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Normativa Normativa

Presentación de candidaturas Presentación de candidaturas

IMPORTANTE: Plazo hasta el 5 de noviembre

Calendario Calendario

Censo de padres y madres Censo de padres y madres

NOTA: Ampliar el pdf para poder ver las iniciales y las últimas letras del DNI

Elecciones al Consejo Escolar Elecciones al Consejo Escolar

INFORMACIÓN SOBRE ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE PADRES/MADRES PARA EL CONSEJO ESCOLAR

 

Según el REAL DECRETO 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria (BOE de 20 de febrero), y en virtud de lo dispuesto en la ORDEN Ministerial de 28 de febrero de 1996 por la que se regula la elección de los Consejos Escolares y órganos unipersonales de gobierno de los Centros públicos de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria se constituye LA JUNTA ELECTORAL el día 29 de octubre y se procede a convocar Elecciones al Consejo Escolar.

Consideraciones sobre la elección de representantes de padres/madres de alumnos/as al Consejo Escolar:

1.       El CENSO ELECTORAL de los padres/madres de alumnos/as, aprobado por la Junta Electoral y debido a las medidas de prevención COVID19, se expone en la página web del Centro y del AMPA, desde el 30 de octubre. Es un documento cifrado en el que aparecen iniciales de apellidos, nombre y los cuatro últimos dígitos con la letra del DNI/NIF/NIE.

2.       Pueden presentarse CANDIDATOS/AS todos los padres/madres de alumnos/as matriculados /as en el colegio, que manifiesten su deseo de asumir la representación del sector. Para ello, rellenarán el impreso que se descargará de la página web del centro desde el día 30 de octubre hasta el 5 de noviembre y lo presentarán a través del correo electrónico del centro o en secretaría. Las asociaciones de padres de alumnos pueden presentar candidaturas diferenciadas para la elección de su representante en el Consejo Escolar.

3.       Las CANDIDATURAS serán proclamadas y publicadas en la página web del Centro a partir del 6 de noviembre una vez resueltas las posibles reclamaciones al Censo Electoral elevando este a definitivo.

4.       Las votaciones se realizarán el día 17 de noviembre con el horario siguiente: desde las 9:15 horas hasta las 10:00 horas y desde las 12:45 horas hasta las 13:45 horas. Se colocará una urna en el porche de la entrada principal, calle Santiago Rusiñol. Se arbitra la modalidad de voto por correo de la forma siguiente: Se enviará con los alumnos un sobre con las papeletas de candidatos. De la misma forma el alumno vuelve con el sobre cerrado con la votación. La fotocopia del DNI/NIF/NIE que certifique al padre/madre o tutor como votante del censo electoral se adjuntará fuera del sobre para garantizar que el voto es secreto. El mismo niño/a puede colocar el sobre en la urna. Se garantiza la privacidad de los datos y que tales documentos serán destruidos una vez comprobada la identidad. Con esta medida se pretende fomentar la participación y, sobre todo evitar afluencia y acumulación de votantes en el recinto, siempre con el fin de evitar posibles contagios.

5.       El voto será directo, secreto y no delegable. Cada elector deberá marcar máximo dos candidatos. Se acreditará la personalidad con la presentación del DNI/NIF/NIE.

6.       La proclamación de candidatos electos se llevará a efecto el día 13 de noviembre.

7.       La JUNTA ELECTORAL del Centro, resolverá cualquier duda, consulta o reclamación que pudiera surgir.

 

En Aranjuez, a 29 de octubre de 2020

LA DIRECTORA

 

Mª Montserrat Martínez del Río

 

Consejo Escolar Consejo Escolar

Es el órgano representativo de los diferentes sectores de la comunidad educativa. Su estructura y funcionamiento se inspira en una concepción participativa en la vida escolar tanto en su organización como en su funcionamiento atendiendo a los principios democráticos de convivencia.

Su composición, elección de componentes, nombramiento y competencias, están regulados por el Real Decreto 82/1.996, de 26 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de E. Infantil y de los Colegios de E. Primaria (B.O.E. de 20 de febrero) y actualizado en los artículos 126 y 127 de la LOMLOE.

Miembros que componen el Consejo Escolar:

  • El Director del centro, que es su Presidente.
  • El Jefe de Estudios.
  • Cinco Profesores elegidos por el claustro.
  • Cinco Representantes de las Familias de los Alumnos del Centro. Uno de ellos designado por la Asociación de Madres y Padres del centro.
  • Un Representante del Personal de Administración y Servicios del Centro.
  • El Secretario del Centro, que actuará como Secretario del Consejo Escolar, con voz pero sin voto.