Normas generales
NORMAS GENERALES APROBADAS POR EL CONSEJO ESCOLAR 2016-2017
1. La Empresa que prestará el servicio será Parga y López.
2. No existe reserva de plaza de cursos anteriores. El plazo de solicitud del servicio será del 1 al 8 de septiembre, para los que empiezan a utilizar el comedor en septiembre y del 1 al 30 de septiembre para los que empiezan en octubre.
3. No serán admitidos en el comedor escolar aquellos alumnos que tengan pagos pendientes de cursos anteriores hasta que justifiquen documentalmente el pago de los mismos.
4. La fecha de comienzo del comedor escolar para el presente curso es el 7 de septiembre de 2021 y su finalización está prevista para el día 24 de junio de 2022.
5. El precio general del comedor se fija por cada comida en 4,88 euros.
6. Se pasarán al cobro 8 recibos con el mismo importe (incluyendo de noviembre a junio). Los meses de septiembre y octubre se facturarán aparte.
7. Los ingresos de septiembre y octubre se harán en efectivo en la cuenta del colegio. A partir de noviembre se hará mediante recibo domiciliado para ello deberán facilitar su número de cuenta según impreso adjunto.
8. La devolución de algún recibo o la falta de pago del importe del servicio, será causa de pérdida de la plaza del comedor. Los gastos originados por la devolución de recibos serán por cuenta de los padres o tutores de los alumnos.
También será causa de expulsión del comedor el incumplimiento reiterado de las normas del mismo.
9. El Comedor Escolar podrá ser utilizado esporádicamente y de forma no continua, siendo el precio del servicio Menú/día: 5,50 euros en concepto de gastos administrativos y de gestión.
Para hacer uso de este servicio será necesario avisar antes de las 11:00 horas del día que se vaya a utilizar. Se deberá abonar por adelantado.
10. Las ausencias continuadas por un período igual o superior a 3 días, comunicadas previamente al centro, abonarán un 50 % del precio de la minuta.
11. El Consejo Escolar podrá aprobar un menú distinto para los alumnos que precisen una alimentación específica y que lo acrediten mediante certificado médico oficial en el que se indiquen los alimentos que no pueden ingerir.
12. Los alumnos que necesiten les sean administrados medicamentos deberán entregarlos en dirección con sus datos personales y la prescripción médica correspondiente. Bajo ningún concepto los llevarán a sus clases.