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Normas de conducta Normas de conducta

Normas de conducta

Normas de conducta

Los profesores del Centro ejercerán la autoridad sobre sus alumnos y tienen el derecho y el deber de hacer respetar las Normas de Conducta establecidas en el Centro y corregir aquellos comportamientos que sean contrarios a las mismas de conformidad con lo dispuesto en el Plan de Convivencia y en la normativa vigente.

Corresponde al profesor tutor valorar la justificación de las faltas de asistencia de sus alumnos, fomentar la participación de éstos en las actividades programadas dentro del Plan de Convivencia y mantener el necesario contacto con las familias a fin de que se cumplan los objetivos de dicho Plan, así como corresponde a todos los profesores en su conjunto el mantenimiento de un buen clima de convivencia y el conseguir que, por parte de los alumnos, se respeten y cumplan las siguientes “NORMAS DE CONDUCTA”:

1. Es obligatoria la asistencia a clase para todos los alumnos tanto de Educación Infantil como de Educación Primaria.Las faltas de asistencia deberán justificarse por escrito ante el profesor/tutor del alumno y se reflejarán en el boletín trimestral de información académica a las familias.

2. La asistencia a clase debe hacerse con puntualidad, respetando los horarios establecidos para las clases y otras actividades.Una vez cerrada la puerta de entrada, el alumno deberá pasar por secretaría acompañado por su padre/tutor o persona autorizada para justificar el retraso (posteriormente deberá justificar el retraso por escrito al tutor).

3. Los alumnos deberán asistir al colegio con una correcta higiene corporal y con un vestuario adecuado a las actividades que vaya a realizar.

4. Los alumnos, tanto en clase como fuera de ella, deberán mantener una actitud de respeto hacia sus compañeros no pudiendo emplear nunca ningún tipo de violencia física o verbal. En clase, cada alumno debe favorecer con su comportamiento, un clima adecuado para un correcto aprendizaje.

5. Queda prohibido traer al colegio y/o a cualquier actividad organizada por el colegio cualquier tipo de aparato o dispositivo electrónico (móviles, MP3, “Gameboy”, cámaras fotográficas, por ejemplo) y, en general, cualquier objeto o juego que pueda distraer al propio alumno o a sus compañeros en clase (el Centro no se hará responsable de las posibles pérdidas o deterioros originados por el incumplimiento de esta norma y, además, le podrá ser retirado el objeto por cualquier persona que trabaje en el Centro).Asimismo queda prohibido realizar fotos o grabar videos dentro del recinto escolar .

6. Queda prohibido en clase mascar chicle o similares así como comer y beber cualquier alimento o bebida salvo en el tiempo dedicado al desayuno durante el recreo.

7. Los alumnos quedan obligados a respetar a cualquier profesor, así como a acatar su autoridad y a obedecer, tanto en clase como en el resto del recinto escolar, las indicaciones que cualquier profesor le haga en uso de sus atribuciones. Los alumnos están obligados a prestas atención a las explicaciones el profesor.Este mismo respeto y obediencia deben tenerlo con el personal no docente.

8. Los alumnos deberán traer diariamente el material necesario para la correcta realización de las diferentes actividades. Una vez comenzadas las clases, no se recogerán a los adultos los materiales que no traigan los alumnos a la entrada al colegio, salvo los que necesiten forzosamente para desarrollar su actividad con normalidad: gafas, audífonos o similares.

9. Los alumnos deben respetar el mobiliario y los materiales comunes y serán responsables del mal uso que se dé a los mismos.

10. Los alumnos quedan obligados a cuidar y respetar las instalaciones del centro así como de éste en su conjunto y serán responsables del mal uso que se dé al mismo.
Los padres o representantes legales asumirán la responsabilidad civil que les corresponda en los términos previstos por la Ley (artículo 19 del Decreto 15/2007 de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid).

11. Queda prohibido permanecer en las aulas o en los pasillos sin la presencia de un profesor en los periodos de recreo o fuera del horario escolar.

12. Queda prohibido salir del aula sin permiso del profesor (incluso en los cambios de clase).

13. Queda prohibido para las entradas y salidas del centro utilizar puertas diferentes a la establecida.

14. Quedan prohibidas las palabras, gestos o comportamientos que puedan ofender a los demás.

15. Quedan prohibidos los juegos peligrosos.

16. Al toque de sirena los alumnos deben incorporarse inmediatamente al lugar destinado a su clase para formar filas, debiendo dejar en el acto la actividad que estuviera realizando.

17. Queda prohibido arrojar papeles, desperdicios u otros objetos en las aulas, pasillos, patios o por la ventana. Deben utilizarse las papeleras.

18. Los alumnos deben mantener una actitud correcta en todo el recinto escolar por lo que deben hablar en voz baja, evitar los gritos y carreras por los pasillos y evitar las discusiones y peleas tanto dentro como fuera del recinto escolar.

19. Queda prohibido subirse y saltar las vallas del colegio así como salir solos fuera del recinto escolar durante el tiempo en el que el alumno deba permanecer en el Centro.

20. Los alumnos no deben acercarse a las vallas exteriores y tienen prohibido hablar a través de ellas con personas que se encuentren fuera del colegio así como recoger de ellas cualquier objeto, material u alimento que las citadas personas les ofrezcan.Rogamos la máxima colaboración de las familias para poder cumplir esta norma que es fundamental para evitar que personas ajenas a la Comunidad Educativa entren en contacto con nuestros alumnos o les entreguen productos no deseados.

21. Las familias:

• Deben, cuando un alumno falte por causa justificada, comunicarlo al Centro ese mismo día por teléfono y justificar la falta por escrito al tutor cuando se incorpore a clase.
• Deben comunicar obligatoriamente, aportando certificado médico, al tutor de su hijo o hija cualquier incidencia médica que afecte al normal desarrollo de cualquier actividad lectiva sea de forma puntual o permanente.
• Deben recoger a sus hijos con puntualidad.
• Durante las horas lectivas tienen prohibida la entrada y permanencia en el centro (excepto para trámites en Secretaría o visitas al Equipo Directivo en los horarios previstos para ello), salvo que por escrito sean autorizados por algún profesor o por algún miembro del Equipo Directivo. Por lo tanto, no se permitirá la presencia de los padres en las filas junto a los alumnos ni tampoco en la entrada del colegio.

Además, los alumnos que hagan uso del comedor escolar deberán respetar las siguientes normas:

1. Se pasara al comedor con las manos limpias
2. No se tirara comida al suelo, ni se jugará con los alimentos.
3. Se comerá correctamente y la cantidad adecuada a la edad.
4. Se pedirá permiso para levantarse de la mesa.
5. No se sacará pan ni otros alimentos del comedor.
6. Se considera FALTA GRAVE el no tener el debido respeto a los cuidadores o compañeros.
7. Se tratará correctamente el mobiliario, así como la vajilla y los útiles de comer.
8. Durante la comida se hablará en voz baja entre los de la misma mesa, evitando ruidos con cubiertos, voces, gritos, etc.
9. Se recuerda a todos los padres y alumnos que el comedor es un servicio voluntario, por lo tanto, todos lo que incumplan las normas no podrán beneficiarse de dicho servicio.
10. Se comerá en el lugar designado por las personas responsables del comedor.
11. Durante el horario de comedor no se podrá ir a las clases ni a otras dependencias del centro que no sean utilizadas por este servicio.
12. Los alumnos no podrán traer balones, ni ningún tipo de juguetes para el recreo de comedor, el colegio no puede responsabilizarse de la pérdida o deterioro de los mismos.

Los padres deberán recoger a sus hijos en la puerta del colegio. Para que pueda recoger a sus hijos una persona distinta a los padres de forma habitual, deberán rellenar una autorización utilizando el modelo que les será entregado en Secretaría. Si algún día ocasionalmente viniera a recogerlos una persona distinta a la habitual, deberá comunicarse por escrito en Secretaría con antelación suficiente.

Es fundamental respetar los horarios y normas indicadas anteriormente para evitar problemas. LA REITERACIÓN EN EL INCUMPLIMIENTO DE LOS HORARIOS Y DE LAS NORMAS PUEDE DAR LUGAR A QUE EL ALUMNO O ALUMNA CAUSE BAJA EN EL COMEDOR.

FALTAS DE DISCIPLINA:

Los actos contrarios a las Normas de Convivencia que los alumnos realicen en el recinto escolar o durante la realización de actividades complementarias y extraescolares así como los que se realicen fuera del recinto escolar, pero que tengan su origen o estén directamente relacionados con la actividad escolar o afecten a los miembros de la Comunidad Educativa del Centro serán corregidos de la forma siguiente:

Faltas leves:

Tendrán la consideración de falta leve cualquier infracción a las normas de conducta reflejadas en este Plan de Convivencia, cuando, por su entidad, no pudiera llegar a considerarse falta grave o muy grave.
Las faltas leves se corregirán de forma inmediata con la imposición de alguna o algunas de las siguientes sanciones:

a. Amonestación verbal o por escrito por parte del profesor o tutor.
b. Expulsión de la sesión de clase con comparecencia inmediata ante la Jefe de Estudios oel Director.
c. Privación del tiempo del recreo quedando a cargo de un profesor.
d. La retirada del teléfono móvil o del aparato o dispositivo electrónico utilizado hasta la finalización de la jornada, debiendo ser recogido por sus padres el aparato en cuestión.
e. Realización de tareas de trabajos específicos en horario no lectivo.
f. Realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades del Centro.
g. Reponer los desperfectos materiales ocasionados por el mal uso. Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias del centro.
h. Cambio de grupo del alumno por un plazo máximo de una semana.
i. Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un plazo máximo de tres días. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción en el proceso formativo.

Faltas graves:

Tendrán la consideración de falta grave las siguientes:

a. Las faltas reiteradas de puntualidad o de asistencia a clase que, a juicio del tutor, no esté justificadas.
b. Las conductas que impidan o dificulten a otros compañeros el ejercicio del derecho al estudio.
c. Los actos de incorrección o desconsideración con los compañeros o con cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
d. Los actos de indisciplina o que perturben el normal funcionamiento del Centro.
e. Los daños causados en las instalaciones o el mobiliario del Centro.
f. Los causados en los bienes o pertenencias de cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
g. La incitación o estímulo a la realización de actos contrarios a las normas de convivencia.
h. Cualquier otra incorrección de igual gravedad que altere el normal desarrollo de la actividad escolar que no constituya falta muy grave.
i. La reiteración en un mismo trimestre de dos o más faltas leves.
j. El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta leve.

Las faltas graves se corregirán con la imposición de las siguientes sanciones:

a. Expulsión de clase con la comparecencia inmediata ante la Jefe de Estudios o el Director. La privación del juego en el recreo o cualquier otra medida similar de aplicación inmediata.
b. Realización de tareas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar los daños causados, o dirigidas a mejorar el entorno ambiental del centro. Prohibición temporal de participar en actividades extraescolares o complementarias del centro, por un período máximo de un mes.
c. Expulsión de determinadas clases por un plazo máximo de seis días lectivos.
d. Expulsión del centro por un plazo máximo de seis días lectivos.
e. Realización de tareas dirigidas a reparar los daños causados.
f. Realización de tareas dirigidas a mejorar el entorno ambiental del Centro.
g. Sanción económica equivalente, como mínimo, al daño material causado (la imposición de una sanción económica no eximirá del cumplimiento de cualquier otra sanción que le pueda ser impuesta).

Faltas muy graves:

Tendrán la consideración de faltas muy graves las siguientes:

a. Los actos graves de indisciplina, desconsideración, insultos, falta de respeto o actitudes desafiantes, cometidos hacia los profesores y demás personal del Centro.
b. El acoso físico o moral a los compañeros.
c. El uso de la violencia, las agresiones, las ofensas graves y los actos que atenten gravemente contra la intimidad o las buenas costumbres sociales contra los compañeros o demás miembros de la comunidad educativa.
d. La discriminación, las vejaciones o las humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa ya sean por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, orientación sexual, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
e. La grabación, publicidad o difusión, a través de cualquier medio o soporte, de agresiones o humillaciones.
f. Los daños graves causados intencionadamente o por uso indebido en las instalaciones, materiales y documentos del Centro o en las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa.
g. La suplantación de personalidad y la falsificación o sustracción de documentos del Centro.
h. El uso, la incitación al mismo o la introducción en el Centro de objetos o sustancias perjudiciales para la salud o peligrosas para la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.
i. La perturbación grave del normal desarrollo de las actividades del Centro o cualquier incumplimiento grave de las normas de conducta.
j. La reiteración en el mismo trimestre de dos o más faltas graves.
k. El incumplimiento de la sanción impuesta por la comisión de una falta grave.

Las faltas muy graves se corregirán con la imposición de las siguientes sanciones:

a. Realización de tareas en el Centro fuera del horario lectivo que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades del Centro, si procede, dirigidas a reparar los daños causados. Prohibición temporal de participar en las actividades extraescolares o complementarias del centro, por un período máximo de tres meses.
b. Prohibición de participar en actividades extraescolares y/o complementarias por un periodo máximo de tres meses.
c. Cambio de grupo del alumno.
d. Expulsión de determinadas o todas las clases por un periodo comprendido entre 6 días y dos semanas.
e. Expulsión del Centro por un periodo superior a 6 días lectivos e inferior a dos semanas.
f. Cambio de centro.
g. Cuando los actos pudieran ser constitutivos de delito, los profesores y el Equipo Directivo tienen la obligación y el deber de poner los hechos en conocimiento de los Cuerpos de Seguridad correspondientes.