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Reglamento de Régimen Interior

Reglamento de Régimen Interior Reglamento de Régimen Interior

(Extracto del Reglamento de Régimen Interior) 

Consideramos este REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR como el conjunto de normas que facilitan la convivencia dentro de esta Comunidad Educativa, así como una exposición de las competencias, derechos y deberes de cada uno de los estamentos que integran dicha Comunidad.

Los principios en que se fundamenta son:

1. Respeto a los principios democráticos de convivencia.
2. Respeto a la libertad de enseñanza de los profesores.
3. Respeto al derecho de todos los integrantes de la Comunidad Educativa a participar en el control y la gestión del Centro.

 

La educación de los hijos es responsabilidad de los padres. De ahí su derecho y obligación de participar en el trabajo del Centro en los términos legalmente establecidos, reforzando los valores promovidos por el Proyecto Educativo:

1. Todo padre tiene derecho a una completa información sobre los aspectos escolares referentes a sus hijos.

 

2. Los padres velarán por que sus hijos realicen en casa las tareas inacabadas, el estudio o los trabajos complementarios mandados por el profesor.

 

3. Los padres solicitarán con antelación la visita cuando deseen entrevistarse con el Tutor respetando los horarios establecidos. Sólo en caso de necesidad acudirán a otros profesores y siempre solicitando la posible entrevista a través del Tutor.

 

4. Los padres tienen el deber de justificar por escrito las ausencias de los alumnos. En los casos de faltas reiteradas sin justificación, se procederá según lo establecido en el R.D. de Derechos y Deberes de Alumnos pudiendo perderse el derecho a la evaluación continua.

5. Los alumnos que no puedan realizar Educación Física deberán aportar la justificación médica que lo determine.

Los alumnos que contraigan alguna enfermedad infecto-contagiosa o que se encuentren infectados por parásitos no deberán incorporarse al Centro hasta que desaparezca el riesgo de contagio.

 

6. Los alumnos acudirán al Centro aseados.

Para la clase de Educación Física, vendrán provistos de zapatillas deportivas, chandal y bolsa de aseo, y respetarán las normas de calzado para la utilización del gimnasio.

 

7. Los padres que acompañen a sus hijos al Colegio deberán abstenerse de pasar al recinto escolar para no interferir en el funcionamiento del Centro. Los padres de alumnos de Educación Infantil podrán recoger a sus hijos de acuerdo con los horarios y formas establecidos y comunicados en el comienzo de cada curso.

 

8. Si un alumno necesita salir del Centro durante la jornada escolar, deberá presentar al tutor correspondiente una nota firmada por los padres. El alumno deberá ser recogido en el Centro por el familiar autorizado. El Conserje o un miembro del Equipo Directivo serán los encargados de recoger al alumno en el aula y entregárselo al padre o madre que haya venido a buscarlo.

 

9. La Asociación de Padres de Alumnos podrá ponerse en contacto con las familias a través de comunicaciones distribuidas en el Centro a los alumnos con el visto bueno del Equipo Directivo.

10. Las personas responsables de las actividades extraescolares estarán facultadas para excluir de las mismas a quienes manifiesten un comportamiento indebido que ocasione molestias o perjuicios a los demás miembros del grupo o a instalaciones o materiales del Centro.

 

11. Las situaciones de conflicto entre profesores y padres individualmente deberán tratar de resolverse en primer lugar entre los propios implicados, interviniendo la Dirección u otras instancias sólo en caso de que no se llegue a acuerdos.

 

 

DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS

 

Los derechos y deberes de los alumnos vienen recogidos en el Decreto 136/2002 de 25 de julio, que establece las Normas de Convivencia en los Centros Docentes de la Comunidad de Madrid. De esta norma es conveniente resaltar, para que sean conocidos por todos los miembros de la Comunidad Educativa, los siguientes aspectos:

 

DERECHOS:

‘ A recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad.

‘ A que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas morales o ideológicas.

‘ A participar en el funcionamiento y en la vida del Centro, en la vida escolar y en la gestión de las mismas, en la medida que lo permite la ley y las edades de cada nivel.

‘ A reunirse en los Centros, para tratar los asuntos que les afecten, teniendo en cuenta el normal desarrollo de la actividad docente y siempre que la coordinación la lleve un profesor o coordinador designado por el Centro.

‘ A que su rendimiento sea valorado conforme a criterios de plena objetividad.

‘ A reclamar ante quién corresponda en aquellos casos en que se considere que se han lesionado sus derechos, siguiendo el cauce: cualquier profesor, tutor, Director

‘ A recibir orientación escolar para conseguir el máximo desarrollo personal, social y profesional, según sus capacidades, aspiraciones o intereses.

 

DEBERES:

‘ Dedicarse al estudio y formación de un modo responsable.

‘ Respetar las normas de convivencia.

‘ Respetar y utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones.

‘ Respetar a todos los miembros de la Comunidad Educativa.

‘Asistir a clase con puntualidad y con los materiales necesarios.

 

 

Respecto a los profesores:

1. Obedecer sus indicaciones y hacer caso de sus advertencias.

2. Dirigirse a ellos de forma respetuosa.

3. Exponer con sinceridad y buenos modales sus reclamaciones.

 

Respecto a los compañeros:

 

1. Respetar su dignidad, evitando burlas, insultos, discusiones violentas y peleas.

2. No apropiarse de las cosas ajenas, ni deteriorarlas.

3. Colaborar con ellos con espíritu de compañerismo.

4. Respetar el derecho de los compañeros al aprovechamiento de las clases, evitando actitudes y comportamientos que lo dificulten.

 

Respecto a las instalaciones y el equipamiento:

 

1. Respetar y contribuir al buen uso y mantenimiento del edificio, mobiliario y material del Centro.

2. Cuidar en todas las actividades el orden y la limpieza del Centro, manteniendo una actitud de respeto hacia el mismo.

3. Reparar los objetos deteriorados por uso inadecuado.

 

PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES

 

“Para conseguir el adecuado clima en el centro será de aplicación el Decreto 15/2007 de 19 de abril que establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid

Para que en el centro haya un buen clima de convivencia se respetarán las Normas de Conducta incluidas en el PLAN DE CONVIVENCIA del colegio, que serán de obligado cumplimiento para todos los alumnos”.