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CABECERA2

        

COLEGIO PÚBLICO ANTONIO MACHADO - PARLA

Consejo Escolar Consejo Escolar

Consejo escolar

     Es el órgano más importante de representación y gobierno del colegio, siendo el encargado del control y la gestión del Centro Escolar, en él están representados los diferentes sectores de la comunidad educativa y su constitución es obligatoria en todos los centros gestionados con fondos públicos.

     En nuestro colegio, cada dos años se renuevan la mitad de los representantes de cada sector a excepción de los representantes del Equipo Directivo que, como mínimo, estarán cuatro años.

     La Directora del centro será la Presidenta del Consejo Escolar y el Secretario tendrá voz pero no voto.

     Su estructura y funcionamiento se inspira en una concepción participativa en la vida escolar tanto en su organización como en su funcionamiento atendiendo a los principios democráticos de convivencia.

Miembros que componen el Consejo Escolar

  • La Directora del centro, que es su Presidente.
  • El Jefe de Estudios.
  • Un Representante Municipal.
  • Cinco Profesores/as elegidos por el claustro.
  • Cinco Representantes de las Familias de los Alumnos del Centro. Uno de ellos puede ser designado por la Asociación de Madres y Padres del centro.
  • Un Representante del Personal de Administración y Servicios del Centro.
  • El Secretario del Centro, que actuará como Secretario del Consejo Escolar, con voz pero sin voto.

Funciones

     Las funciones del Consejo Escolar se recogen en la Ley Orgánica 8/2013 de 9 de diciembre para la Mejora de a Calidad Educativa, siendo las más significativas las siguientes:

  • Evaluar el Proyecto Educativo y el Proyecto de Gestión.
  • Evaluar la Programación General Anual del Centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro de profesores.
  • Conocer las candidaturas de Dirección.
  • Participar en la selección de Director/a en los términos que establezca la ley.
  • Informar sobre la admisión de alumnos/as.
  • Conocer la resoución de conflictos disciplinarios.
  • Proponer medidas que favorezcan la convivencia en el Centro.
  • Promover la conservación y renovación de las instalaciones del Centro.
  • Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración Educativa (Comunidad Autónoma).