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Bilingüismo en Secundaria

Cada instituto bilingüe organizará sus enseñanzas conforme a la vía Programa Bilingüe y a la vía Sección Bilingüe, cuyas características se determinan en los artículos 5 y 6 de la  ORDEN 972/2017, de 7 de abril

Tanto en la vía Programa Bilingüe como en la vía Sección Bilingüe las materias que se impartan en inglés seguirán el currículo de la Comunidad de Madrid establecido en el Decreto 48/2015, de 14 de mayo, del Consejo de Gobierno.

Artículo 5 .- Organización de las enseñanzas en la Vía Programa Bilingüe

1. Enseñanza de la materia Primera Lengua Extranjera: Inglés.

a) La materia Primera Lengua Extranjera: Inglés se impartirá los cinco días lectivos de la semana, a razón de una hora diaria.

b) Los centros podrán organizar grupos flexibles en la materia Primera Lengua Extranjera: Inglés, en función del grado de competencia comunicativa en lengua inglesa de los alumnos.

2. Enseñanzas de otras materias en inglés:

a) En el primer ciclo (1.o, 2.o y 3.o curso) se deberá impartir en inglés, al menos, una materia a elegir entre las siguientes:

1.o Materias específicas obligatorias.

2.o Tecnología, Programación y Robótica.

3.o Materias específicas opcionales o materias de libre configuración autonómica a las que se refiere el artículo 6.4 del Decreto 48/2015, de 14 de mayo, a excepción de las siguientes: Segunda Lengua Extranjera, Recuperación de Lengua, Recuperación de Matemáticas y Ampliación de Matemáticas: Resolución de Problemas.

b) En el cuarto curso se deberá impartir en inglés, al menos, una materia entre las siguientes:

1.o Materias específicas obligatorias.

2.o Materias específicas opcionales o materias de libre configuración autonómica a las que se refiere el artículo 7.5 del Decreto 48/2015, de 14 de mayo, a excepción de Segunda Lengua Extranjera.

c) También se podrán impartir en inglés las tutorías de los cuatro cursos de Educación Secundaria Obligatoria.

3. Cuando en la organización de las enseñanzas en la vía Programa Bilingüe, el centro determine que hay alumnos que no alcanzan el grado de competencia comunicativa necesaria para el aprendizaje de materias impartidas en inglés, el equipo directivo podrá organizar grupos de alumnos en esta vía sin impartir el mínimo de una materia en inglés a que se refiere el apartado 2.

En este supuesto, el director del centro justificará por escrito la petición a la Dirección General competente en la materia, quien deberá autorizarlo expresamente.

Artículo 6 .-. Organización de las enseñanzas en la Vía Sección Bilingüe

1. Enseñanza de la materia Primera Lengua Extranjera: Inglés: Se impartirá la materia Primera Lengua Extranjera: Inglés, los cinco días lectivos de la semana, a razón de una hora diaria.

Los contenidos de la materia Primera Lengua Extranjera: Inglés se adaptarán al currículo de "Inglés avanzado", regulado por la normativa a través de la cual se desarrollen los currículos de "Inglés avanzado" de primero, segundo, tercero y cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria en las Secciones bilingües de los institutos bilingües de la Comunidad de Madrid.

[Por Orden 2876/2018, de 27 de julio, de la Consejería de Educación e Investigación, se establece el currículo de inglés avanzado de Educación Secundaria Obligatoria en institutos y centros privados concertados bilingües español-inglés de la Comunidad de Madrid, y de Bachillerato, en institutos bilingües español-inglés de la Comunidad de Madrid]

2. Enseñanzas de otras materias en inglés: La enseñanza de la materia Primera Lengua Extranjera: Inglés, junto con la de las materias que se impartan en inglés, ocuparán, al menos, un tercio del horario lectivo semanal.

Los alumnos que cursen enseñanzas en Vía Sección Bilingüe podrán cursar todas las materias en inglés, a excepción de Matemáticas, Lengua Castellana y Literatura, Latín, Segunda Lengua Extranjera, Recuperación de Lengua, Recuperación de Matemáticas y Ampliación de Matemáticas: Resolución de Problemas.

Se impartirán en inglés las siguientes materias :

a) En primer y tercer curso las materias Biología y Geología y Geografía e Historia. En segundo y cuarto curso la materia Geografía e Historia.

b) En el cuarto curso, además de la materia Geografía e Historia, los centros asegurarán la enseñanza en inglés de otra materia que puede ser elegida entre:

1.o Materias troncales de opción, a excepción de Latín.

2.o Materias específicas obligatorias.

3.o Materias específicas opcionales o materias de libre configuración autonómica a las que se refiere el artículo 7.5 del Decreto 48/2015, de 14 de mayo, a excepción de Segunda Lengua Extranjera.

Se impartirá la tutoría en inglés en los cuatro cursos de la Educación Secundaria Obligatoria.

Normativa que rige los institutos Bilingües de la Comunidad de Madrid

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Bilingüismo en Infantil

 LA ORDEN 2126/2017, de 15 de junio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula la extensión del Programa Bilingüe español-inglés al segundo ciclo de Educación Infantil en los colegios públicos bilingües de Educación Infantil y Primaria de la Comunidad de Madrid.

  •  Organización de las enseñanzas

1. El número mínimo de sesiones en los que deberán impartirse las enseñanzas en inglés en los distintos cursos del segundo ciclo de Educación Infantil, serán los que se especifican a continuación:

─ Primer curso de Educación Infantil: al menos 3 sesiones semanales de 45 minutos.

─ Segundo curso de Educación Infantil: al menos 4 sesiones semanales de 45 minutos.

─ Tercer curso de Educación Infantil: al menos 5 sesiones semanales de 45 minutos.

Normativa que rige la Educación Infantil 

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Bilingüismo en Primaria

La enseñanza del inglés como lengua extranjera, junto con las áreas que se impartan en inglés, ocupará al menos el 30% del horario lectivo semanal siguiendo las siguientes indicaciones:


a) La enseñanza del área de Primera Lengua Extranjera: Inglés tendrá carácter instrumental en los colegios públicos bilingües en los que se ha implantado el Programa Bilingüe español-inglés y será la lengua vehicular para la adquisición de conocimientos en aquellas áreas que se impartan en dicho idioma.


b) Enseñanzas de otras áreas en inglés:
- Los alumnos de los colegios públicos bilingües español-inglés podráncursar en lengua inglesa todas las áreas del currículo de Educación
Primaria, a excepción de Matemáticas y Lengua Castellana y Literatura.
- Además del área de Primera Lengua Extranjera: Inglés, se impartirán en lengua inglesa, al menos, dos áreas más del currículo de la Educación Primaria, preferentemente, las áreas de Ciencias de la Naturaleza y de Ciencias Sociales.
- Todas las áreas que un centro haya decidido impartir en inglés se impartirán íntegramente en ese idioma a lo largo de todo el curso. No
obstante, con el fin de procurar la adquisición de la terminología básica de las áreas en ambas lenguas, cada centro determinará las estrategias adecuadas y diseñará los materiales y recursos didácticos necesarios, adaptados al perfil del alumnado.
- Las áreas que se impartan en inglés seguirán las directrices establecidas por el currículo establecido por el Decreto 89/2014, de 24 de julio, modificado por el Decreto 17/2018, de 20 de marzo.

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