BECAS COMEDOR 2022-2023
ASUNTO : PRECIO REDUCIDO COMEDOR ESCOLAR CURSO 2022/2023
Buenos días,
Se adjunta el modelo de solicitud para el precio reducido de comedor del curso 22-23.
El impreso de solicitud deberá ser cumplimentado y firmado por todas las familias que quieran que se les aplique un precio reducido de comedor escolar por reunir los requisitos de alguna de sus modalidades y enviado a la secretaria del colegio al correo secretaria.cp.santateresa.moraleja@educa.madrid.org ANTES DEL 29 DE JULIO (debe ser firmado por todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad, en caso de unidades familiares monoparentales sólo firmará el padre o madre que tenga la custodia del menor)
Las modalidades son las siguientes:
Modalidades en las que se pueden realizar consulta de datos si todos los miembros de la unidad familiar autorizan la consulta:
· Renta per cápita inferior a 4.260 euros (ejercicio 2020).
· Renta Mínima de Inserción.
Modalidades en las que no se pueden consultar datos, se deberá entregar documentación:
· Ingreso Mínimo Vital procedente de RMI. Resolución de la Consejería de Políticas Sociales por la que se le extingue la RMI por haber pasado a ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.
· Ingreso Mínimo Vital por renta. Resolución o certificado que uno o ambos progenitores son beneficiarios del IMV. No se podrá solicitar si lo que se percibe es únicamente la asignación económica por hijo menor a cargo o complemento de ayuda para la infancia. Para ello deberá aportarse el certificado de renta de la AEAT del ejercicio 2020 y los ingresos percibidos por IMV del mismo ejercicio.
· Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Documento acreditativo actualizado de prestar servicios en la Comunidad de Madrid. (Sólo Guardia Civil y Policía Nacional). Por razones de seguridad no hace falta que conste su destino, sólo que presta servicio en la Comunidad de Madrid.
· Acogimiento Familiar. Resolución judicial del acogimiento o certificado de la Comisión de Tutela del Menor que acredite que se encuentra en situación de acogimiento familiar.
· Víctima del Terrorismo. Resolución del Ministerio del Interior que acredite la condición de víctima del terrorismo del padre, madre o tutor, hermanos o el propio solicitante y siempre que, como consecuencia de un acto terrorista, se deriven daños personales de especial trascendencia o que les incapaciten totalmente para el trabajo habitual.
· Violencia de Género. Orden de protección o cualquier otro de los medios previstos en el artículo 31 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.
· Protección Internacional. Resolución del Ministerio del Interior que reconozca esta condición en cualquiera de sus modalidades.