOR                                    

JEFE DE ESTUDIOS                    

SECRETARIA                               

 

 

La mutua colaboración y coordinación entre los diferentes miembros que constituyen el equipo va a permitir el poder llevar a cabo una labor directiva y organizativa adecuada.

 

 

 

4.4.-  SERVICIOS ESPECÍFICOS

 

Los servicios específicos con los que cuenta el Centro SEVERO OCHOA, son los que le dan entidad propia y lo diferencian de lo que es un Centro Ordinario.

 

Estos servicios son: Fisioterapia, Audición y Lenguaje, Orientación, Enfermería y Trabajo Social.

 

La función individual de cada uno de ellos se ha detallado en el apartado profesionales. En el momento actual vamos a relacionar la actividad conjunta que todos ellos llevan a cabo dentro del EQUIPO DE ORIENTACIÓN.

 

Constituido por diferentes profesionales docentes y no docentes llevará a cabo su actuación a tres niveles:

  • NIVEL DE AULA O GRUPO CLASE
  • NIVEL DE CENTRO EDUCATIVO
  • NIVEL DE DISTRITO O SECTOR

 

En lo que al CENTRO EDUCATIVO se refiere, el EQUIPO DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA es la unidad institucional en la que se integran de forma permanente la Orientadora, el Profesor de Servicios a la Comunidad y la Enfermera del Centro.

 

La Coordinación de este Equipo estará a cargo de la Orientadora bajo la supervisión del Jefe de Estudios.

 

 

 

 

Concretamente en nuestro Centro, se integrarán como miembros permanentes de este Equipo:

  • La Orientadora
  • El Profesor Técnico de Servicios a la Comunidad
  • D.U.E.

 

Este  equipo solicitará la incorporación al mismo de aquellos profesionales ,( PT, Al, Fisioterapeutas, Técnicos Especialistas III..) que considere necesario para la intervención y tratamiento de casos concretos de los alumnos.

 

La acción de estos profesionales se llevará a cabo en estrecha colaboración con el profesor tutor que coordina y promueve la acción educativa de su grupo de alumnos.

 

Dentro de nuestro Centro la actuación de este EQUIPO DE ORIENTACIÓN la entendemos desde dos vertientes o perspectivas:

 

1.- Este Equipo recibirá las demandas educativas a nivel pedagógico o de intervención existentes, para posteriormente canalizarlas a cada uno de los profesionales que lo constituyen, según sea la demanda, a fin de dar una respuesta y solución adecuada a cada problema.

 

2.- En los momentos en que no se traten demandas específicas, este EQUIPO se dedicará al estudio de casos individuales, para ir realizando un estudio completo e interdisciplinar de todos y cada uno de los alumnos del Centro.

 

En definitiva, la interdisciplinaridad ha de presidir la actuación de los profesionales que integran el EQUIPO DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA y la relación entre aquellos y el resto de profesionales del Centro.

 

Tanto la orientadora, como el resto de profesionales han de dar la respuesta educativa específica a cada necesidad en el contexto en que ésta se plantea.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4.5.- EQUIPOS DOCENTES

 

El trabajo de coordinación e investigación pedagógica por parte del profesorado se realizará a través de dos modalidades de trabajo:

 

  • COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA
  • EQUIPOS DOCENTES

 

COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

 

Constituida a partir de su regulación en la O.M. 27.04.92  B.O.E. 08.05.92

En el Centro Específico SEVERO OCHOA está constituida por los siguientes profesionales:

 

  • EQUIPO DIRECTIVO
  • ORIENTADORA
  • COORDINADORES DE CADA CICLO
  • COORDINADOR TIC

 

A pesar de estar formada por los profesionales relacionados, hemos creído conveniente que en nuestro Centro, debido a sus características y a que existen otros profesionales, no docentes, que están interviniendo directamente sobre el alumno, en esa comisión pedagógica se recogen las aportaciones que otros profesionales crean necesarias para realizar el trabajo diario con el niño. En este sentido todas las aportaciones se canalizarán a través del -Equipo de Orientación.

 

EQUIPOS DE CICLO

 

Los alumnos del Centro SEVERO OCHOA se agrupan en diferentes aulas según ratios establecidas.

 

Dos o tres aulas agrupan a los alumnos de un mismo ciclo. En el Centro se establecen generalmente tres niveles educativos en función de las capacidades de aprendizaje y modalidad educativas:

 

  • 1 Ciclos en Educación Infantil
  • 2 Ciclos en Educación Básica Obligatoria
  • 1 Ciclos en los Programas de Transición a la Vida Adulta( ciclo ünico)

 

 

 

 

 

El Equipo de Ciclo lo constituyen los profesores que imparten enseñanza en un mismo nivel. A la cabeza de cada equipo existe un COORDINADOR DE CICLO, que es el encargado de establecer las pautas de actuación, llevar a cabo las reuniones y forma parte de la COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA del Centro.

 

4.6.- PERSONAL NO DOCENTE

 

En el punto referente a profesionales del Centro, se hizo una relación de todo el personal no docente, a saber:

 

  • Fisioterapeutas
  • Enfermera (D.U.E.)
  • Técnicos Especialistas III
  • Conserje

 

La organización y participación en el Centro de los fisioterapeutas y la enfermera ha quedado reflejada en la descripción de sus propias funciones como profesionales y en su incardinación dentro del EQUIPO DE ORIENTACIÓN.

 

En este punto nos detendremos fundamentalmente en la organización de los Técnicos Especialistas III (Cuidadores).

 

Los Técnicos Especialistas III se hacen imprescindibles en la dinámica de funcionamiento de un Centro Específico. Su labor en el Centro se basa en las funciones que marca su propio convenio laboral, entre ellas destacan:

  • Atención de los alumnos en los trayectos de la ruta al Centro y viceversa
  • Atención en limpieza y aseo
  • Atención en comedor
  • Colaboración en las clases por razones inexcusables del profesor
  • Colaboración con el profesorado en la vigilancia de recreos

 

Al margen de estas funciones, dentro del Centro hay que establecer y organizar aquellas tareas que inciden directamente en el alumno para que la labor educativa se enriquezca.

 

Su actuación la podemos establecer en 4 grandes grupos:

 

 

 

 

  • Atención en Transporte Escolar.- Se encargan del traslado de los alumnos del Centro a la Ruta y viceversa, y colaboran con los monitores de ruta

 

  • Atención a los Servicios Específicos.- Se encargan del traslado de los alumnos dentro del Centro de unos servicios a otros y realizan tareas de control de los alumnos cuando salen de las aulas
  • Atención Comedor y Recreos respectivos.- Se organizan estableciendo turnos para atender a los alumnos que precisan comida asistida. Al aumentar este tipo de alumnos se hace cada vez más necesaria la presencia de mayor número de técnicos especialistas III en el Centro.
  • Higiene Cambio y Aseo.- En este aspecto colaboran con el profesorado en el control de esfínteres de los alumnos más pequeños y que tienen posibilidades de lograr un control.

En la tarea del control de esfínteres están implicados la orientadora, los profesores y los técnicos especialistas III.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4.7.- SERVICIOS COMPLEMENTARIOS

 

El Colegio Público SEVERO OCHOA de Alcorcón cuenta con los servicios de COMEDOR Y TRANSPORTE ESCOLAR

 

COMEDRO ESCOLAR

 

Gestionado a través de una empresa de restauración que se encarga de la elaboración, distribución de la comida y de proporcionar el personal necesario para la atención del comedor y la vigilancia de los recreos anterior y posterior a la comida.

 

Está atendido por: La cocinera

Personal de vigilancia y atención por parte de la empresa de restauración

Técnicos Especialistas III del Centro.

 

ORGANIZACIÓN DEL COMEDOR

 

COMIDA

Existen dos turnos de comida, un primer turno de 12’45 a 13’30 horas y un segundo turno de 13’30 a 14’20 horas.

 

En el primer turno comen los alumnos que precisan comida asistida por parte de los técnicos especialistas III (cuidadores) del Centro y parte de las monitoras de la empresa de comedor

 

En el segundo turno comen los alumnos con mayor autonomía. Atendidos por las monitoras de la empresa de comedor y cuidadores del Centro

 

RECREO DE COMEDOR

De 14 a 15 horas se cuida y atiende en cambio y aseo a los alumnos que han comido en el primer turno (comida asistida). Este periodo de recreo les atendido por los cuidadores del Centro.

 

 

De 14’30 a 15 horas se atiende a los alumnos que comen en el segundo turno. Este recreo está atendido por las personas de la empresa de restauración y por los cuidadores del Centro.

 

 

 

 

 

 

Los miembros del Equipo Directivo se encargan de organizar y atender todos los aspectos referentes a este servicio.

 

 

TRANSPORTE

 

Los alumnos que asisten al Centro utilizan, en su mayoría, el transporte escolar. Dicho transporte lo  prestan rutas de dos características:

 

  • Rutas Normales.- Para trasladar a los alumnos autónomos o semiautónomos a nivel de movimiento
  • Rutas Adaptadas.- Para trasladar a los alumnos con graves problemas motóricos

 

Cada una de las rutas lleva un monitor de ruta para acompañar a los alumnos den el autocar desde el Centro a sus paradas respectivas y viceversa

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

5. RELACIÓN CON LAS FAMILIAS DE LOS ESCOLARES

 

CONOCIMIENTO Y CARACTERÍSTICAS DE LA POBLACIÓN ESCOLAR Y FAMILIAR

 

Se ha actualizado el estudio de la situación socio-económica de las familias de nuestros alumnos debido, fundamentalmente, a que en la fecha que se realizó el Centro atendía, además, a alumnos del Municipio de Fuenlabrada. En la actualidad, nuestro Colegio tiene adscritos, amén de la ciudad de Alcorcón,  la localidad de Villaviciosa de Odón.

 

Para determinar el statu quo de la población nos hemos basados en los datos obtenidos mediante las siguientes técnicas de recogida de información:

  • Entrevistas con familias
  • Cuestionario que se remitió, para su cumplimentación, a todos los alumnos del Centro.

 

En virtud de los datos filtrados a partir de las citadas técnicas, se ha obtenido la información siguiente:

v Más de la mitad de las familias (51%) llevan residiendo en Alcorcón más de 15 años.

v El 55% constituyen unidades familiares de cuatro miembros (matrimonio y dos hijos)

v Existen un 27% de familias con 3 ó más hijos.

v Las tasas de ocupación laboral arrojan los estos datos: trabajan el 69% de los varones. De éstos, el 59% disponen de trabajo con contrato indefinido. Las mujeres se dedican, en su mayoría, a tareas domésticas. No obstante, se está produciendo una creciente incorporación de la mujer al mundo laboral.

v El nivel de estudios predominante es el de graduado escolar o equivalente: 48% de los varones y 45% de las mujeres.

v Son mayoría las familias que disponen de vivienda en régimen de propiedad (76%), frente al alquiler (20%). El resto son usufructuarias de una vivienda cedida por familiares.

v La vivienda tipo es multifamiliar (bloque) con una superficie entre 60 y 85 m2 , tres dormitorios y baño.

 

 

 

 

 

v El 80% de las familias pertenecen a la Asociación de Padres y Madres de Alumnos. Existe, además, un porcentaje, en torno al 18%, vinculadas con asociaciones que actúan en el campo de la discapacidad.

 

La población escolar en la ciudad de Alcorcón es la reflejada en las siguientes tablas:

 

 

 

POBLACIÓN TOTAL EN EDAD ESCOLAR

0-2 años

3-5 años

6-12 años

13-16 años

17-18 años

TOTAL

3.762

5.226

8.368

5.817

3.219

26.392

 

 

 

DISTRIBUCIÓN DE LA POBLACIÓN ESCOLAR POR CENTROS Y NIVELES EDUCATIVOS

TIPO DE CENTRO

INF.

(0-3)

INF.

(3-5)

E. P

E.S.O

BCH.

G.S[1]

CFGM[2]

CFGS[3]

PÚBLICO

415

2.761

4.474

3.392

1.338

85

588

999

CONCERTADO

0

834

2832

2.202

298

59

395

151

PRIVADO

145

349

395

320

530

0

0

40

TOTAL

560

3944

7701

5.914

2.166

144

983

1.190

 

 

RELACIÓN FAMILIA-CENTRO

 

La Educación comienza en la familia. Cuando llega la edad escolar se extiende y prolonga esta educación fuera de la familia en la Comunidad Escolar. Es por todo ello por lo que se considera imprescindible la participación y colaboración de los padres en el Colegio.

 

La colaboración de los padres es fundamental y va a influir en la adquisición de logros de los alumnos.

 

 

 

 

 

 

 

La educación de este tipo de alumnos, dadas sus características, trasciende a los meros aprendizajes académicos. Se imparten enseñanzas de adquisición de hábitos, acomodación y desenvolvimiento en el medio…; actividades, todas ellas, que precisan de una continuidad de la  labor del Centro dentro del seno familiar.

 

La relación y comunicación constante de padres y profesores elaborando pautas  de acción común enriquece la educación del niño.

 

En general los padres deberán:

  • Colaborar y participar en las distintas actividades extraescolares y complementarias.
  • Procurar recibir información periódica acerca de la evolución de sus hijos.
  • Prolongar la labor educativa fuera del Colegio.
  • Respetar los horarios y normas establecidas en el Centro.
  • Estudio del entorno socio-económico y familiar.

 

La colaboración familia-centro se hace aún más imprescindible en los Centros específicos. En este sentido, los padres suministran información relevante sobre sus hijos y ello sirve para dar contenido y sentido al trabajo que con ellos se desarrolla en el Centro escolar. Del mismo modo, los profesores pueden colaborar con los padres en la búsqueda de respuestas a las necesidades que presenten los hijos en su desarrollo. Planteada de este modo la participación de los padres en la escuela constituye un aspecto más ineludible de ser función educativa.

 

Desde un punto de vista legal, las leyes educativas, así como los posteriores Decretos que las desarrollan, establecen los términos de esta intervención a través de las Asociaciones de Padres y Madres así como del Consejo Escolar.

 

Las posibilidades de participación de los padres en los Centros Escolares son múltiples y variadas. Su intervención puede realizarse a escala individual o colegiadamente, en relación con las necesidades de sus hijos y con las del Centro en su conjunto; en definitiva, puede tener lugar de forma directa o por vía de la representatividad.

 

A continuación se presentan una serie de cauces posibles de participación de los padres, incluyendo algunas de las finalidades de cada uno, la periodicidad de las reuniones y quién tiene facultad para convocar. Asimismo se diferencian los niveles de participación, entendiendo por INDIVIDUAL el que supone la implicación personal del padre o la madre de cada alumno y COLECTIVO el que hace referencia al conjunto de padres y madres del Centro, los miembros de las AMPAs…

 

Paralelamente, se distingue el tipo de participación: DIRECTA o REPRESENTATIVA. Se entiende por participación directa la realizada en nombre

propio y por representativa la que se lleva a cabo de forma delegada a través de los representantes del colectivo.

 

Conocer las características y posibilidades de cada uno de los cauces de participación existentes ayudará a los padres a utilizarlos de la forma apropiada y a evitar las vías indirectas o claramente inadecuadas para la buena marca de la Comunidad Educativa.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CAUCE

TIPO DE PARTICIPACIÓN

NIVEL

FINALIDAD

PERIORICIDAD

CONVOCATORIA

Þ      CONSEJO ESCOLAR

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Þ      JUNTA DIRECTIVA DE LAS AMPAs

 

 

 

 

 

 

Þ      ENTREVISTA:

  • DIRECTOR/A
  • JEFE DE ESTUDIOS

 

  • PROFESOR-TUTOR
  • LOGOPEDAS

 

 

 

 

  • ORIENTADORA
  • PROFESOR SERVICIOS A LA COMUNIDAD

 

 

 

COLECTIVO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

COLECTIVO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

INDIVIDUAL

 

 

 

INDIVIDUAL

 

 

 

 

 

 

 

INDIVIDUAL

Þ      Representar a los padres en el Consejo Escolar.

Þ      Colaborar en la gestión del Centro

Þ      Contribuir al desarrollo de las funciones del Consejo Escolar.

Þ      Aprobar el Plan de Centro

Þ      Aprobar el presupuesto

Þ      Decidir sobre la admisión alumnos.

Þ      Elegir al Director/a

Þ      Aprobar el R.R.I. y otras.

 

Þ      Informar de las actividades extraescolares.

Þ      Informar de las decisiones adoptadas en las Asambleas de Padres.

 

 

Þ      Solucionar problemas puntuales.

Þ      Información específica general

 

Þ      Intercambiar información y opinión

Þ      Establecer líneas de actuación comunes.

Þ      Solucionar dificultades

 

Þ      Intercambiar información y opinión

Þ      Establecer líneas de actuación comunes.

Þ      Solucionar dificultades

 

Al menos una vez al trimestre y siempre que sea necesario.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Cuando sea necesario

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Puntualmente cuando sea necesario

 

 

 

Mínima 2 al año y siempre que sea necesario

 

 

 

 

 

Siempre que sea necesario

 

 

El Director/a del Centro como presidente del Consejo.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El Presidente del AMPA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Por parte del Director/a.

Jefe de estudios.

A instancia de los padres.

 

 

Por parte del Profesor-Tutor, Taller y Logopeda.

Por parte de los padres

 

 

 

 

Por parte de los distintos profesionales.

Por parte de los padres.

 

 

 

 

 

6.- REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

 

 

 

 

ÍNDICE

 

 

 

 

 

INTRODUCCIÓN

 

CAPÍTULO I:

PRINCIPIOS EDUCATIVOS GENERALES

 

CAPÍTULO II:

ÓRGANOS DE GOBIERNO Y ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN EN EL CONTROL Y GESTIÓN.

 

CAPÍTULO III:

DE LOS ALUMNOS

 

CAPÍTULO IV:

DEL PERSONAL DOCENTE

 

CAPÍTULO V:

DEL PERSONAL LABORAL

 

CAPÍTULO VI:

CONSERJE

 

CAPÍTULO VII:

DE LOS PADRES DE LOS ALUMNOS

 

CAPÍTULO VIII:

ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES

 

CAPÍTULO IX:

NORMAS COMUNES DE CONVIVENCIA GENERAL PARA TODO EL PERSONAL DEL CENTRO

 

CAPÍTULO X:

SERVICIOS COMPLEMENTARIOS

 

CAPÍTULO XI:

MODIFICACIÓN, PUBLICACIÓN Y VIGENCIA

 

 

NORMATIVA REGULADORA BÁSICA PARA LA ELABORACIÓN DEL R. R. I.

 

                  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

INTRODUCCIÓN

 

La CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA, que declara el derecho a recibir educación (Art. 27, 1ª), consagra la libertad de enseñanza (Art. 27, 1b). Al lado del derecho de los padres a elegir la formación religiosa y moral para sus hijos (Art. 27.3), figuran el derecho a la libertad de cátedra (Art. 20.1) y la libertad de conciencia (Art. 14, 16, 20 y 23).

El Reglamento de Régimen Interno garantiza:

ü Derecho de todos los miembros de la Comunidad Educativa a participar en el funcionamiento y en la vida de los Centros, en la actividad escolar y en la gestión de los mismos, en los términos previstos en la Ley Orgánica 9/1995 de 20 de noviembre.

ü Asegurar el orden interno que permita conseguir con mayor plenitud los objetivos educativos del Centro Escolar.

 

 

En base a la ley, el R.R.I. debe entenderse como un instrumento de ORGANIZACIÓN DE LA VIDA DEL CENTRO, complemento del P.E.C. y del P.C.C.

El Reglamento de Régimen Interno deberá ajustarse a lo establecido en:

  • R.D. 82/1996 de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria.
  • R.D. 732/1995 de 5 de mayo, sobre derechos y deberes de los alumnos y las normas se convivencia de los Centros.
  • R.D. 136/2002 de 25 de julio por el que se establece el marco regulador de las normas de convivencia de los centros docentes de la Comunidad de Madrid.
  • Normas estatutarias establecidas para los funcionarios docentes y empleados públicos en general.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El presente Reglamento se desglosa en los siguientes capítulos:

 

 

CAPÍTULO I:

PRINCIPIOS EDUCATIVOS GENERALES

 

CAPÍTULO II:

ÓRGANOS DE GOBIERNO Y ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN EN EL CONTROL Y GESTIÓN

 

CAPÍTULO III:

DE LOS ALUMNOS

 

CAPÍTULO IV:

DEL PERSONAL DOCENTE

 

CAPÍTULO V:

DEL PERSONAL LABORAL

 

CAPÍTULO VI:

CONSERJE

 

CAPÍTULO VII:

DE LOS PADRES DE LOS ALUMNOS

 

CAPÍTULO VIII:

ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES

 

CAPÍTULO IX:

NORMAS COMUNES DE CONVIVENCIA GENERAL PARA TODO EL PERSONAL DEL CENTRO

 

CAPÍTULO X:

SERVICIOS COMPLEMENTARIOS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CAPÍTULO I: PRINCIPIOS EDUCATIVOS GENERALES

 

De conformidad con lo dispuesto en la LEY ORGÁNICA 10/2002 de 23 de diciembre (B.O.E. 24 de diciembre de 2002), la actividad educativa, guiada por los principios y declaraciones de la Constitución, se orientará al pleno desarrollo de la personalidad de los alumnos y el aprendizaje activo del modo de vida democrático.

 

ü La educación y la convivencia se desarrollarán en un marco de tolerancia y respeto a la personalidad de cada cual, a su persona y convicciones, que no podrán ser perturbadas por ningún tipo de coacción ni por la obligación de asumir ideologías o creencias determinadas.

ü Todos los miembros de la Comunidad Escolar tendrán derecho a intervenir en las decisiones que les afecten a través de representantes elegidos para la constitución de los órganos de gobierno y órganos de participación en el control y gestión.

ü La Comunidad Escolar estará integrada por todos los que participan en la tarea educativa: alumnos, padres, profesores y personal no docente.

ü Todos tendrán derecho a expresar su pensamiento, ideas y opiniones, siempre que no atente contra la Constitución y leyes vigentes.

ü Serán respetadas las libertades académicas que corresponden a los profesores. No obstante, el saber no será utilizado por ninguno de éstos como instrumento de dominación o manipulación de los alumnos.

ü De acuerdo con los principios de igualdad de derechos y no discriminación que inspirará la actividad educativa, la enseñanza se desarrollará en un marco de coeducación.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CAPÍTULO II: ÓRGANOS DE GOBIERNO Y ÓRGANOS DE PARTICIPACIÓN EN EL CONTROL Y GESTIÓN.

 

Se regulan por la LEY ORGÁNICA 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación. Quedan recogidos en:

TÍTULO V: “De los Centros Docentes”

Capítulo V: “De los órganos de gobierno, órganos de participación y gestión y órganos de coordinación de los centros docentes públicos.

                            Sección 2ª. Órganos de Gobierno

         Artículo 79. Director

         Artículo 80. Equipo directivo

                            Sección 3ª. Órganos de participación en el control y gestión de los centros

         Artículo 81. Consejo Escolar

         Artículo 82. Atribuciones del Consejo Escolar

         Artículo 83. Claustro de profesores

 

 

CAPÍTULO III: DE LOS ALUMNOS

 

 

         ENTRADAS Y SALIDAS DEL CENTRO

 

  1. Los alumnos entrarán a las 10 horas. A partir de las 10:20 horas la puerta permanecerá cerrada y no se permitirá la entrada a ningún alumno, con excepción de aquéllos que lo notifiquen previamente y lo justifique. Esta misma norma será aplicada a la jornada de tarde, que comienza a las 15 horas.
  2. No se permitirá la entrada en el recinto escolar a ningún alumno antes de la hora establecida, salvo que circunstancias de orden mayor lo aconsejen.
  3. Todos los alumnos asistirán al Centro en la ruta del Transporte Escolar, excepto aquéllos que no dispongan de este servicio y salvo aviso o expresa autorización de los padres.
  4. Los padres que acompañen a sus hijos al Centro esperarán a que sean recogidos por el personal encargado. En ningún caso, los padres acompañarán a los alumnos a las aulas.
  5. Las faltas de puntualidad se recogerán en el parte mensual.

 

 

 

  1. En caso de que la impuntualidad sea reiterada, se le notificará a los padres.
  2. La salida se realizará a las 16:30 horas. Hasta no oír el timbre, no se podrá salir del Centro. Los profesores acompañarán a su grupo de alumnos al autocar, salvo a aquellos alumnos con necesidades motóricas y que lo precisen, que serán recogidos por los Técnicos Especialistas III, unos minutos antes, para ser trasladados al autocar.

 

FALTAS DE ASISTENCIA

 

  1. Cualquier falta de asistencia será justificada por los padres por escrito o telefónicamente, con antelación a ser posible.
  2. Un número superior a 15 faltas no justificadas durante el curso, dará lugar a que el asunto sea tratado por el Profesor Técnico de Servicios a la Comunidad.
  3. La relación de faltas de asistencia se recogerá diariamente por el administrativo del Centro o, en su defecto por la Dirección del mismo, y se archivarán en Secretaría durante el período de un curso escolar.

 

 

RECREOS

 

  1. El horario de recreo será, para todos los alumnos del Centro, de 12 a 12:30 horas.
  2. Existirán dos lugares para hacer el recreo. Los alumnos mayores saldrán al patio de pistas deportivas, mientras que los más pequeños irán al parque infantil.
  3. No se permite estar dentro del Colegio durante el recr3eo a ningún alumno, salvo por causa justificada, y siempre quedará acompañado por algún miembro del personal del Centro, previa comunicación al Tutor.
  4. Cuando el tiempo no lo permita, el recreo se hará en el Colegio, manteniéndose la vigilancia y los grupos de profesores y cuidadores. Los alumnos mayores pasarán al gimnasio y los más pequeños al aula de recreo.

 

 

 

 

 

 

 

ESTANCIA EN EL CENTRO

 

  1. No se podrá salir a los servicios durante el tiempo de clase, sin el permiso del profesor.
  2. Los alumnos que necesiten ir al servicio lo harán acompañados o controlados por los cuidadores.
  3. Se velará por la limpieza y el orden del Centro, quedando prohibido: tirar papeles, ensuciar paredes y puertas, manchar los servicios de agua, etc.
  4. La rotura deliberada, por alumnos con suficiente conciencia del hecho, de objetos, llevará consigo la reparación y composición a cargo del autor, o sufragar los gastos que ello ocasione en consenso con los padres y/o tutores.
  5. Asimismo, los alumnos que sustrajeran bienes del Centro o del personal, deberán restituir lo sustraído.
  6. En caso de que algún alumno ocasiones graves problemas de disciplina será tratado en el Departamento de Orientación e informados los padres.
  7. Cuando los alumnos presenten problemas graves de conducta, higiene, enfermedad… el Tutor informará a los profesionales correspondientes y reflejará por escrito esta comunicación.
  8. Es necesario que los padres faciliten varios teléfonos de contacto donde se les pueda localizar durante el tiempo que permanezcan los alumnos en el Centro.
  9. Medidas disciplinares. Emanan del Decreto 136/2002, de 25 de julio (B.O.C.M. 8-8-2002).

 

 

CAPÍTULO II: CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

 

Artículo 9. Circunstancias que se han de valorar para la aplicación de las normas.

                   Artículo 10. Criterios generales sobre las medidas de corrección.  

                   Artículo 11. Circunstancias paliativas y agravantes

                   Artículo 12. Responsabilidad y reparación de los daños.

                   Artículo 13. Faltas de asistencia.

                   Artículo 14. Ámbito de aplicación de las normas de convivencia.

 

 

 

                   Artículo 15. Supervisión del cumplimiento de las medidas de corrección.         

 

ENFERMEDAD E HIGIENE

 

  1. Los alumnos deberán asistir al Centro debidamente aseados.
  2. Los alumnos que padezcan alguna enfermedad infecto-contagiosa (procesos febriles, gripales, parásitos, piojos…) deberán permanecer en casa, hasta que finalice dicho proceso, para proteger la salud del resto de los alumnos.
  3. En el caso de que los alumnos acudan al Centro con alguno de los síntomas citados en el punto anterior, se avisará a los padres para que acudan al Centro a recogerlos.
  4. Cuando la ausencia sea por enfermedad infecto-contagiosa, será necesario justificación médica para reincorporarse al Centro.
  5. Los alumnos a los que haya que efectuar cambios, deberán aportar los útiles necesarios.
  6. Cuando algún alumno sufra un accidente en el Centro, se enviará a los padres el parte y la información necesaria elaborada por la Enfermera.
  7. Los alumnos deberán tener actualizado el calendario de vacunación obligatorio  en beneficio propio y del resto de los alumnos.
  8. Se instará a los padres a que colaboren en la medicación prescrita.

 

 

CAPÍTULO IV: DEL PERSONAL DOCENTE

 

  1. La jornada de mañana y tarde para todo el profesorado será de 10 a 13:30 horas y de 15 a 16:30, respectivamente. La hora de “dedicación exclusiva” se realizará de 13:30 a 14:30.
  2. El profesorado estará siempre sujeto a cumplir la normativa vigente que establece la Administración Educativa a través de sus órganos competentes.
  3. Cuando el personal docente se incorpore con un retraso superior a 15 minutos, lo notificará al Jefe de Estudios.
  4. En caso de ser reiterativo, se tomarán las medidas oportunas.
  5. En caso de ausencia del profesor, los alumnos se distribuirán entre el resto de los profesores del Centro. Si ésta es previsible, debe dejarse tarea organizada para los mismos.
  6. Se establecerán zonas en el patio para la vigilancia de los recreos.

 

 

 

 

CAPÍTULO V: DEL PERSONAL LABORAL

 

  1. Se acogerán a lo establecido en su convenio laboral.
  2. Dispondrán de 20 minutos para el desayuno.
  3. El tiempo de descanso anterior, se distribuirá por turnos, con el fin de que el Colegio no permanezca, en ningún momento, sin el servicio de dicho personal.

A)   TÉCNICOS ESPECIALISTAS III

  • El horario será de 10 a 16:30 horas, incluyendo el tiempo necesario para comer.
  • Vigilarán las clases por razones inexcusables del profesorado.
  • Acompañarán a los alumnos a los servicios y les ayudarán a lavarse.
  • Realizarán las tareas de comida, cambio y aseo de los alumnos.
  • Participarán en las actividades extraescolares que se realicen a lo largo del curso.
  • Ayudarán al profesorado en la vigilancia de los recreos, de los que serán responsables los profesores correspondientes.
  • Colaborarán en los servicios escolares (Fisioterapia, Logopedia…), previo acuerdo con los responsables de los mismos.
  • Irán a recoger y acompañarán a las rutas a los alumnos del Centro.

 

B)    FISIOTERAPEUTAS

  • La jornada de maña será de 10 a 13:30 horas y la de tarde de 15 a 16:30 horas en atención a alumnos y de 13:30 a 14:30 de reunión y preparación de actividades.
  • Las funciones serán las que establece el Convenio del Personal Laboral.

 

 

 

 

 

 

 

C)    ENFERMERA

  • Su horario será de 10 a 14:30 horas y de 15 a 16:30 horas.
  • Las funciones serán las propias que se establecen en el Convenio del Personal Laboral.

 

 

CAPÍTULO VI: CONSERJE:

 

  1. La jornada de mañana será de 8:30 a 13:30 horas y la de la tarde de 15 a 17:30 horas.
  2. Abrirá y cerrará el centro.
  3. Vigilará que, una vez pasada la hora de entrada, las puertas permanezcan cerradas.
  4. Avisará a la hora de entrada, recreo y salida.
  5. Controlará la entrada de personas ajenas al Centro.
  6. Vigilará el mantenimiento del Centro y se encargará de dar los partes correspondientes de los deterioros que se produzcan a la Dirección del Centro.
  7. Realizará las fotocopias oficiales.
  8. Atenderá el timbre de las puertas de entrada.
  9. Cualquier otra función que le puede ser encomendada según el Reglamento de los Conserjes de los Colegios Públicos de Alcorcón.

 

 

CAPÍTUL0 VII: DE LOS PADRES DE LOS ALUMNOS

 

La asociación de madres y padres de alumnos (AMPA), con arreglo a lo dispuesto en la LEY ORGÁNICA 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación. Tendrá garantizado el derecho de reunión en los locales del Centro, donde fijará su domicilio social y efectuará sus actividades extraescolares de carácter educativo, cultural, recreativo, deportivo y de cuantas se estimen oportunas para el mejor logro de sus objetivos, siempre que no perturben el desarrollo normal de las actividades docentes.

 

 

 

 

 

 

 

Son DERECHOS de los padres:

  • Participar y colaborar en los distintos órganos de dirección y gestión del Centro, así como en la planificación de las actividades extraescolares y complementarias, en los términos establecidos por las leyes.
  • A se escuchados por los profesores tutores y otros profesionales dentro del Centro.
  • A recibir información periódica sobre la evolución de sus hijos.
  • A que sus hijos reciban una educación con las máximas garantías de calidad.
  • A ser respetados por los profesores y demás miembros de la Comunidad Educativa.

 

Son DEBERES de los padres:

  • Colaborar en el Centro en la labor educativa de sus hijos.
  • Respetar los horarios y normas establecidas por el Centro.
  • Acudir a las citaciones del profesorado o dirección del Centro en los días y horas establecidos a tal fin.
  • Respetar al profesorado y demás miembros de la Comunidad Educativa, así como el material e instalaciones del Centro.
  • Comunicar y justificar las faltas de asistencia de sus hijos y cuantos aspectos tendentes a mejorar la relación padres-profesores.
  • Conocer y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos en colaboración con los profesores y otros profesionales del Centro.
  • Colaborar con los Servicios Sanitarios, respetar las prescripciones facultativas e informar al Centro, con el fin de ofrecer la respuesta educativa más ajustada a sus necesidades.

 

 

CAPÍTULO VIII: ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES

 

  1. Serán actividades voluntarias de los profesores
  2. Se realizaran las establecidas en la Programación General Anual (PGA), siempre bajo la tutela y vigilancia de un profesor o grupo de profesores, con la colaboración del resto de los profesionales.

 

 

 

 

  1. En las actividades extraescolares y complementarias programadas por el Centro, cada profesor-tutor se responsabilizará de sus alumnos, pues corresponde a cada profesor la decisión de participar en una determinada actividad.

 

En caso de que un profesor falte al centro el día en que esté programada una determinada actividad fuera del recinto escolar, si no hay ningún profesional que se responsabilice de los alumnos, éstos permanecerán en el Centro.

 

En el supuesto de que un profesor-tutor decida no participar en una actividad por razones justificadas, si algún profesional se responsabiliza de sus alumnos, éstos asistirán a dicha actividad bajo la responsabilidad de este último. En caso contrario permanecerán en el Centro.

 

Si un profesor está dado de baja y sus alumnos se encuentran repartidos, éstos serán considerados por ese tiempo, y a todos los efectos, alumnos del grupo clase donde se encuentran repartidos.

 

Los alumnos, que por uno u otro motivo, se queden en el Centro, serán atendidos por aquellos profesores que no participan en la actividad.

  1. Los profesionales del Centro, cuando lo estimen conveniente, podrán solicitar la colaboración de los padres en aras del mejor aprovechamiento de la actividad.
  2. Los docentes que no tienen asignada aula colaborarán, cuando haya necesidad, en estas actividades. Esta colaboración se entenderá en función de las necesidades que surja en cada caso, a saber:
    1. En el Centro, con los alumnos que quedan.
    2. En las salidas, ayudando a los grupos que más lo necesiten.
    3. Los Técnicos Especialistas III que asistan a estas actividades lo harán en función del número y tipo de alumnos que participen en las mismas.
    4. Las actividades extraescolares y complementarias serán consideradas voluntarias para los alumnos.
    5. Los alumnos que participen en estas actividades deberán aportar siempre la autorización de padre/madre/tutor o persona responsable.
    6. En el caso de no asistir, serán debidamente atendidos en el Centro.

 

 

 

 

  1. El personal del Centro no estará obligado a asistir a las actividades extraescolares y complementarias cuando se realicen fuera del horario escolar. Se contará con la participación voluntaria,  en caso de asistencia podrán computarse como horas de exclusiva, sin perjuicio de las dedicadas al Claustro.

 

 

CAPÍTULO IX: NORMAS COMUNES DE CONVIVENCIA GENERAL PARA TODO EL PERSONAL DEL CENTRO

 

  1. Según la LEY 5/2002, Artículo 33, de 27 de junio no se puede fumar en el recinto escolar.
  2. Siempre que una persona tenga que ausentarse del Colegio, por causa justificada, se lo comunicará al Director/a o Jefe de Estudios, rellenando el impreso correspondiente. Cuando se reincorpore, se adjuntará el justificante, entregándoselo al Director/a o Jefe de Estudios.

En caso de improviso, lo pondrá en conocimiento del Centro lo antes posible y cuando se reincorpore cumplimentará el impreso, acompañándolo, a ser posible, del justificante. Si no es así, el mismo impreso rellenado por el profesor servirá como tal.

  1. El personal laboral utilizará el mismo procedimiento expuesto anteriormente para el profesorado, dependiendo, a todos los efectos, del Director o Directora.
  2. Cualquier profesional que asista a reuniones fuera del horario escolar, ya sea órganos colegiados, reuniones con padres y otras actividades que se consideren de interés para el Centro, podrán computarse como horas de exclusiva, sin perjuicio de las dedicadas a claustros.
  3. Todo el personal del Centro podrá hacer uso del material y dependencias del mismo, respetándolo y cuidándolo.
  4. El expediente personal del alumno, en su totalidad, debe estar en los archivos de Secretaría. Cada profesional puede disponer de los documentos que necesite, con el compromiso de utilizarlo con carácter confidencial. Al finalizar el curso, se cuidará que los documentos de cada alumno se reintegren a su carpeta para ser utilizado en el siguiente curso.

 

 

 

 

 

 

  1. Los problemas de conducta de cada alumno serán estudiados individualmente. El tutor lo planteará en reunión de ciclo en presencia del Orientador y Jefe de Estudios. En caso de considerarse oportuno, se recabará información de la persona, personas u organismos que se considere conveniente. El caso se tratará en el Departamento de Orientación, remitiéndose, si se estima conveniente, al Claustro y/o Consejo Escolar.
  2. En caso de accidente escolar, el personal que esté con el alumno se lo comunicará a la Enfermera del Centro, quien lo atenderá o trasladará al Centro médico correspondiente. En ausencia de la Enfermera, se le comunicará al Director o Directora del Centro, que se encargará de realizar los trámites oportunos.

 

  1. La administración de la medicación al alumno corresponde a la Enfermera del Centro, previa prescripción facultativa autorizada y aportada por los padres.

En ausencia de la Enfermera, la persona que esté responsabilizada del niño en ese momento lo comunicará al Equipo Directivo para que arbitre las medidas pertinentes para impartir la medicación.

  1. En las salidas (actividades complementarias y extraescolares) la Enfermera se encargará de organizar y administrar (si es posible) la medicación que deben tomar los niños. Asimismo, preparará un botiquín de urgencias para realizar pequeñas curas de heridas que puedan producirse.
  2. En el horario de comedor escolar las puertas de acceso al Centro permanecerán cerradas.
  3. Si una o varias rutas acceden al Centro después de la hora de salida, los alumnos estarán recogidos en el Centro, acompañados por profesores y Técnicos Especialistas III.
  4. Se procurará que los alumnos estén debidamente aseados a la salida y durante la jornada escolar.
  5. Sólo se podrá utilizar el teléfono del Centro para llamadas relacionadas con el mismo y, casos particulares, para urgencias.
  6. No se pasarán llamadas telefónicas al personal durante el período lectivo de los alumnos, excepto casos urgentes.
  7. Se utilizará la fotocopiadora exclusivamente para las necesidades del Centro y de forma racional, dada su escasa capacidad de reproducción.

 

 

 

 

  1. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 5/2002 de 27 de junio (B.O.C.M. 8 de julio de 2002) se prohíbe vender y distribuir tabaco y bebidas alcohólicas en todos los Centros escolares.
  2. Todos los profesionales del Centro estarán obligados a guardar reserva de la información recogida de los alumnos, según el Art. 18 del R. D. 732/1995, de 5 de mayo, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS Y LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DE LOS CENTROS (Boletín Oficial del Estado de 2-6-1995).

 

 

CAPÍTULO X: SERVICIOS COMPLEMENTARIOS

        

TRANSPORTE ESCOLAR

  1. Está integrado por 4 rutas: 1 normal y 3 adaptadas para alumnos motóricos. Tanto los vehículos como los conductores deben reunir las condiciones específicas que garanticen la seguridad de los usuarios.
  2. Las empresas de transporte deberán cumplir con el servicio, comunicando con antelación cualquier variación que pueda ocurrir.

 

  1. En caso de llegar a la parada del Centro antes de la hora establecida, deberán mantener a los alumnos en el vehículo hasta la hora de entrada en el Centro.
  2. Los padres deberán autorizar el uso del transporte escolar al comienzo de cada curso.
  3. Cualquier incidente o accidente que ocurra durante el tiempo que dure el transporte será responsabilidad de la propia empresa de transporte.
  4. Se controlará, desde el Centro, la puntualidad de las rutas. En caso de grave incumplimiento se tratará el tema en Consejo Escolar, quien informará a la Dirección de Área Territorial y tomará las medidas oportunas.
  5. Los monitores de ruta asignarán y harán respetar a los alumnos sus asientos correspondientes, procurando que aquellos alumnos que provoquen más conflicto se sitúen separados.

 

 

 

 

COMEDOR ESCOLAR

 

  1. HORARIO
  • El horario será de 13:30 a 15 horas.
  • Los alumnos con dificultades, que necesiten comida asistida, pasarán al comedor con antelación para que puedan ser debidamente atendidos por los vigilantes, monitores de la empresa y los Técnicos Especialistas III.

 

  1. PLANTILLA
  • La plantilla del comedor está compuesta por:
  1. Monitores contratados por la empresa.
  2. Técnicos Especialistas III.
  3. Cocinera a tiempo completo
  4. Enfermera

 

  1. ORGANIZACIÓN DE LOS ALUMNOS
  • Alumnos con comida asistida
  1. Se les pasará con antelación al comedor para darles de comer individualmente, o de 2 en 2, según los casos.
  2. Una vez que han comido, se les efectuarán los cambios y pasarán a una sala, en la que serán atendidos por los cuidadores.
  • Alumnos semiautónomos o autónomos
  1. Asistirán al comedor acompañados por sus profesores.
  2. Serán agrupados en mesas de 6 para ser atendidos por los monitores y Técnicos Especialistas III.
  3. Cada monitor atenderá 2 mesas, siendo sus tareas fundamentales dar y ayudar a comer, enseñar a utilizar los cubiertos y la adquisición de hábitos sociales.
  4. La ayudante y monitores de comedor servirán y retirarán los servicios.
  5. Finalizada la comida, los alumnos saldrán al patio; en el caso de quedar alguno, será atendido hasta que finalice su comida.
  6. Se establecerán zonas en el patio para que puedan ser atendidos y vigilados debidamente. Si el tiempo no lo permitiera, los alumnos pasarán a la sala de video y gimnasio, donde permanecerán hasta la hora de comienzo de la jornada vespertina.

 

 

  1. Se organizarán juegos y actividades diversas.
  2. La organización general del comedor la realizará el encargado/a del mismo.

 

  1. MENÚ
  • La empresa o contrata de comedor es tiene la denominación mercantil de ARAMARK.
  • El menú de cada mes se les facilitará previamente a las familias.
  • El menú diario sólo se podrá cambiar si, por algún motivo, el alumno se sintiera indispuesto durante la jornada escolar.
  • En casos muy excepcionales, por problemas médicos, se podrán admitir comidas preparadas en sus casas. A estos alumnos se les administrará, exclusivamente, la comida elaborada por sus padres.

 

 

 

CAPÍTULO XI: MODIFICACIÓN, PUBLICACIÓN Y VIGENCIA

 

Artículo 1.- El presente Reglamento de Régimen Interior podrá ser modificado por el Consejo Escolar a propuesta del claustro de profesores, Asociación de madres y padres de alumnos y Asociación de alumnos, si existe, cuando las circunstancias así lo aconsejen.

Artículo 2.- Una vez aprobado por el Consejo Escolar, la dirección del Centro procederá a su publicación y distribución entre todos los miembros de la comunidad educativa en el tablón de anuncios del Centro.

Artículo 3.- Este Reglamento de Régimen Interior entrará en vigor a los cinco días naturales de su distribución entre todos los miembros de la comunidad escolar.

 

 

NORMATIVA REGULADORA BÁSICA PARA LA ELABORACIÓN DEL R.R.I.

 

L.O.D.E: Ley Orgánica 8/1985 de 3 de julio (B.O.E. 4-7-1985)

L.O.G.S.E.: Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (B.O.E. 4 de octubre de 1990)

L.O.P.E.G.C.E.: Ley Orgánica 9/1995 de 20 de noviembre (B.O.E.: 21-11-1995)

 

 

 

 

R.D.: 82/1996 de 26 de enero por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria (B.O.E.: 20-2-1996).

R.D.: 732/1995 de 5 de mayo por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia de los Centros (B.O.E.: 2-6-1995).

Decreto: 136/2002, de 25 de julio, por el que se establece el marco regulador de las normas de convivencia de los centros docentes de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M. 8-8-200-, corrección de errores B.O.C.M. de 16-8-2002)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

5. BIBLIOGRAFÍA

 

  • L.O.D.E: Ley Orgánica 8/1985 de 3 de julio (B.O.E. 4-7-1985)
  • L.O.G.S.E.: Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (B.O.E. 4 de octubre de 1990)
  • L.O.P.E.G.C.E.: Ley Orgánica 9/1995 de 20 de noviembre (B.O.E.: 21-11-1995)
  • L.O.C.E.: Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación (B.O.E. de 24 de diciembre de 2002)
  • Programación General Anual del C.E.E. “Severo Ochoa” de Alcorcón

 

 

 

 

 

 

 

 



[1] Garantía Social

[2] Ciclo Formativo de Grado Medio

[3] Ciclo Formativo de Grado Superior