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BECAS COMEDOR 2022-2023

ASUNTO : PRECIO REDUCIDO COMEDOR ESCOLAR CURSO 2022/2023

Buenos días,

Se adjunta el modelo de solicitud para el precio reducido de comedor del curso 22-23.

 El impreso de solicitud deberá ser cumplimentado y firmado por todas las familias que quieran que se les aplique un precio reducido de comedor escolar por reunir los requisitos de alguna de sus modalidades y enviado a la secretaria del colegio al correo secretaria.cp.santateresa.moraleja@educa.madrid.org  ANTES DEL 29 DE JULIO (debe ser firmado por todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad, en caso de unidades familiares monoparentales sólo firmará el padre o madre que tenga la custodia del menor)

 Las modalidades son las siguientes:

 Modalidades en las que se pueden realizar consulta de datos si todos los miembros de la unidad familiar autorizan la consulta:

·       Renta per cápita inferior a 4.260 euros (ejercicio 2020).

·       Renta Mínima de Inserción.

Modalidades en las que no se pueden consultar datos, se deberá entregar documentación:

·       Ingreso Mínimo Vital procedente de RMI. Resolución de la Consejería de Políticas Sociales por la que se le extingue la RMI por haber pasado a ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.

·       Ingreso Mínimo Vital por renta. Resolución o certificado que uno o ambos progenitores son beneficiarios del IMV. No se podrá solicitar si lo que se percibe es únicamente la asignación económica por hijo menor a cargo o complemento de ayuda para la infancia. Para ello deberá aportarse el certificado de renta de la AEAT del ejercicio 2020 y los ingresos percibidos por IMV del mismo ejercicio.

·       Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Documento acreditativo actualizado de prestar servicios en la Comunidad de Madrid. (Sólo Guardia Civil y Policía Nacional). Por razones de seguridad no hace falta que conste su destino, sólo que presta servicio en la Comunidad de Madrid.

·       Acogimiento Familiar. Resolución judicial del acogimiento o certificado de la Comisión de Tutela del Menor que acredite que se encuentra en situación de acogimiento familiar.

·       Víctima del Terrorismo.  Resolución del Ministerio del Interior que acredite la condición de víctima del terrorismo del padre, madre o tutor, hermanos o el propio solicitante y siempre que, como consecuencia de un acto terrorista, se deriven daños personales de especial trascendencia o que les incapaciten totalmente para el trabajo habitual.

·       Violencia de Género. Orden de protección o cualquier otro de los medios previstos en el artículo 31 de la Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.

·       Protección Internacional. Resolución del Ministerio del Interior que reconozca esta condición en cualquiera de sus modalidades.