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AYUDAS PARA LIBROS Y MATERIAL AYTO Y CAM

AYUDAS PARA MATERIAL DIDÁCTICO Y CURRICULAR 2023/24

Para el curso académico 2023-2024, la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Getafe y la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, promueven un programa de ayuda para material didáctico y curricular en los centros escolares dirigido a los alumnos de familias que se encuentran en situación de desventaja socioeconómica y de carácter complementario al programa ACCEDE.

Destinatarios del programa

Serán destinatarios del programa los alumnos de los niveles de segundo ciclo de Educación Infantil y los de Educación Primaria en situación de desventaja socioeconómica.

Determinación de los alumnos a incluir en el programa

Podrán solicitar el préstamo aquellas familias que se encuentren en alguna de estas situaciones:

CONCESIÓN DIRECTA

—    Familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción o Ingreso Mínimo Vital.

—    Familias en situación de intervención social por los Servicios Sociales.

—    Familias con ambos progenitores o monoparentales en situación de desempleo o ERTE.

—    Alumnos beneficiarios de protección internacional, víctimas del terrorismo, violencia de género, en proceso de desahucio o tutelados por la Comunidad de Madrid.

CONCURRENCIA COMPETITIVA

—    Renta por cada miembro de la unidad familiar inferior a 4.260 €.

Fórmula para el cálculo de la renta (declaración 2021): casilla 435+casilla 460-casilla 595.

Para calcular la renta por miembro de la unidad familiar se sumará la renta de los sustentadores (padre y madre) y se dividirá entre el total de miembros computables de la familia.

Se consideran miembros computables, el solicitante, el padre y la madre o tutor, los hermanos solteros menores de 25 años, que convivan en el domicilio familiar, o los de mayor edad, si tienen discapacidad. En el caso de divorcio o separación legal de los padres no se considerará miembro computable aquel que no conviva con el solicitante de la beca y sí el nuevo cónyuge o persona unida por análoga relación.

Será necesario determinar el total de ingresos de la unidad familiar teniendo en cuenta los ingresos de ambos miembros de la pareja (en caso de declaraciones separadas), o bien justificar documentalmente otras circunstancias.

En caso de existir remanente tras la aplicación de los criterios previstos, éste se distribuirá atendiendo a la menor renta per cápita familiar correspondiente.

Compromiso de la familia

Una vez que se le incluya en el programa la familia se compromete:

·         La pérdida negligente o la destrucción deliberada del material prestado por parte del alumno, dará lugar a la adopción de las medidas pertinentes para exigir las responsabilidades a que hubiere lugar, de acuerdo con lo establecido en los artículos 13.1 d) y e) y 19.1 del Decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid, quedando obligado el alumno, en todo caso, a la reposición del material.

·         El incumplimiento de esta obligación de reposición acarreará, en cursos sucesivos, la inhabilitación para recibir nuevos materiales en préstamo.

·         El centro podrá fijar la exigencia de fianza y, en su caso, la cuantía de la misma que la familia deberá de asumir antes de la recogida de los libros.

·         Compromiso de la familia de cumplir la devolución de los libros en los términos acordados.

·         Compromiso de la familia de adquirir el resto de material que no pueda ser adjudicado en la ayuda.

Documentación necesaria

  • Alumno/a en acogimiento familiar o tutelado por la Comunidad de Madrid

Copia de la resolución judicial del acogimiento o certificado de la comisión de tutela que acredite que el alumno se encuentra en situación de acogimiento familiar o tutelado por la Comunidad de Madrid.

  • Alumno/a de Necesidades Educativas Especiales

            Acreditación por parte del centro.

  • Renta Mínima de Inserción. 

Copia de la resolución actualizada de la Consejería de Asuntos Sociales del reconocimiento de la percepción de la Renta Mínima de Inserción por parte de la familia del alumno/a.

  • Víctima del Terrorismo.

Copia de la resolución del Ministerio del Interior del reconocimiento de la situación de Víctima del Terrorismo del alumno, el padre, la madre o hermanos del mismo.

  • Familias en situación de intervención social por los Servicios Sociales, refugiados, violencia de género o en proceso de desahucio

Acreditación por parte del centro.

Documento acreditativo expedido por los servicios sociales del Ayuntamiento, en su caso PSTC del centro y/o centro oficial de refugiados.

  • Familias con ambos progenitores o monoparentales en desempleo o ERTE

Certificado del INEM 7 ERTE

  • Renta per cápita inferior a 4.260 € 

Si trabaja y está de alta en la Seguridad Social: Declaración de la renta 2019* o vida laboral y fotocopia de dos últimas nóminas.

Si está desempleado: vida laboral y certificado del INEM indicando si recibe prestaciones y su cuantía.

Otros supuestos: Vida laboral negativa y declaración jurada de ingresos.        

* A efectos del cálculo de la renta per cápita, computará por dos todo miembro de la unidad familiar con una discapacidad acreditada igual o superior al 33%. Si desde la presentación de la renta de 2018 se ha producido un cambio sustancial en la situación familiar se aportará la documentación recogida en los otros supuestos que acredite la nueva situación.

Dotación de libros de préstamo:

La dotación para cada beneficiario estará condicionada por el número final de adjudicaciones. En función del mismo criterio es posible que se entregue también material escolar.

Documentación complementaria:

Toda la documentación digitalizada se adjuntará al correo junto con la solicitud. Aquellas familias que no puedan presentar la documentación acreditativa de su situación en la fecha de entrega de la solicitud deben presentarla en el centro a la mayor brevedad posible. Así mismo, el centro podrá revocar la resolución del expediente si una vez comprobados los datos no se cumplen los requisitos declarados en la solicitud.

Descarga de solicitudes:

Solicitud para ed. infantil.

Solicitud para ed. primaria.

Plazos de solicitud y resolución

·         Presentación de solicitudes y documentación: Del 8 al 26 de mayo de 2023.

Las solicitudes se cumplimentarán con carácter general, salvo imposibilidad técnica para poder hacerlo, de forma telemática. Se rellenará la solicitud y se devolverá al centro por correo electrónico a la siguiente direción: cp.jorgeguillen.getafe@educa.madrid.org

·         Listas provisionales de beneficiarios: 29 de mayo de 2023.

·         Reclamación a las listas provisionales: 30, 31de mayo  y 1 de junio de 2023.

·         Listas definitivas de beneficiarios: A partir del 1 de junio de 2023.

Plazos extraordinarios: Se contemplan plazos para alumnos de nueva incorporación al centro tanto en junio como en septiembre. Para más información preguntar en secretaria.

En atención a la Ley de Protección de Datos ningún listado se resolución será expuesto públicamente. Deberán ser consultados directamente en secretaria.

ES RESPONSABILIDAD DE LAS FAMILIAS PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA EN PLAZO Y MANTENERSE INFORMADA DEL PROCESO DE RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA