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Consejo Escolar Consejo Escolar

Consejo Escolar

El Consejo Escolar es el órgano de participación de todos los sectores que conforman la comunidad educativa del centro. En él están representados los profesores, los padres, el personal de administración y servicios, así como un representante del Ayuntamiento.

Composición:

  •  El director del centro, que será su presidente.
  •  La Jefa de Estudios.
  •  Cinco maestros elegidos por el Claustro.
  •  Cinco representantes de los padres de alumnos, elegidos por ellos. (Uno será nombrado entre los miembros del AMPA).
  •  Un representante del personal de Administración y Servicios.
  •  Un concejal o representante del Ayuntamiento.
  •  La Secretaria del colegio, que actuará como secretaria del Consejo, con voz pero sin voto.

Competencias (siempre actuando de acuerdo con la legislación en vigor):

  • Aprobar y evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo II del Título V de la LOMLOE.
  • Aprobar y  evaluar la Programación General Anual del Centro, en relación con la planificación y organización docente.
  • Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección.
  • Participar en la selección del director del centro, en los términos que la ley establece.
  • Ser informado del nombramiento y cese de los demás miembros del equipo directivo.
  • Decidir sobre la admisión de alumnos y alumnas, con sujeción a lo establecido en la Ley.
  • Impulsar la adopción y seguimiento de medidas educativas que fomenten el reconocimiento y protección de los derechos de la infancia.
  • Promover medidas e iniciativas que favorezcan estilos de vida saludable, la convivencia en el centro, la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, la prevención del acoso escolar y la resolución pacífica de conflictos.
  • Conocer las conductas contrarias a la convivencia y la aplicación de las medidas educativas, de mediación y correctoras.
  • Promover la conservación y renovación de las instalaciones para la mejora de la calidad.
  • Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales con las Administraciones locales.
  • Analizar y valorar el funcionamiento general del centro.
  • Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de la calidad de gestión.
  • Aprobar el proyecto de presupuesto del centro.