Consejo Escolar
Es el órgano representativo de los diferentes sectores de la comunidad educativa. Su estructura y funcionamiento se inspira en una concepción participativa en la vida escolar tanto en su organización como en su funcionamiento atendiendo a los principios democráticos de convivencia.
Su composición, elección de componentes, nombramiento y competencias, están regulados por el Real Decreto 82/1.996, de 26 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de E. Infantil y de los Colegios de E. Primaria (B.O.E. de 20 de febrero) y actualizado en los artículos 126 y 127 de la LOMLOE.
Miembros que componen el Consejo Escolar:
- El Director del centro, que es su Presidente.
- El Jefe de Estudios.
- Cinco Profesores elegidos por el claustro.
- Cinco Representantes de las Familias de los Alumnos del Centro. Uno de ellos designado por la Asociación de Madres y Padres del centro.
- Un Representante del Personal de Administración y Servicios del Centro.
- El Secretario del Centro, que actuará como Secretario del Consejo Escolar, con voz pero sin voto.