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Convocatoria de Huelga 8 de marzo

Información sobre la huelga convocada para el 8 de marzo.

Se comunica que las únicas huelgas convocadas en tiempo y forma son las siguientes:

- La Confederación Sindical de Comisiones Obreras y la Confederación Sindical de la Unión General de Trabajadores han convocado una huelga general que afectará, entre otros, según exponen los convocantes, a todas las actividades laborales y funcionariales desempeñadas por los trabajadores y empleados públicos de las empresas y organismos establecidos dentro del ámbito geográfico y jurídico del Estado español. Dicha convocatoria tendrá lugar durante la jornada del día 8 de marzo de 2018 y su duración será de dos horas para cada turno de trabajo, siendo para el personal del turno de mañana y con jornada partida en la franja horaria que transcurre de las 11:30 a 13:30 horas; para el personal del turno de tarde de 16:00 a 18:00 horas y para el personal del turno de noche en las dos primeras horas del turno que comienza el día 8 de marzo.

- Asimismo, la Unión Sindical Obrera (USO) con igual ámbito que las anteriores organizaciones sindicales, ha comunicado la convocatoria de huelga durante la jornada del día 8 de marzo de 2018, comenzando a las 12:00 horas y terminando a las 16:00 horas del citado día 8.

- Por otra parte, la Confederación General del Trabajo (CGT) y la Confederación Nacional de Trabajo (CNT) con igual ámbito que las anteriores organizaciones sindicales, han convocado huelga para el citado día 8 de marzo de 2018 abarcando desde las 0:00 horas hasta las 24:00 horas del mismo día. Esta organización hace constar que para aquellos centros de trabajo en los que el mismo esté organizado mediante sistema de turnos, la convocatoria de huelga comenzará en el último turno anterior a las 0:00 horas de dicho día en que se realiza la convocatoria de huelga, abarcando, igualmente, al último turno que se inicie en el meritado día y que terminará cuando finalice dicho tumo, al día siguiente.

No existe ninguna otra convocatoria de huelga realizada en tiempo y forma ante el Ministerio de Empleo y Seguridad Social o ante la Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid.

Los servicios mínimos, fijados por la Comunidad de Madrid, previa negociación con las organizaciones sindicales y que está previsto que se publiquen en el Boletín el día 7 de marzo, son los siguientes: DIRECTOR, JEFA DE ESTUDIOS Y MAESTRA PT

Servicio de comedor en centros educativos públicos y privados prestados por empresas: Solo se garantizarán los servicios de comedor a los alumnos de Educación Infantil de cero a tres años y a los alumnos de educación especial.

Reciban un cordial saludo de la Dirección del CEIP Campohermoso.