Estimadas familias.
Les informamos de la ampliación del programa para posibilitar la incorporación anticipada al SERVICIO DE DESAYUNO ESCOLAR del alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil y de Educación Primaria escolarizado en centros sostenidos con fondos públicos que dispongan de dicho servicio y que se corresponda con alguno de los siguientes supuestos:
- Familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción.
- Familias perceptoras de Ingreso Mínimo Vital que lo son por renta.
Descripción de la ayuda de desayuno
La ayuda de desayuno escolar consistirá en proporcionar, antes del inicio de la jornada lectiva ( de 07:00 a 08:00 horas) un desayuno saludable SUBVENCIONADO a los alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de segundo ciclo de Educación Infantil y de Educación Primaria que pertenezcan a alguno de los dos supuestos recogidos en la Instrucción primera. A este fin, y con la finalidad de poder recibir el desayuno escolar en condiciones adecuadas, los alumnos beneficiarios acudirán a su centro educativo hasta una hora antes del inicio de la jornada escolar, según establezca cada centro.
Las bases reguladoras establecen un plazo de presentación de solicitudes de quince días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación, de la orden por la que se declare el importe de los créditos presupuestarios disponibles en el BOCM (hasta el 27 de febrero de 2023).
Las solicitudes podrán presentarse, de forma presencial, en la secretaría del colegio y en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Para acceder a la solicitud se debe acceder a la sede electrónica en el siguiente enlace:
https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/ayudas-desayuno-escolar-rmi-o-imv__;!!D9dNQwwGXtA!XBElTSe3EcXA5DzkYS1Y-W1XnHNEO1YoaqaRARnzfy11vBoKWaFTnUauAZqCVwgqYX-0YxwFwGVmgx3xViJh378qqCL0aQnW$
Gracias y un saludo.
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