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RESUMEN DE LA JORNADA DE PUERTAS ABIERTAS RESUMEN DE LA JORNADA DE PUERTAS ABIERTAS

SI TE HAS PERDIDO NUESTRA JORNADA, AQUÍ TIENES UN PEQUEÑO RESUMEN

Pinchando sobre la imagen puede acceder al documento en PDF que muestra los puntos más relevantes que hemos tratado en nuestra jornada de puertas abiertas.

PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS PARA EL CURSO 2024/2025 PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS PARA EL CURSO 2024/2025

PROCESO DE ADMISIÓN DE ALUMNOS PARA EL CURSO 2024/2025

La información general sobre el proceso de admisión para el curso 2024/2025 (normativa, baremo, critetrios de admisión, procedimiento, etc.) se puede consultar en la página web de e la Comunidad de madrid: https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/solicita-tu-admision-educacion-infantil-obligatoria-bachillerato (podéis pinchar directamente aquí para acceder)

Podéis encontrar un resumen de la información recogida en la anterior web pinchando aquí.

Pinchando sobre la imagen superior podéis dar un pequeño paseo virtual por el centro

El miércoles 20 de marzo estaremos encantados de enseñaros nuestras instalaciones, hablar de nuestro trabajo y tratar de resolver todas las dudas que nos queráis tranmitir. Además, en esta misma página de inicio de nuestra web (a la derecha de esta información si estás usando un ordenador y haciendo scroll hacia abajo si estás usando un teléfono móvil o dispositivo similar) podrás encontrar un par de vídeos que os facilitarán conocer algo mejor nuestro centro, uno preparado por el Equipo de Infantil que os presenta las aulas, su labor y algunas de las actividades y otro vídeo que os facilitará dar un pequeño paseo virtual por nuestro centro (es al que también podéis acceder pinchando sobre la imagen amarilla superior).

Las fechas y plazos más relevantes en el proceso son las siguientes:

Del 3 al 16 de abril: Plazo de presentación de solicitudes para el proceso ordinario de admisión.

23 de abril: Publicación del listado provisional de alumnos solicitantes.

24, 25 y 26 de abril: Plazo de reclamación al listado de alumnos solicitantes.

7 de mayo: Publicación de los listados provisionales de puntuación. 

8, 9 y 10 de mayo: Plazo para formular reclamaciones a la lista provisional de puntuaciones.

20 de mayo: Publicación del listado definitivo de puntuaciones.

31 de mayo: Publicación de listas de admitidos en cada centro.

4, 5 y 6 de junio. Plazo voluntario par realizar solicitud complementaria ante el SAE: exclusivamente para alumnos que han participado en el proceso de admisión y, tras su resolución, carecen de plaza escolar para el curso 2024/2025.

Del 13 al 28 de junio: Plazo de matriculación en los centros de Educación Infantil, Primaria y Especial.

Datos de contacto Datos de contacto

Horarios del centro

horarioHorario escolar :

  • De octubre a mayo : de 9h a 14h
  • Septiembre y junio : de 9h a 13h

Secretaria : 

Imprescindible solicitar cita previa a través del correo electrónico.

  • Septiembre y junio:
    • Lunes, miércoles y viernes de 9h a 10h
    • Martes y jueves de 9h a 13:00h
  • De octubre a mayo:
    • Lunes, miércoles y viernes de 9h a 10h
    • Martes y jueves de 9h a 16:30 h

Dirección :

Imprescindible solicitar cita previa a través del correo electrónico.

  • Lunes, martes, miércoles y viernes de 9:00h a 10:00h 

Jefatura de Estudios :

Imprescindible solicitar cita previa a través del correo electrónico.

  • De lunes a viernes de 9:00h a 10:00h 

PLAN DIGITAL DE CENTRO PLAN DIGITAL DE CENTRO

PLAN DIGITAL DE CENTRO

PLAN DIGITAL DE CENTRO

La justificación del presente Plan de Digitalización de Centro se dimensiona en diferentes organizaciones administrativas a las cuales estamos sujetos.

 

En primer lugar, mirando hacia la Unión Europa, el Plan de Digitalización de Centro se encaja dentro del marco DigComOrg. El Marco Europeo para Organizaciones Educativas Digitalmente Competentes (DigCompOrg) fue publicado por el JRC IPTS -Institute for Prospective Technological Studies (IPTS) European Commission's Joint Research Centre (JRC)- en diciembre de 2015.

 

El marco DigCompOrg tiene siete elementos clave y 15 subelementos que son comunes a todos los sectores educativos. Se convierte por tanto en un marco de referencia para todos los centros educativos de la Unión Europea.

 

Las tecnologías de aprendizaje digital, en el contexto de DigCompOrg, constituyen un habilitador clave para las organizaciones educativas: pueden respaldar sus esfuerzos para lograr su misión y visión particulares para una educación de calidad. La integración profunda, a diferencia de la superficial, de las tecnologías digitales requiere una importante innovación educativa e implica un proceso de planificación del cambio en tres dimensiones básicas: pedagógica, tecnológica y organizativa.

 

DigCompOrg proporciona un marco conceptual integral y genérico que refleja todos los aspectos del proceso de integración sistemática del aprendizaje digital en organizaciones educativas de todos los sectores educativos. Es adaptable a los contextos particulares dentro de los cuales operan las organizaciones educativas, los intermediarios o los desarrolladores de proyectos.

 

Los propósitos principales de DigCompOrg son por un lado fomentar la autorreflexión y la autoevaluación dentro de las organizaciones educativas a medida que profundizan progresivamente su compromiso con el aprendizaje y las pedagogías digitales y, por otro, permitir a los responsables políticos (a nivel local, regional, nacional e internacional) diseñar, implementar y evaluar programas, proyectos e intervenciones políticas para la integración de tecnologías de aprendizaje digital en sistemas de Educación y Formación.

 

DigCompOrg está diseñado para centrarse principalmente en la enseñanza, el aprendizaje, la evaluación y las actividades de apoyo al aprendizaje realizadas por una organización educativa determinada. Como tal, no pretende abordar la gama completa de sistemas de información administrativos y de gestión que pueden estar en uso dentro de la organización.

 

DigCompOrg incluye elementos, subelementos y descriptores que pueden considerarse vinculados a las responsabilidades de la organización, como pueden ser las infraestructuras,  o a las responsabilidades individuales tales como prácticas de enseñanza y aprendizaje. Esto refleja el hecho de que una organización educativa digitalmente competente necesita una combinación equilibrada de liderazgo y gobernanza sólidos (para la visión y las estrategias de arriba hacia abajo) y personal y partes interesadas capaces de asumir la responsabilidad personal (para iniciativas y esfuerzos de abajo hacia arriba).

 

 

 

Ya en el plano nacional la justificación del Plan Digital docente la encontramos en la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, publicada en el boletín oficial de 30 de diciembre de 2020.

 

En el preámbulo de esta ley  se establece que la generalización de las tecnologías de información y comunicación en múltiples aspectos de la vida cotidiana ha acelerado cambios profundos en la comprensión de la realidad y en la manera de comprometerse y participar en ella, en las capacidades para construir la propia personalidad y aprender a lo largo de la vida, en la cultura y en la convivencia democráticas, entre otros. Este cambio de enfoque requiere de una comprensión integral del impacto personal y social de la tecnología, de cómo este impacto es diferente en las mujeres y los hombres y una reflexión ética acerca de la relación entre tecnologías, personas, economía y medioambiente, que se desarrolle tanto en la competencia digital del alumnado como en la competencia digital docente. En consecuencia, se hace necesario que el sistema educativo dé respuesta a esta realidad social e incluya un enfoque de la competencia digital más moderno y amplio, acorde con las recomendaciones europeas relativas a las competencias clave para el aprendizaje permanente.”

 

Así mismo, redundando en dicho planteamiento, insiste en la necesidad de tener en cuenta el cambio digital que se está produciendo en nuestras sociedades y que forzosamente afecta a la actividad educativa. Entiende que el desarrollo de la competencia digital no supone solamente el dominio de los diferentes dispositivos y aplicaciones. Considera que El mundo digital es un nuevo hábitat en el que la infancia y la juventud viven cada vez más: en él aprenden, se relacionan, consumen, disfrutan de su tiempo libre. Con el objetivo de que el sistema educativo adopte el lugar que le corresponde en el cambio digital, se incluye la atención al desarrollo de la competencia digital de los y las estudiantes de todas las etapas educativas, tanto a través de contenidos específicos como en una perspectiva transversal, y haciendo hincapié en la brecha digital de género.

 

La adopción de estos enfoques tiene como objetivo último reforzar la equidad y la capacidad inclusiva del sistema, cuyo principal eje vertebrador es la educación comprensiva. Con ello se hace efectivo el derecho a la educación inclusiva como derecho humano para todas las personas, reconocido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por España en 2008, para que este derecho llegue a aquellas personas en situación de mayor vulnerabilidad.

 

Dentro de los fines de la ley actual se encuentra, entre otros, la capacitación para garantizar la plena inserción del alumnado en la sociedad digital y el aprendizaje de un uso seguro de los medios digitales. Es por esto último por lo que la ley incluye también una disposición final que modifica y adapta al contexto educativo la recientemente aprobada Ley Orgánica 3/ 2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

 

En cuanto a la actualización y formación permanente del profesorado se establece en el artículo 102 que las administraciones educativas promoverán la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación y la formación  en digitalización de todo el profesorado, independientemente de su especialidad, estableciendo programas específicos de formación en estos ámbitos. Así mismo establece que a dichas administraciones igualmente les corresponde fomentar programas de investigación e innovación, impulsando el trabajo colaborativo y las redes profesionales y de centros para el fomento de la formación, la autoevaluación y la mejora de la actividad docente.

 

El artículo 111 bis hace referencia a las Tecnologías de la Información y la Comunicación, objeto básico de nuestro Plan.

 

Establece en primer lugar la necesaria cooperación y colaboración entre las distintas administraciones educativas para garantizar la interoperabilidad entre los distintos sistemas utilizados por las mismas. Para tal fin se determinarán las especificaciones necesarias que propicien la mencionada interoperabilidad

 

Se estable, en segundo lugar, que los entornos virtuales de aprendizaje que se empleen en los centros docentes sostenidos con fondos públicos facilitarán la aplicación de planes educativos específicos diseñados por los docentes para la consecución de objetivos concretos del currículo, y deberán contribuir a la extensión del concepto de aula en el tiempo y en el espacio. Por ello tendrá que, respetando los estándares de interoperabilidad, permitir a los alumnos y alumnas el acceso, desde cualquier sitio y en cualquier momento, a los entornos de aprendizaje disponibles en los centros docentes en los que estudien, con pleno respeto a lo dispuesto en la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual, privacidad y protección de datos personales. Así mismo promoverán los principios de accesibilidad universal y diseño para todas las personas, tanto en formatos y contenidos como en herramientas y entornos virtuales de aprendizaje.

 

Estable también que para garantizar cierta uniformidad el Ministerio de Educación impulsará, contando con las Comunidades Autónomas, la compatibilidad de los formatos que puedan ser soportados por las herramientas y entornos virtuales de aprendizaje en el ámbito de los contenidos educativos digitales públicos, con el objeto de facilitar su uso con independencia de la plataforma tecnológica en la que se alberguen.

 

El Ministerio de Educación, las Comunidades Autónomas   y los equipos directivos de los centros, en suma,  promoverán el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en el aula como medio didáctico apropiado y valioso para llevar a cabo las tareas de enseñanza y aprendizaje. Las Administraciones educativas deberán establecer las condiciones que hagan posible la eliminación en el ámbito escolar de las situaciones de riesgo derivadas de la inadecuada utilización de las TIC, con especial atención a las situaciones de violencia en la red. Se fomentará la confianza y seguridad en el uso de las tecnologías prestando especial atención a la desaparición de estereotipos de género que dificultan la adquisición de competencias digitales en condiciones de igualdad.

 

En este orden de cosas las Administraciones Educativas elaborarán conjuntamente  los marcos de referencia de la competencia digital que orienten la formación inicial y permanente del profesorado y faciliten el desarrollo de una cultura digital en los centros y en las aulas.

 

Por último en este artículo se vela porque todos los estudiantes tengan acceso a los recursos digitales necesarios, para garantizar el ejercicio del derecho a la educación de todos los niños y niñas en igualdad de condiciones.

 

En todo caso, las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y los recursos didácticos que se empleen, se ajustarán a la normativa reguladora de los servicios y sociedad de la información y de los derechos de propiedad intelectual, concienciando en el respeto de los derechos de terceros.

 

Todo lo anterior obliga a tener una estrategia digital de centro que dé respuesta a todo lo expuesto. Por ello la Ley establece en su articulado, en concreto en el artículo 121, que el proyecto educativo del centro recogerá la mencionada estrategia de acuerdo con lo establecido en el artículo 111 bis y que a su vez será concretada, según el artículo 125, al inicio de cada curso escolar en una programación general anual que recoja todos los aspectos relativos a la organización y funcionamiento del centro, incluidos los proyectos, el currículo, las normas, y todos los planes de actuación acordados y aprobados.

 

También hay que mencionar en esta justificación legislativa dos Resoluciones del Ministerio de Educación.

La Resolución de 10 de septiembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 21 de julio de 2021, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa para la mejora de la competencia digital educativa #CompDigEdu, en el ejercicio presupuestario 2021, en el marco del componente 19 «Plan Nacional de Capacidades Digitales» del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en la que se establece que los Planes Digitales de Centro son la herramienta para dar impulso a la competencia digital en los centros educativos. En dichos planes se deben recoger medidas que logren transformar los centros en organizaciones educativas digitalmente competentes.

 

Para la confección del Plan se recogen las siguientes fases:

1. Formación. Oferta y desarrollo de formación sobre competencia digital educativa dirigida a los agentes clave de los centros educativos.

2. Diagnóstico de la situación de los centros educativos en cuanto a la competencia digital.

3. Diseño. Orientaciones y acompañamiento para el desarrollo de los diferentes elementos del Plan Digital a partir de los resultados del informe.

4. Implementación y evaluación.

 

La segunda resolución a mencionar es la Resolución de 4 de mayo de 2022, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación, sobre la actualización del marco de referencia de la competencia digital docente. Esta Resolución actualiza lo legislado y da respuesta a lo establecido en el punto 6 del artículo 111 bis de LOE, modificada por la LOMLOE. Esta resolución pone al día el marco de referencia de la competencia digital que orienta la formación inicial y permanente del profesorado y facilita el desarrollo de una cultura digital en los centros y en las aulas.

Decreto 61/2022, de 13 de Julio - Comunidad de Madrid.

INSTRUCCIONES de las Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa, de 14 de julio de 2022, sobre comienzo del curso escolar 2022-2023 en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.

Todo lo expuesto ofrece el preceptivo marco normativo del Plan que, perteneciendo a esta P.G.A., se encuentra en elaboración a fecha de realización y aprobación de este documento. A pesar de que el #CompDigEdu del colegio ha entregado toda la información necesaria para su elaboración, tanto en los meses de julio y agosto como en este inicio de curso, aún no se ha entregado al centro por parte del ATD (la ATD que teníamos en verano dimitió y el nuevo empezó su labor en septiembre) el borrador completo del Plan Digital con la información procesada. Es por ello por lo que dejamos aquí los principales objetivos que ya estamos trabajando y más adelante, cuando esté finalizado, se anexará a esta P.G.A. el Plan Digital completo.

Los objetivos son:

1- Mejorar la competencia digital docente.

2- Utilizar el portal Robles y Raíces para el seguimiento educativo del alumnado y comunicación con las familias.

3- Conocer la política de privacidad de los centros docentes de la Comunidad de Madrid.

4- Promover la internalización del centro dando a conocer los proyectos destinados a este fin.

5- Conocer las posibilidades del aula virtual de Educamadrid y las herramientas necesarias que faciliten la docencia a distancia.

6- Utilizar diversos entornos virtuales de aprendizajes (EVA) para mejorar la docencia en el aula.

7- Implementar, conocer y aplicar programas educativos de la CAM (smile and learn, Madread, aula planeta, Evalum, etc.)

8- Fomentar la creación de contenido educativo para su aplicación en el aula.

9- Conocer el Plan Digital de Centro y el Marco de Referencia de Competencia Digital Docente.

10- Identificar y manejar herramientas de Google Workspace a través de usuarios de EducaMadrid, atendiendo a las consideraciones generales de su uso educativo.

11-  Conocer herramientas necesarias que faciliten la docencia a distancia.

LA AVENTURA DE APRENDER LA AVENTURA DE APRENDER

El equipo de Educación Infantil os da la bienvenida

Pinchando sobre la foto podéis acceder a un vídeo que el Equipo de profesoras de Educación Infantil ha preparado con todo su cariño, tanto con el objetivo de mostrar parte de su labor, organización, espacios, materiales y actividades que desarrollan, como con la intención de daros una cálida bienvenida al centro.

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